DDYA

RESOLUCIÓN N.º 136-PCM-16

  1.  

  2.  

  3. No a la violencia de genero. Ni una menos (ordenanza 2711-CM-2015)

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: PAGO FACTURA A LA FIRMA “RENATO BOOCK”

 

 

  1. ANTECEDENTES

Nota de fecha 10/02/16 del sr. RENATO BOOCK.

 

Nota N.º 055-SL-16 de fecha 08/03/2016 secretaría legislativa.

 

La factura 0001-00000279, de fecha 03/06/16, presentada por la firma RENATO BOOCK.

 

  1. FUNDAMENTOS

Por nota de fecha 10/02/16 del sr. RENATO BOOCK de la firma CORBEB, solicita un aumento del bidón de agua a $ 47,00 c/u, el cual fue autorizado por nota N.º 055-SL-16 de fecha 08/03/16 de la secretaria legislativa y comisión legislativa de fecha 17/02/16 acta N.° 007/16.

 

El comprobante presentado por la firma RENATO BOOCK, corresponde a la provisión de agua mes de mayo del 2016, para las maquinas que se encuentran en Sala de Sesiones, 1.º y 2.º piso del Concejo Municipal.

 

Se debe proceder a realizar la orden de pago correspondiente.

 

Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 03.1.00.00.6.1.3.0.01.01.15 (varios sin clasificar).

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "f" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se autoriza al departamento despacho y administración del Concejo Municipal a extender la siguiente orden de pago a favor de:

 

RENATO BOOCK factura 0001-00000279, de fecha 03/06/16, por un importe de pesos dos mil quinientos treinta y ocho...................................... $ 2.538,00.

 

El comprobante corresponde a la provisión de agua mes de mayo del 2016, para las maquinas que se encuentran en Sala de Sesiones, 1.º y 2.º piso del Concejo Municipal.

 

Art. 2.º) Se afecta la partida presupuestaria 03.1.00.00.6.1.3.0.01.01.15 (varios sin clasificar).

 

Art. 3.º) Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 09 de junio de 2016.

 

DAB/CRH/CMF.