RESOLUCIÓN N° 348-CM-07
DESCRIPCION SINTETICA: APROBACION GESTION DE INTERVENCION EN BARRIO 2 DE AGOSTO.
ANTECEDENTES
Ordenanza 1713-CM-07.
Tomos I, II y III del expediente de intervención de la Junta Vecinal Barrio 2 de Agosto (1207 fojas).
Resolución 362-PCM-07, firmada por el Vicepresidente 1° a/c Presidencia Concejo Municipal, Concejal Andrés Martínez Infante.
FUNDAMENTOS
Sancionada la Ordenanza 1713-CM-07, se dio comienzo al proceso de intervención del Barrio 2 de Agosto, a cargo del Dr. Federico Lutz.
Durante el transcurso del mismo y mediante los mecanismos establecidos por la legislación vigente en la materia, se fueron concretando los objetivos dispuestos en el artículo 1° de la Ordenanza 1713-CM-07, cuales fueron:
1.- Regularización administrativa: mediante Asamblea de vecinos se aprobó la modificación del Estatuto; por el mismo procedimiento, quedó aprobado el traspaso del servicio de agua potable del Barrio a la concesionaria ARSA; se establecieron y llevaron adelante los procesos tendientes a la determinación de la deuda real de cada vecino para con la Junta Vecinal; por acuerdo de los vecinos involucrados, se logró la firma de los desistimientos de todos los juicios pendientes.
2.- Regularización contable: mediante Asamblea de vecinos se aprobaron los Balances de los años 1997 a 2005; como así también se confeccionó y aprobó, por Asamblea, el Balance del año 2006.
3.- Regularización electoral: a través del cumplimiento del cronograma electoral fijado y que culminara con la proclamación de la única lista presentada, cuyos integrantes constituyen la nueva Comisión Directiva que dirige el barrio.
Concluido el proceso de intervención y atento a las constancias de las actuaciones realizadas que obran en el expediente, se hace necesario ratificar por medio de una resolución del Cuerpo, la gestión llevada adelante por el Dr. Federico Lutz durante su mandato como Interventor.
AUTORES: Comisión Legislativa.
La Resolución Nº 362-PCM-07, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 4 de diciembre de 2007, según consta en el Acta Nº 890/07. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
RESOLUCIÓN
Art. 1°) |
Se aprueba la gestión realizada por el Interventor de la Junta Vecinal Barrio 2 de Agosto, Dr. Federico Lutz, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza 1713-CM-07.
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Art. 2°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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