COMUNICACIÓN N.º 1061-CM-21

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICA MINISTERIO DE SALUD DE NACIÓN Y PROVINCIA DE RÍO NEGRO INCLUIR PERSONAS CON DISCAPACIDAD PLAN DE VACUNACIÓN

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

Ley nacional 22431: Protección Integral de las Personas con Discapacidad.

 

Ley nacional 25280: Aprueba Convención Interamericana para la Eliminación de Todas Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad.

 

Ley nacional 26378: Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

 

Ley nacional 27044: Otorga rango constitucional a la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad.

 

Ley 27541: Emergencia pública. Ley de solidaridad social y reactivación productiva.

 

DNU 260/20.

 

DNU 167/21.

 

Resolución 627/20.

 

Resolución 2883/20 del Ministerio de Salud de la Nación.

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

 

Ley provincial 2055: Régimen de promoción integral de las personas discapacitadas.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

 

Ordenanza 1309-CM-03: Adherir a ley 25643.

 

Ordenanza 1963-CM-09: Adhesión a leyes nacionales sobre los derechos de las personas con discapacidad.

 

Ordenanza 2038-CM-10: Se crea el Consejo Local Consultivo para las Personas con Discapacidad.

 

Ordenanza 2194-CM-11: Se crea Dirección de Gestión para las Personas con Discapacidad.

 

http://www.infocop.es/pdf/disability_rights.pdf.

 

https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/21835/S20131037_es.pdf.

 

FUNDAMENTOS

 

Al cumplirse un año del inicio de la pandemia por Covid-19, nos encontramos con que la situación de nuestro país amerita la continuidad de medidas tendientes a la protección activa de la población. Entre ellas las campañas de vacunación son una de las esperanzas mayores para que nuestro pueblo pueda alcanzar el grado de seguridad imprescindible para regresar progresivamente a un estado de salud y actividad con garantías sanitarias.

 

En este contexto, el gobierno nacional definió, conforme a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, a los sectores sociales y etarios de mayor vulnerabilidad frente al Covid-19 y en consecuencia, el orden de prioridad que sustenta la estrategia de vacunación mediante resolución 2883/20 del Ministerio de Salud de la Nación.

 

Sin embargo, aún siendo consideradas como grupo de riesgo, las personas con discapacidad no tienen una prioridad inmediata en la mayoría de las jurisdicciones para ser vacunadas, a pesar de que su tasa de letalidad (estimada en el 7%) es tres veces superior al de la población en general.

 

De acuerdo al informe “Personas con discapacidad y sus derechos frente a la pandemia de Covid-19: que nadie se quede atrás”, publicado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), “Se debe fortalecer la protección de los derechos de estas personas, considerando la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo. En esos instrumentos se coloca a las personas con discapacidad en el centro, y se entiende que estas son sujetos de derechos que deben participar en todas las etapas de las medidas que toman los Estados”.

 

Advierte que “no se cuenta con datos desagregados por discapacidad, lo que dificulta los análisis y la toma de decisiones durante esta crisis y en las instancias posteriores de reactivación”.

 

Asimismo, la resolución 627/20 del Ministerio de Salud de la Nación especifica quiénes son consideradas personas de riesgo, y en ella se encuentran las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) aunque no se advierte que tal consideración sea tenida en cuenta al momento de adoptar decisiones sobre la vacunación.

 

Ahora bien, en la Actualización de lineamientos técnicos. Campaña Nacional de vacunación contra Covid 19 del 26 de marzo de 2021, se incluye con estatus de prioridad a las personas con discapacidad que se encuentren alojadas en hogares e instituciones, dando un primer paso a nivel nacional en el sentido que nos convoca.

 

En el año transcurrido hasta el pasado 9 de marzo, Río Negro registró en total 1.266 personas fallecidas por Covid-19; 1.751 casos activos, y 54.066 casos acumulados en el curso de la pandemia en la provincia.

