DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ACEPTA RENUNCIA SRA. ANTONELLA TULINO Y SE CONTRATA DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL AL SR. FACUNDO AGUSTÍN JUÁREZ GONZÁLEZ CATEGORÍA 19

 

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Resolución 301-PCM-2013. Recategorización administrativo Dirección de Comunicación Institucional.

 

Resolución 471-CM-2015. Organigrama del Concejo Municipal.

 

Resolución 328-PCM-2018. Contrato Sra. Antonella Tulino.

 

Telegrama de renuncia de fecha 17/09/2019.

 

Nota 754-PCM-2019 de fecha 30/09/2019, presidente del Concejo Municipal.

 

FUNDAMENTOS

 

Por resolución 471-CM-2015, organigrama del Concejo Municipal, se define que la Dirección de Comunicación Institucional está compuesta por un director y un administrativo.

 

Por resolución 301-PCM-2013, se recategorizó al administrativo de la Dirección de Comunicación Institucional del Concejo Municipal, a categoría 19, debido a que se le incorporan en sus funciones las tareas de protocolo del Concejo Municipal.

 

Por telegrama de fecha 17/09/2019 la Sra Antonella Tulino comunica su renuncia al puesto administrativo de la Dirección de Comunicación Institucional del Concejo Municipal, lo que genera la necesidad de cubrir la vacante a partir del día 01/10/2019.

 

Es indispensable contar con una persona que tenga experiencia en las tareas a encomendar y que sea profesional en el cargo a cubrir.

 

Por nota 754-PCM-2019 de fecha 30/09/2019, el presidente del Concejo Municipal informa que se contrata al Sr. Facundo Agustín Juárez González, con categoría 19, a partir del 01/10/2019.

 

Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 2.11.1.72.139.1 (RRHH).

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

 

 

 

 

 

 

 

CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00

fecha: / /2019

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EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se acepta la renuncia de la Sra. Antonella Tulino, DNI 32771988, con categoría 19, a partir del 01/10/2019, como administrativa de la Dirección de Comunicación Institucional del Concejo Municipal.

 

Art. 2.º) Se contrata a partir del 01/10/2019 hasta el 08/12/2019 inclusive al Sr. Facundo Agustín Juárez González, DNI 38613160, con categoría 19, para desempeñarse como administrativo en la Dirección de Comunicación Institucional dependiente del Concejo Municipal, con una carga horaria de 7 horas diarias y/o 35 horas semanales.

 

Art. 3.º) Se comunica al Departamento de Personal y al Departamento de Sueldos a efectos de proceder a la liquidación de haberes correspondientes.

 

Art. 4.º) Se afecta la partida presupuestaria 2.11.1.72.139.1 (RRHH).

 

Art. 5.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

 

San Carlos de Bariloche, 30 de septiembre de 2019.

DAB/CRH/vhf

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00

fecha: 30 / 09 /2019

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DDYA

 

CONTRATO DE TRABAJO TRANSITORIO

 

Concejo Municipal

Municipalidad de San Carlos de Bariloche

"No a la violencia de género. Ni una menos"

(ordenanza 3029-CM-2018)

 

 

 

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

PROVINCIA DE RIÓ NEGRO

 

Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representada en este acto por el Señor DIEGO BENÍTEZ DNI 21431424 , en lo sucesivo “EL CONCEJO”, con domicilio real en el centro cívico de la ciudad de San Carlos de Bariloche provincia de Río Negro y por la otra el Sr. FACUNDO AGUSTÍN JUÁREZ GONZÁLEZ DNI 38613160 con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en la calle Morales 756 Dpto. 3, también de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Río Negro , denominado “ EL CONTRATADO” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo transitorio, a plazo, en los términos del art. 2.° inc c) de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan a saber:----------------------------------------------

PRIMERA: EL CONCEJO, contratan los servicios de EL CONTRATADO de acuerdo a lo previsto por el art. 2.° inc c) de la ordenanza 137-CM-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la resolución 282-PCM-2019----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDA: La vigencia del presente contrato se extenderá desde el 01 de octubre de 2019 hasta el 08 de diciembre de 2019 inclusive; para cumplir funciones como administrativo en la Dirección de Comunicación Institucional del Concejo Municipal. EL CONTRATADO reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informado y prestar plena conformidad con la contratación transitoria y temporal que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal Municipal.--------------

TERCERA: El CONCEJO, contrata los servicios de EL CONTRATADO para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario que EL CONCEJO le indique el que será aceptado de conformidad.----------------------------------------------------------------------------------------

CUARTA: El CONCEJO abonará a EL CONTRATADO una remuneración mensual equivalente a la categoría 19 del escalafón municipal; siendo dicha retribución de $ 23.278,24 por mes; monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados Municipales.-------------------------------------------------------

QUINTA:  EL CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes a SAC, subsidio familiar y toda otra compensación ; inclusive las asignaciones y otros beneficios que se otorguen con el carácter general a los agentes de la administración.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEXTA: EL CONTRATADO queda sometido a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad ni a la carrera administrativa, no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente Municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados Municipales de Bariloche.-------------------------------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA: La retribución de EL CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios establecidos por la ley 24241 y sus modificatorias; a cargas sociales establecidas por la ley 868 del IPROSS.---------------------------------------

OCTAVA: El incumplimiento por parte de EL CONTRATADO de sus obligaciones, dará derecho a EL CONCEJO de rescindir el presente contrato sin necesidad de intimación previa alguna.-----------------------------------------------------

NOVENA: El presente contrato, es celebrado en los términos del art. 2.° inc c) de la ordenanza 137-CM-88, POR TIEMPO DETERMINADO por el término de 69 días a partir del 01/10/2019, operando en consecuencia el vencimiento el 08/12/2019 fecha en la cual quedan extinguida la relación contractual de hecho y pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar a EL CONTRATADO por escrito de la continuidad en el empleo.------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMA: EL CONTRATADO queda expresa y debidamente preavisado de la terminación de este contrato laboral, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.-------------------------------

DECIMOPRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas las bonificaciones que se cursen. Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la III Circunscripción Judicial de la provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.---------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 30 días del mes de septiembre de 2019.

 

  Firma del Contratado / a

Facundo Agustín Juarez

DNI 38613160