DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ORDENA PUBLICACIÓN FE DE ERRATAS ORDENANZA 3323-CM-22.
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal
Resolución 462-CM-15. “Reglamento interno del Departamento Deliberante de San Carlos de Bariloche”.
Ordenanza 3323-CM-22. “Se presta acuerdo llamado licitación contratación agencia de marketing y comunicación EMPROTUR”.
Nota de fecha 05/07/2022 del Ente Mixto de Promoción Turística.
FUNDAMENTOS
En la Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante celebrada el día 23 de junio del corriente año, se sancionó la Ordenanza 3323-CM-22 “Se presta acuerdo llamado licitación contratación agencia de marketing y comunicación EMPROTUR”. En el Anexo I de la mencionada Ordenanza, se encuentra el pliego de bases y condiciones para llevar a cabo el proceso de licitación pública.
Dentro del Anexo I, particularmente en la Cláusula N°5), se encuentra la fecha en que se llevará a cabo la apertura de la Licitación en cuestión. Sabido es, y la práctica así lo demuestra, que al sancionarse los pliegos de bases y condiciones de licitaciones públicas por el Departamento Deliberante, se deja “en blanco” la fecha específica en que se desarrollará la apertura de la licitación. Ello debido a que al aprobarse el pliego de bases y condiciones, no pueden preverse las innumerables cuestiones que pueden alterar los plazos mientras se desarrolla el proceso licitatorio.
Se observa que se incurrió en el error de aprobar la Cláusula N°5) con una fecha incorporada y por tanto es menester corregir tal situación.
Por tanto, en atención a las facultades otorgadas por el Artículo 9°inciso z) del Reglamento Interno de este Concejo Municipal se ordena la siguiente fe de erratas.
AUTOR: Presidenta del Concejo Municipal, Lic. Natalia Almonacid
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "z" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.
LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL
DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE:
Art.1°)
Se ordena la publicación de Fe de Erratas del Anexo I de la Ordenanza 3323-CM-22, sancionada el día 23 de junio del año 2022. En el Anexo I, Cláusula N° 5) donde dice “APERTURA DE LA LICITACIÓN: La apertura de la Licitación será llevada a cabo el día 06 de julio de 2022, a las 10:00hs” debe decir “APERTURA DE LA LICITACIÓN: La apertura de la Licitación será llevada a cabo el día de de a las hs.”
Art. 2°)
Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal la Fe de Erratas que se adjunta como anexo I de la presente.
Art.3°)
La presente resolución se aprueba ad-referéndum de la próxima Sesión del Concejo Municipal.
Art.4°)
Comuníquese, dese a publicidad, cumplido archívese.
ANEXO I
PODER LEGISLATIVO MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN XXX-CM-22.
Mediante Resolución XXX-CM-22, la Presidenta del Concejo Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche ordena la publicación de Fe de Erratas del Anexo I de la Ordenanza 3323-CM-22, sancionada el 23 de junio de 2022, en el Anexo I, Cláusula N° 5) donde dice “APERTURA DE LA LICITACIÓN: La apertura de la Licitación será llevada a cabo el día 06 de julio de 2022, a las 10:00hs” debe decir “APERTURA DE LA LICITACIÓN: La apertura de la Licitación será llevada a cabo el día de de a las hs.”