 

El Plan Estratégico de Vacunación Provincial, según lo informado por el gobierno, “estableció un orden de prioridad de los grupos de población a vacunar en cada una de las etapas determinado por el suministro de vacunas y priorizando las condiciones definidas de riesgo: desarrollo de la enfermedad grave y complicaciones por Covid-19, probabilidad de una mayor exposición al virus, necesidad de mitigar el impacto de Covid-19 en la realización de actividades socio-económicas y posibilidad de incidir en la cadena de transmisión”.

 

Describe que “el plan de vacunación se inicia con el grupo de personal de salud (tanto pública como privada) resulta prioritario sobre otros, debido a la exposición a la enfermedad, por las funciones estratégicas que tienen y por los riesgos que presentan”.

 

Luego, “El operativo continuará con la inmunización de adultos mayores, personal y residentes de geriátricos; mayores de 60 años; personas de 18 a 59 años con factores de riesgo; docentes y no docentes de primaria y secundaria; y también a personal de seguridad provincial y nacional, incluyendo en este grupo a miembros de la policía, bomberos, servicios penitenciarios, aeropuerto, defensa civil, gendarmería, prefectura, ejército y transportistas, etc.”, no contemplando en línea prioritaria a las personas con discapacidad, ni tampoco hay mención alguna a ellas dentro de los grupos que necesitan reforzar los cuidados.

 

Se hace necesario mencionar que muchas personas con discapacidad, si bien no presentan a la vez una enfermedad de base, requieren en su vida cotidiana de diferentes apoyos, por ejemplo las personas ciegas o sordas. El sistema de salud no contiene esos apoyos, de hecho no los contenía antes de la crisis y los protocolos vigentes, en el caso de requerir internación una persona con estas características, impedirían que recibiera apoyos externos al sistema de salud. Esto implicaría una mayor complejidad y riesgo para las personas con discapacidad que llegaran a la instancia de internación. Sabido es que nuestro sistema de salud está lejos de contemplar la diversidad en cuanto a discapacidad.

 

Si decimos que la situación ha colapsado nuestro sistema de salud, debemos tener en cuenta que para el colectivo de personas con discapacidad ya presentaba dificultades tanto de acceso como de utilización y que hoy día esas dificultades se ven multiplicadas.

 

En estos momento el ingreso a una internación por contagio de Covid-19 de una persona con discapacidad, pone doblemente en jaque a un sistema de salud que no contiene a priori los dispositivos y apoyos para atenderla y para el colectivo de las mismas es un riesgo doblemente agravado.

 

La Provincia de Neuquén ya implementó un cronograma para las personas con discapacidad, considerándolas población objetivo prioritaria de vacunación Covid-19, y dispuso la apertura del registro voluntario, según lo anunció el gobernador Omar Gutiérrez, a fines de febrero.

 

En Río Negro se está a la espera de una respuesta a la comunicación de la Fundación Alas del Alma, dirigida al Ministro de Salud, Fabián Zgaib, describiendo las circunstancias de particular complejidad bajo las cuales desarrollan su tarea destinada a personas con discapacidad que “necesitan sobre todo un contexto social que los contenga,interactuar, tener una rutina, ejercitarse, divertirse”, que necesitan ser vacunados parar recuperar su cotidianidad. “La mayoría”, añaden, “ya no resiste el encierro”. “Hemos detectado severos casos de depresión y ansiedad, y van en aumento”, advierten. “Durante 2021 y respetando los protocolos que el Ministerio de Salud fue delineando, progresivamente algunos jóvenes que no pudieron adaptarse a la modalidad a distancia, se fueron reincorporando a los talleres de nuestra Fundación”, señalan en la nota elevada.

 

Recuerdan que el pasado 25 de febrero, mediante una comunicación antecedente, la institución ya había solicitado remitir los listados del personal tallerista y de personas con discapacidad vinculados a la misma, a fin de ser considerados también prioritarios y acceder en plazo inmediato a su turno dentro del Plan Estratégico de Vacunación Provincial.

