RESOLUCIÓN Nº 079-PCM-2008
DESCRIPCION SINTETICA: CONTRATO DE LOCACION ASESORIA TECNICA-LEGAL SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL DIGESTO MUNICIPAL
ANTECEDENTES
Resolución Nº 292-CM-2005.-
Acta Comisión Legislativa Nº 19 de fecha 05/03/08.-
Resolución Nº 363-PCM-05.-
FUNDAMENTOS
EL Concejo Municipal contratará los servicios de un Profesional, para el asesoramiento técnico-legal en la tarea formulada en el ámbito de la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal. A tales fines se encomendará al Profesional las siguientes tareas:
a) el estudio y análisis de toda documentación técnico administrativa, relacionada con el OBJETO.- b) La disposición horaria encomendada por quien coordine el Digesto Municipal.- c) la asistencia a las reuniones en las que el Concejo Municipal lo convoque tanto en el ámbito de la ciudad de San Carlos de Bariloche, como en cualquier otra localidad, reconociéndose en este último supuesto los viáticos y gastos propios de ese traslado.- d) la realización de todos los estudios y prácticas que estime necesarias para el asesoramiento técnico que por el presente se le encomienda y en general todas aquellas acciones y diligencias que en buena práctica profesional fundamenten y permitan el asesoramiento técnico - legal que el Concejo Municipal le contrata.- Las partes dejan constancia que la precedente enumeración es enunciativa y que los servicios contratados conllevan inherente, todas las diligencias, asesoramientos y cuanta práctica sea necesaria para el correcto y debido cumplimiento de su objeto.
En virtud de las atribuciones que le otorga el artículo Nº 8 inciso y) del Reglamento Interno del Concejo Municipal, según texto ordenado por Resolución Nº 143-CM-95.-
EL VICE PRESIDENTE PRIMERO A CARGO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1°) |
Se autoriza a la Vicepresidente Primero a cargo del Concejo Municipal a la designación y firma del Contrato de Locación de Servicios de Asesoría Técnica - Legal, al Dr. DIEGO AUGUSTO BENITEZ, DNI Nº 21.431.424. |
Art. 2°) |
La contratación mencionada en el artículo primero tendrá directa vinculación con el Departamento Digesto e Informática Legislativa, a los fines de desarrollar la tarea de asesoramiento y tendrá vigencia desde el 01 de Febrero hasta el 29 de Febrero de 2008.- |
Art. 3°) |
El monto total a abonar al profesional será de $ 1.000.- (un mil pesos), a imputarse en la Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.10 (Estudios, Investigación y Asistencia Técnica), en el marco del Presupuesto ya aprobado para el Concejo Municipal para el año 2008.- |
Art. 4°) |
Comunicar a la Dirección de Contaduría a los efectos de librar los actos administrativos correspondientes.
