RESOLUCION Nº  132-PCM-2008

 

DESCRIPCION SINTETICA: PAGO FACTURA  A LA FIRMA “RUCAFILLING”.

 

ANTECEDENTES

 

    La factura presentada por la firma “RUCAFILLING”, por lo que se debe proceder a cancelar la deuda contraída.

 

FUNDAMENTOS

   

El comprobante presentado por la firma “RUCAFILLING”, se debe a la realización de servicios de recarga de cartuchos del mes de Abril `08, para las impresoras de las oficinas de: Secretaria Privada, Mesa de Entradas, Despacho y Administración,  Presidencia, Asesoria Letrada, Secretaria Comunicación Institucional y Biblioteca, los Concejales: Cejas, De Cesare, Pardo,  Martín, Duch, Alves y Otano dependientes del Concejo Municipal.

 

Se debe proceder a realizar la orden de pago correspondiente.

 

Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria  08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.12 (Insumos y Material de Computación)

 

  En virtud de las atribuciones otorgadas por el Art. 8º) inciso "f" del  texto  ordenado  (Resolución 143-CM-95) del Reglamento Interno del Concejo Municipal.

 

EL  VICE PRESIDENTE PRIMERO A CARGO  DEL CONCEJO MUNICIPAL  DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art.1º)       Autorizar al Departamento Despacho y Administración del Concejo Municipal a extender la siguiente orden de pago a favor de

 

“RUCAFILLING”,  según el siguiente detalle: factura Nro. 0001–00003308 de fecha 02/04/2008, por un importe de pesos, cuatrocientos ochenta y tres..............……………………………………………………..…………….... $ 483, 00.- 

 

               En  concepto   servicios de  recarga  de  cartuchos   mes  de   Abril `08,  para  las

impresoras de las oficinas de: Secretaria Privada, Mesa de Entradas,  Presidencia, Despacho y Administración, Asesoria Letrada, Secretaria Comunicación    Institucional   y   Biblioteca, los  Concejales:  Cejas,    De Cesare,    Pardo,     Martín,    Duch,    Alves  y   Otano dependientes del Concejo Municipal.

                  

Art.2º)       Aféctese a la Partida Presupuestaria 08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.12 (Insumos y Material de Computación).

 

Art.3º)       Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 02 de Mayo de 2008.

 

SC/BO/ndf.

 

 

 

 

 

“Donar órganos, tejidos y sangre es donar vida”