 

Firman la nota dirigida al Ministro Zgaib treinta y dos instituciones de la provincia, adherentes al reclamo, las cuales se citan a continuación: Amanecer (Allen); Acdis (Cipolletti); Amuchen (Regina); Quiero y Juntos Podemos (Ing.Huergo); AFyDA (El Bolsón); Ancape Cahuel (General Roca); Fundación Gauchos Libres (Allen); Asoc. Civil Grupo Inca (Gral. Roca); Asoc. Civil Taller Protegido (Gral. Roca); Aanovi (Gral. Roca); Fundación Bienestar (Viedma); Cripal (Regina); Apasido (Cipolletti); Aunar (Luis Beltrán); Juntos para Crecer (JCP-Jacobacci); Fundas (Gral.Roca); Ruca Suyai (Cipolletti); Asoc. Civil Grupo Amar (Bariloche); Fundación Qué Golazo (Lamarque); ADEI (Cipolletti); Asoc. Apad (Valcheta); Atap Asoc. Taller Protegido (Viedma); CRIP Centro de Rehabilitación Integral Patagónico (Bariloche); Asoc. Civil El Brote (Bariloche); Amanecer (Jacobacci); APADERC (Río Colorado); Alen Simon (Choele Choel); Cre-Arte (Bariloche); APROVI (Viedma); Fundación Nexos (Viedma); Amanecer Diferente (Darwin); Fundación Corazones Alegres (Catriel).

 

En los últimos días hemos sabido por los medios que algunas ciudades como Cipolletti y El Bolsón han avanzado con esta medida e implementado la vacunación para personas con discapacidad.

 

De tal modo, y en base al contexto descripto, entendemos que resulta necesario y urgente que el gobierno provincial considere prioritario que se extienda la campaña de vacunación, ya iniciada en las residencias geriátricas, también a las instituciones que albergan a personas con discapacidad, posteriormente a los centros ambulatorios de atención a personas con discapacidad y cubra cuanto antes la vacunación de todas las personas con discapacidad en su conjunto con el sólo requisito de poseer CUD habida cuenta de que toda la normativa nacional y provincial vigente anticipa y autoriza implícitamente tal decisión sanitaria.

 

Por todas estas razones creemos imprescindible comunicar al Ministerio de Salud de la Nación que amplíe los lineamientos sobre poblaciones a priorizar en la Campaña Nacional de vacunación contra Covid-19 a todas las personas con discapacidad residentes en la República Argentina y al Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro la necesidad de incluir urgentemente con estatus prioritario a las personas con discapacidad, residentes de la Provincia de Río Negro, en el Plan Estratégico de Vacunación Provincial, garantizando el acceso de ellas al Registro Voluntario Provincial disponible a través de los medios públicos implementados oportunamente, distinguiendo y atendiendo la situación particular en cada caso.

 

 

AUTORES: Concejales Marcelo Casas, Roxana Ferreyra y Julieta Wallace (FdT).

 

 

 

El proyecto original N.º 267/21, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 22 de abril de 2021, según consta en el Acta N.º 1141/21. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica al Ministerio de Salud de la Nación la necesidad de incluir a la brevedad con estatus prioritario a todas las personas con discapacidad, residentes en el territorio argentino, en el Plan Nacional de Vacunación contra Covid-19, considerando que el colectivo de las mismas ha sido evaluado como población de riesgo.

 

Art. 2°)

Se comunica al Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro tenga a bien realizar con urgencia las diligencias pertinentes para incluir con estatus prioritario a las personas con discapacidad, residentes de la Provincia de Río Negro, en el Plan Estratégico de Vacunación, garantizando el acceso de ellas al Registro Voluntario Provincial disponible a través de los medios públicos implementados oportunamente.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.