RESOLUCION Nº  123-PCM-2008

 

DESCRIPCION SINTETICA: PAGO FACTURA  A LA FIRMA “BARIQUEN S.A.”.

 

ANTECEDENTES

 

    La factura presentada por la firma “BARIQUEN S.A.”, por lo que se debe proceder a cancelar la deuda contraída.

 

FUNDAMENTOS

   

El comprobante presentado por la firma “BARIQUEN S.A.”, se debe a la compra de una (01) pileta de patio 10x10, tres (03) curvas a 45 MH, tres (03) codo a 90 HH, una (01) cupla reductora HH, un (01) adhesivo 250cm3, un (01) sellador siliconado, una (01) descarga corrugada, un (01) CR desagote para lav. y bide, una (01) tira de caño  de 40mm y dos (02) CR pico lev.c/cruz,  para reparar baño ubicado en el segundo piso del Concejo Municipal.

 

Se debe proceder a realizar la orden de pago correspondiente.

 

Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria  08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.05 (Materiales de Construcción)

 

  En virtud de las atribuciones otorgadas por el Art. 8º) inciso "f" del  texto  ordenado  (Resolución 143-CM-95) del Reglamento Interno del Concejo Municipal.

 

EL  VICE PRESIDENTE PRIMERO A CARGO  DEL CONCEJO MUNICIPAL  DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art.1º)       Autorizar al Departamento Despacho y Administración del Concejo Municipal a extender la siguiente orden de pago a favor de

 

“BARIQUEN S.A.”,  según el siguiente detalle: factura Nro. 0002–00099630 de fecha 30/04/2008, por un importe de pesos, ciento noventa y tres con cuarenta y siete centavos........................………………………………………..... $ 193,47.-

 

En concepto  de compra de una (01) pileta de patio 10x10, tres (03) curvas a 45 MH, tres (03) codo a 90 HH, una (01) cupla reductora HH, un (01) adhesivo 250cm3, un (01) sellador siliconado, una (01) descarga corrugada, un (01) CR desagote para lav. y bide, una (01) tira de caño  de 40mm y dos (02) CR pico lev.c/cruz,  para reparar baño ubicado en el segundo piso del Concejo Municipal.

                  

Art.2º)       Aféctese a la Partida Presupuestaria 08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.05 (Materiales de Construcción).

 

Art.3º)       Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 30 de Abril de 2008.

 

SC/BO/ndf.

 

 

 

 

 

“Donar órganos, tejidos y sangre es donar vida”