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Art. 5°) |
La presente Resolución se aprueba ad-referéndum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.- |
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Art. 6°) |
Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 10 de Marzo de 2008.-
SC/BO/cmF. |
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
Entre el CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, representado en éste acto por la Vice Presidente Primero a cargo del Cuerpo Sra. SILVANA CAMELLI, DNI Nº 20.053.745 con domicilio en Mai 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, por una de las partes, en adelante EL CONCEJO MUNICIPAL; y por la otra el Dr. DIEGO AUGUSTO BENITEZ, Documento tipo D.N.I. Nº 21.431.424 de especialidad abogado con domicilio en General Villegas Nº 898 de ésta ciudad de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL; convienen en celebrar el presente contrato de LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, para que el PROFESIONAL brinde asesoramiento técnico integral a la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal del Concejo Municipal, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente. PRIMERA.- ANTECEDENTES: LAS PARTES DECLARAN EXPRESAMENTE que constituye de antecedente de este contrato: 1) la Resolución Nº 292-CM-04 (Implementación del Digesto Municipal)- del Concejo Municipal, y 2) Las Actas de Reunión de Comisión Legislativa Nº 19 de fecha 05 de Marzo del año 2008.- 3) La Resolución Nº 363-PCM-05 y 317-PCM-05 que autoriza el Convenio. SEGUNDA: OBJETO: EL CONCEJO MUNICIPAL contrata los servicios del PROFESIONAL, para su asesoramiento técnico integral en la tarea formulada en el ámbito de la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal. A tales fines se encomienda al PROFESIONAL y este así lo acepta a) el estudio y análisis de toda documentación técnico administrativa, relacionada con el OBJETO.- b) La disposición horaria encomendada por quien coordine el Digesto Municipal.- c) la asistencia a las reuniones en las que el Concejo Municipal lo convoque tanto en el ámbito de la ciudad de San Carlos de Bariloche, como en cualquier otra localidad, reconociéndose en este último supuesto los viáticos y gastos propios de ese traslado.- d) la realización de todos los estudios y prácticas que estime necesarias para el asesoramiento técnico que por el presente se le encomienda y en general todas aquellas acciones y diligencias que en buena práctica profesional fundamenten y permitan el asesoramiento técnico integral que el Concejo Municipal le contrata.- Las partes dejan constancia que la precedente enumeración es enunciativa y que los servicios contratados conllevan inherente, todas las diligencias, asesoramientos y cuanta práctica sea necesaria para el correcto y debido cumplimiento de su objeto.- TERCERA PLAN DE TRABAJO: A los fines de facilitar la implementación del presente contrato, el PROFESIONAL deberá ajustar su trabajo a la metodología resumida en la Nota del 22-07-05 de la Comisión de digesto Municipal que se agrega como Anexo; en especial al control y monitoreo de la carga digitalizada y la clasificación preliminar de la normativa.- CUARTA: VIGENCIA: El presente contrato tendrá una vigencia de un mes, a partir del día 01 de Febrero de su suscripción, operando su vencimiento de pleno derecho en fecha 29 de Febrero del año 2008.- No obstante ello se conviene expresamente la facultad recíproca de resolver el presente contrato, sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno a favor de la otra parte y con la sóla obligación de preavisar esta decisión, con diez días corridos de antelación.- En todos los casos, tanto ante el vencimiento del contrato como ante el supuesto, que la decisión resolutoria, hubiera sido tomada por el PROFESIONAL, se conviene expresamente la obligación del mismo, de entregar al CONCEJO MUNICIPAL toda la carpeta de trabajo, documentación, estudios y conclusiones arribadas hasta ese momento, como consecuencia de la ejecución del presente, en el plazo de diez días de antelación a su conclusión.- QUINTA.- HONORARIOS: Las partes acuerdan que EL CONCEJO abonará al PROFESIONAL la suma de PESOS UN MIL ($ 1.000.-).- EL PROFESIONAL emitirá el recibo oficial pertinente.- Será por exclusiva cuenta y cargo de EL PROFESIONAL todo aporte previsional o arancelario o impositivo, que éste deba abonar como consecuencia del honorario que perciba.- SEXTA.- INFORMACIÓN: EL PROFESIONAL se compromete a manejar con lealtad y reserva toda la información a la que acceda, y mantener al CONCEJO MUNICIPAL en un constante e inmediato conocimiento de todas y cada una de sus conclusiones.- SEPTIMA: INCUMPLIMIENTOS: El incumplimiento a cualquiera de las cláusulas aquí convenidas, dará derecho a EL CONCEJO, a exigir su cumplimiento, o rescindir el contrato adicionando los daños y perjuicios que se le produjeron.- OCTAVA: DOMICILIOS: Las partes constituyen sus domicilios en los enunciados en el encabezamiento del presente, en los que se tendrán por válidas, todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen.- EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, SE FIRMAN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN MISMO EFECTO, Y CADA PARTE RECIBE EL SUYO, EN LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, A LOS 10 DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2008.-