DECLARACIÓN N.º 2753-CM-21
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL MOMUSI Y ENCUENTRO NACIONAL MÚSICA Y EDUCACIÓN
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.
Nota de solicitud de declaración de interés de la Comisión Directiva Nacional del Momusi.
FUNDAMENTOS
La presente declaración de interés tiene como objeto resaltar el trabajo realizado por el MOMUSI (Movimiento de Música para Niñas y Niños) y su 1er Festival Federal que se realizó de manera virtual a través de su página de YouTube.
El MOMUSI nació en 1997. Desde entonces es una asociación civil sin fines de lucro conformada por 35 grupos, 120 músicos, compositores, intérpretes, docentes e investigadores que trabajan en la recuperación de los sonidos, las voces, las canciones y los juegos dedicados a la infancia. Están conformados en 12 Sedes: AMBA, Mar y Sierra, Córdoba, Santiago del Estero, San Juan, Salta, Santa Fe, La Pampa, Alto Valle, Tierra del Fuego, Islas del Sur y Territorio Antártico, MarMawiza Patagonia (que incluye a la ciudad de San Carlos de Bariloche), Radatilli.
Asimismo, promueven activamente el encuentro de músicos y docentes de la Argentina dedicados a la creación, transmisión y difusión de la música para niños.
Uno de los derechos de la niñez es el derecho a la música. Con ella, los niños aprenden, expresan sus emociones y sentimientos, desarrollan su identidad personal y cultural.
Desde 2016 se organizan los encuentros de música y educación en articulación con diferentes ciudades de Argentina y del exterior del País, que han emergido como nuevas sedes para este Encuentro. Entre ellas, la Sede MarMawiza que conforman las ciudades de Bariloche, Dina Huapi, San Martín de los Andes, Esquel, Comodoro Rivadavia, Rawson y Trelew, creada en marzo de 2020.
Debido a la Pandemia Covid-19 la virtualidad fue elemental para esta edición. Se realizó el 1er Festival Nacional y 6to Encuentro manteniendo el enfoque federal e independiente, con el apoyo del Ministerio de Cultura de la Nación que da respuestas a las diferentes necesidades y los intereses de cada comunidad. Virtualmente, lograron llegar a todos los rincones a través de su canal de YouTube (MOMUSI Música para Niños y Niñas) con una edición semanal desde el 18 de abril hasta el 13 de junio de 2021.
Gracias al XIII encuentro de la Canción Infantil Latinoamericana y Caribeña que se realizó en el mes de octubre de 2017 en nuestro país, se ha extendido esta invitación de efectuar los Encuentros de Música y Educación a otros países. En los últimos años se han interesado y sumado Uruguay, Chile, Brasil, Colombia y México.
La agenda de trabajo programada para este año fue variada, colaborativa y amplia, por lo que promete un futuro de trabajo donde nuestra querida ciudad estará muy bien representada.
Por todo lo expuesto, este Concejo Municipal considera oportuno la declaración de interés de estas actividades, su trayectoria y su invaluable aporte a la cultura y el fomento educativo para los niños y niñas.
AUTORAS: Concejalas Julieta Wallace y Roxana Ferreyra (FdT).
El proyecto original N.º 350/21 fue aprobado en la sesión del día 26 de agosto de 2021, según consta en el Acta N.º 1148/21. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
Art. 1°)
Se declara de interés municipal al 1er Festival Federal del MOMUSI que se realizó desde abril a junio de 2021 con participación activa de la delegación de San Carlos de Bariloche, destinado a niñas y niños para fomentar sus derechos a través de la música. Todas las intervenciones están disponibles para ver a través de su canal de YouTube.
Art. 2°)
Se declara de interés municipal al 6to Encuentro Nacional de Música y Educación, realizado de mayo a julio del 2021, destinado a trabajadores de la educación y público en general interesado en la temática que participaron en nuestra ciudad a través de la Sede MarMawiza.
Art. 3°)
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
Art. 4°)
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.