COMUNICACIÓN Nº 1095-CM-22
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA CÁMARA DIPUTADOS Y SENADORES BENEPLÁCITO SANCIÓN LEY NACIONAL LENGUA DE SEÑAS ARGENTINA.
ANTECEDENTES
Constitución Nacional.
Ley 26378: Apruébase la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo.
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Ley provincial N.º 5582: Promoción de la enseñanza de la Lengua de Señas Argentina- LSA en las instituciones que Imparten Educación formal en todo el territorio de la Provincia de Río Negro.
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 3269-CM-21: Se incorpora Semana de Acciones de las Personas Sordas. Modifica ordenanza 2033-CM-10.
Ordenanza 3270-CM-21: Intérprete, servicios y atención en Lengua de Señas. Abroga ordenanza 1935-CM-09.
Declaración 2856-CM-22: Se declara de interés municipal y comunitario incorporación curricular aprendizaje Lengua de Señas Argentina.
Declaración 2433-CM-18: Se declara de interés municipal, cultural y educativo cronograma de actividades Jornadas de Lengua de Señas Argentina.
FUNDAMENTOS
La presente ordenanza busca exponer y comunicar el beneplácito y apoyo de nuestro Concejo Municipal al tratamiento y aprobación de los expedientes S-1427/22 (Senado de la Nación) y 3145-D-2022 (Cámara de Diputados), que cuentan con el impulso de la Confederación Argentina de Sordos (CAS) y de más de 53 asociaciones e instituciones de personas sordas de todo el país para lograr la ley de reconocimiento de la Lengua de Señas Argentina (LSA).
Al respecto, se ha planteado una movilización de toda la comunidad sorda frente al Congreso de la Nación y en diferentes puntos del país, para el día viernes 23 de septiembre, con el único objetivo de lograr uno de los hitos más importantes de la historia para dicha comunidad: El reconocimiento nacional a la LSA.
En sus diferentes expresiones públicas, la CAS expone que “esta fecha simbólica, 23 de septiembre, no es una fecha elegida al azar, puesto que se conmemora en todos los rincones del mundo el Día Internacional de las Lenguas de Señas, oportunidad única para apoyar y proteger la identidad lingüística y la diversidad cultural de todas las personas sordas, además de otros usuarios de las lenguas de señas.”; al mismo tiempo que recuerdan que “La Asamblea General de la ONU proclamó, en la resolución A/72/439, el 23 de septiembre como el Día Internacional de las Lenguas de Señas con el fin de concienciar sobre la importancia de estas para la plena realización de los derechos humanos de las personas sordas”.
La CAS, se ha erigido como organismo representativo de las demandas de la comunidad sorda argentina y hace más de 15 años que viene luchando por el reconocimiento legal de la Lengua de Señas Argentina a nivel nacional. “Esta lucha colectiva pretende saldar esta deuda pendiente que el Estado todavía tiene con la Comunidad Sorda, en un acto de reafirmación de lo que la Constitución Nacional en su artículo 16 consagra como la igualdad ante la Ley de todos/as los/as habitantes de la Nación, y atento a que las personas sordas, en la actualidad se encuentran muchas veces privadas del acceso y uso de su lengua natural (la Lengua de Señas Argentina), del acceso a la información, del acceso a la educación y a un trabajo digno, lo que nos coloca en un lugar de exclusión social”, afirman.
Durante 2020 y 2021 la CAS junto con las asociaciones afiliadas realizaron una Campaña Federal, divididas en 6 mesas de trabajo regionales donde participaron una diversidad importante de personas sordas y oyentes, de diferentes ámbitos públicos y privados, académicos e institucionales, y desde los distintos rincones del país, para consensuar cuáles deberían ser los ejes rectores mínimos que una Ley Federal de Lengua de Señas Argentina debe contener para garantizar el acceso a los DDHH de dicho colectivo.
Se entiende que “la clave para transformar esta situación es que el Estado reconozca el cambio de paradigma que viene desarrollándose desde los años 70 en todo el mundo, que pretende abandonar la mirada médico-rehabilitadora que tiene la sociedad sobre las personas sordas para fortalecer una mirada social, que permita generar políticas positivas en favor de esta población y con el protagonismo de las mismas personas sordas”.
