RESOLUCION Nº 040-PCM-2010

 

 

DESCRIPCION SINTETICA:   DECLARAR EVENTO DE INTERES MUNICIPAL  Y CULTURAL EL SEMINARIO DE FORMACIÓN EN DANZATERAPIA.

 

ANTECEDENTES: 

 

Solicitud de Declaración de Interés  de la Sra. Castro María de los Ángeles del seminario de Danzaterapia.

  

      Ordenanza Nº 704-CM-97 establece las pautas para las Declaraciones de Interés Municipal y Ordenanza Nº 730-CM-97.

 

FUNDAMENTOS:

              El objetivo de estos seminarios  de Danzaterapia es brindar herramientas artísticas y creativas para aplicar en diferentes áreas profesionales, como así también a grupos de niños, adolescentes, adultos, tercera edad, personas con discapacidad.

            La Danzaterapia tiene como fundamento una profunda conciencia del movimiento y un significado emocional; posee un gran dominio del estímulo creativo y proporciona a las personas bienestar, reflejando equilibrio y conductas de calidad de vida, armonización, capacidad de cambio, tolerancia, disfrute, gozo, valorización personal, aumento de la seguridad y la autoestima.

            Este Seminario se dictará en la ciudad de San Carlos de Bariloche, los días 20 y 21 de Marzo y esta dirigido a Profesionales y estudiantes de la Salud (psicólogos, fonoaudiólogos, geriatras, gerontólogos, psicopedagógos, asistentes sociales, acompañantes terapéuticos), En Educación (maestras, maestras primarias, maestras especiales) y en Cultura (artistas plásticos, actores y bailarines).

AUTOR: Lic. Ángel Darío Barriga (Presidente de Concejo)

 

INICIATIVA: Fundación Sonia López.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el artículo 8vo. Inciso “g” del texto ordenado (Resolución143-PCM-95) del Reglamento Interno del Concejo Municipal.

 

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE 

 

Art. 1º) SE DECLARA Evento de Interés Municipal y Cultural, el Seminario de Formación en Danzaterapia, dictado por la Fundación Sonia López, previsto para el día 20 y 21 de Marzo del corriente año, en la ciudad de San Carlos de Bariloche. 

 

 

 

 

 

 

Art. 2º) La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3º) La presente Resolución se aprueba ad-referendum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.-

 

Art. 4º)  Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 08 de Febrero de 2010.-

 

ADB/LMT