RESOLUCION Nº 512-PCM-2010
DESCRIPCION SINTETICA: MODIFICACION DE PARTIDA PRESUPUESTO DEL CONCEJO MUNICIPAL AÑO 2009 PRORROGADO.
ANTECEDENTES
Presupuesto del año 2009 Prorrogado, en vigencia a la fecha.
Ordenanza N° 1885-CM-2008.
FUNDAMENTOS
El Presupuesto del año 2009 prorrogado, aprobado por Ordenanza Nº 1885-PCM-2008 de fecha 18 de Diciembre de 2008.
En virtud de las ejecuciones presupuestarias del Concejo Municipal a la fecha, se ha producido una insuficiencia de fondos y mayor incremento de gastos en algunos rubros de las partidas Bienes de Consumo y Servicios:
- En las partidas Est. Invest. y Asist. Técnica y Otros Consumos sin Clasificar no se prevén gastos importantes en el transcurso del año 2010, por consiguiente se debe reducir para poder incrementar las partidas de Publicidad Propaganda y Sonido.-
Por todo lo antes mencionado se debe efectuar las modificaciones correspondientes
En virtud de las atribuciones que le otorga el artículo 8º inciso y) del Reglamento Interno del Concejo Municipal, según texto ordenado por Resolución 143-CM-95.
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1º) MODIFICAR: las Partidas Parciales de Presupuesto del Concejo Municipal, correspondientes al año 2009 prorrogado, en vigencia:
SERVICIOS
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.05 (Publicidad y Propaganda) - se incrementa en la suma de pesos dos mil ($ 5.500,-) quedando dicha partida con un importe $ 68.000,- de presupuesto.-
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.10 (Est. Invest. y Asist. Técnica) se reduce en la suma de pesos un tres mil ($ 3.000,-) quedando dicha partida con un importe de $ 316.000,- de presupuesto.-
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.15 (Otros consumos sin clasificar) se reduce en suma de pesos cuatro mil ($ 4.000,-) quedando dicha partida con un importe de $ 58.200,- de presupuesto.-
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.17 (Sonido) - se incrementa en la suma de pesos un mil quinientos ($ 1.500,-) quedando dicha partida con un importe de $ 16.500,- de presupuesto.-
Art. 2º) La presente Resolución se aprueba ad referendum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.
Art. 3º) Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 20 de Diciembre de 2010.
ADB/LMT/ndf.
Donar órganos, tejidos y sangre es donar vida