Luego de diferentes instancias de debate y participación de la CAS y de representantes de todo el país de la Comunidad Sorda mantuvieron con representantes y autoridades parlamentarias a nivel nacional, se ha iniciado un proceso que se espera termine en 2023 con la sanción de una ley tan esperada y necesaria.
Desde la CAS también se remarca que: “este proceso, de intercambio, de capacitación y de consulta desde los representantes del Estado ha venido dando respuestas en cuanto a la participación plena de las organizaciones representativas, (como es el caso de la CAS) y las asociaciones o agrupaciones de personas sordas de todo el país; dando cumplimiento a lo estipulado por la Ley N° 26.378 de ratificación de la CDPD, que en su artículo 4 señala que en la elaboración y aplicación de legislación y políticas para hacer efectiva la presente Convención, y en otros procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, los Estados Partes celebrarán consultas estrechas y colaborarán activamente con las personas con discapacidad (...) a través de las organizaciones que las representan”.
“En consecuencia, la deuda pendiente del Estado es reconocer la Lengua de Señas Argentina como tal y otorgarle un status lingüístico como toda lengua. Esto es, avanzando sobre una ley de lengua de señas con los aportes, saberes y propuestas de las mismas organizaciones sociales de personas sordas, que son quienes utilizan diariamente la LSA y que tienen una larga historia de lucha por el reconocimiento de sus derechos lingüísticos como derechos humanos esenciales”.
Ellas aportan un dato que nos debe interpelar como sociedad, y es que según la Federación Mundial de Sordos: “a nivel global existen 70 millones de personas sordas usuarias de lengua de señas como primera lengua. En 62 países la lengua de señas local tiene reconocimiento oficial. En Sudamérica sólo dos países no tienen esta ley: Guyana y Argentina.”
Se busca entonces por la presente iniciativa, continuar un proceso que acumula diferentes expresiones y apoyo a la Comunidad Sorda en general y de San Carlos de Bariloche en particular, en donde el acompañamiento a las diferentes actividades locales organizadas por la Asociación Alas de Águilas, las capacitaciones continuas de los trabajadores municipales y el apoyo a iniciativas como la reciente ley provincial N.º 5582 de Promoción de la enseñanza de la Lengua de Señas Argentina en las instituciones educativas de todo el territorio de la Provincia de Rio Negro, son hitos que resultan transversales a todas las fuerzas políticas con representación legislativa en Río Negro y Bariloche, dando pasos fundamentales en la construcción de una política pública que trascienda cualquier diferencia y nos una en el reconocimiento de los derechos de miles de ciudadanos que integran la Comunidad Sorda.
Es por ello que, al mismo tiempo de acompañar y declarar de interés las diferentes actividades que se realizaron desde la Asociación Alas de Águilas en nuestra ciudad durante el mes de septiembre acompañando a la comunidad sorda y la visibilización de la Lengua de Señas Argentina, se comunica en esta oportunidad el beneplácito al tratamiento y aprobación de los trámites parlamentarios en curso en el Congreso de la Nación, que se encuentran expresados en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, bajo el Expediente 3145-D-2022 y en el Senado de la Nación bajo el Expediente S-1427/22.
AUTORES: Concejales Gerardo Ávila, Natalia Almonacid, Norma Taboada, Claudia Torres y Carlos Sánchez y Puente (JSRN); Roxana Ferreyra, Julieta Wallace y Marcelo Casas (FdT); Gerardo del Río (PUL); Ariel Cárdenas (BxC) y Pablo Chamatrópulos (Podemos Bariloche).
INICIATIVA: Asociación Alas de Águilas Bariloche.
COLABORADORAS: Ana Rojas y Romina Molina.
El proyecto original N.º 577/22 fue aprobado en la sesión del día 6 de octubre de 2022, según consta en el Acta N.º 1164/22. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACIÓN
Art. 1°)
Se comunica a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y al Honorable Senado de la Nación, el beneplácito y apoyo al tratamiento de los expedientes 3145-D-2022 y S-1427/22, acompañando así a la comunidad sorda de Argentina, de Río Negro y de San Carlos de Bariloche en su lucha histórica para lograr el reconocimiento y sanción de la Ley Nacional de la Lengua de Señas Argentina.
Art. 2°)
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.