COMUNICACIÓN N° 785-CM-14
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR SENADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LA NECESIDAD DE INICIAR ENJUICIAMIENTO JUEZ VICTOR VIOLINI.
ANTECEDENTES
Constitución Nacional.
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
Ley 13661 Provincia de Buenos Aires.
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 1526-CM-05 Alojamientos Turísticos.
Ordenanza 1051-CM-00 Alojamiento de grupos de Turismo Estudiantil.
FUNDAMENTOS
En el mes de julio de 2014, el camarista platense Víctor Violini, integrante del Tribunal de Casación Penal de Buenos Aires, acompañó juntos a otros padres, a un contingente del Colegio Centenario de esa localidad a un viaje de egresados. En dicho contingente cuyo destino fue la ciudad de Bariloche, se encontraba su hijo.
Dos inspectores municipales fueron al hotel en el que se alojaban y, como es práctica habitual, convocaron al gerente del establecimiento y a un integrante del grupo, mayor de edad, que fue un coordinador de la empresa de turismo estudiantil que los llevó.
Este tipo de inspecciones, que se efectúan desde hace 10 años, tienen por objetivo controlar que no existan irregularidades en el servicio al pasajero, como exceso de camas por habitación o la prohibición de tenencia, exposición y consumo de alcohol -casi todos los estudiantes son menores de edad- en el hotel. A todo evento, se acompañan copias de las ordenanzas de aplicación en la especie.
Independientemente de las consideraciones legales que puedan tenerse de la Ordenanza 1051-CM-00, lo cierto es que los inspectores municipales, obraron en cumplimiento de las mismas.
En la inspección municipal practicada el 5 de agosto en el establecimiento hotelero en que se alojaba el contingente de estudiantes a cargo -entre otros- del Dr. Víctor Violini, los inspectores detectaron 89 botellas de alcohol que retiraron de las habitaciones y pusieron en guarda en el hotel, para que los mayores del grupo puedan llevárselas de regreso al término del viaje, si lo desean. Las mismas se encontraban en las habitaciones en donde los menores de edad del Colegio Centenario, se encontraban alojados.
Cuando Violini y otros dos padres -abogados ambos- se enteraron del procedimiento, generaron un escándalo en el hotel, increpando y amenazando a los funcionarios de la Municipalidad que explicaron la medida. Uno de ellos fue el propio Secretario de Turismo de Bariloche, Fabián Szewczuk, quien intentó calmarlos. Según informó a Télam, "hace 10 años se hacen estos procedimientos sin que se haya registrado ningún tipo de inconveniente. Al año hay alrededor de 2200 actas de infracción y desde que se pusieron en práctica estas inspecciones ya se hicieron más de 25000".
Agregó que el más exaltado era el juez, a quien le hizo notar que de la habitación de su hijo "se retiraron nueve botellas", e insistió en que "esto apunta a que Bariloche sea una ciudad segura, en la que los chicos estén cuidados".
Recordó años atrás los numerosos problemas registrados con consumos excesivos de alcohol, internaciones con coma alcohólico, accidentes y hechos de violencia. "Nos costó mucho cambiar todo eso y lo logramos, hoy Bariloche tiene un prestigio nacional e internacional único en materia de turismo estudiantil", agregó.
Expresó asombro por la actitud del juez Violini, quien viajó como uno de los padres del grupo, como acompañante mayor a cargo de los chicos, como se exige por ley, y "no aportó en evitar la presencia de alcohol ni siquiera en el cuarto de su hijo". Recordemos que los menores a su cargo (quienes además se encuentran sin sus padres y sin sus docentes), se encuentran protegidos por la Convención de los Derechos del Niño.
Además, el juez le pidió a Szewczuk que concurra personalmente al hotel a "pedirles disculpas a los chicos, porque el procedimiento estaba equivocado", a lo que el funcionario le respondió que "de ninguna manera lo haría".
El juez logró tranquilizarse con las explicaciones pero no cesó en cuestionar la inspección y realizó una denuncia en tribunales por "allanamiento ilegal".
Ya vuelto a su ciudad de origen, el magistrado aludido, se dedicó a hacer declaraciones en cuanto medio de comunicación tuvo a disposición, cuyo tenor evidencia una clara ausencia de decoro cuyo digno cargo requiere.
Se destaca además, que siempre el Juez referido, esgrimió su carácter de magistrado, a sabiendas que se encuentra fuera de su jurisdicción.
Este desarreglo de conducta se acredita con las copias -que se adjuntan a la presente- de los medios de comunicación digitales en los que el Juez hizo declaraciones, a título de ejemplo, el Dr. Víctor Violini en C5N refirió que el Secretario de Turismo Fabián Szewczuk “es un mentiroso” y sostuvo que el funcionario “habla pavadas”. Refirió también que la actuación administrativa en el marco de la Ordenanza municipal 1526 se trataba de un “allanamiento ilegal” entre otros epítetos, y sin perjuicio del escándalo público que generó con los empleados municipales, siempre esgrimiendo su carácter de magistrado.
Empero, lo que no pudo explicar el Dr. Víctor Violini, es como los menores de viaje de egresados y bajo su guarda y cuidado, poseían un centenar de botellas de alcohol en su poder, sin que él arbitre los medios para evitar que los estudiantes lo consuman.
En este entendimiento, este Cuerpo Deliberante entiende que el magistrado aludido, realizó hechos o acciones incompatibles con la dignidad y austeridad que el cargo requiere, en los términos expresos del art. 21 inc. f) de la ley 13661 (según redacción ley 14441) de vuestra provincia.
Los hechos relatados –a entender de este Concejo Deliberante- ameritan la promoción de un sumario para enjuiciar la conducta del Dr. Violini, en los términos de la ley 13661 de Buenos Aires.
Por ello entendemos que hay suficientes pruebas para iniciar la investigación de la conducta del funcionario judicial en el seno del Consejo de la Magistratura.
AUTORES: Concejales Arq. Carlos Valeri, Dr. Diego Benítez, Prof. Alfredo Martín (FG); Alejandro Ramos Mejía, Ramón Chiocconi, Prof. Edith Garro (PJ); Leandro Lescano (AFSP); Irma Haneck (SUR); Mauro Gonzalez (PvpC) y Prof. Elena Welleschik (UCR).
El proyecto original Nº 657/14, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 18 de septiembre de 2014, según consta en el Acta Nº 1024/14. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACIÓN
Art. 1°) |
Se comunica a la Secretaría Permanente de Enjuiciamiento del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires, la necesidad de iniciar un sumario disciplinario en los términos de la ley 13661 en contra del Dr. Víctor Violini, por realizar hechos o acciones incompatibles con la austeridad y dignidad del cargo que detenta (art. 20, inc. f) de la ley 13661. |
Art. 2°) |
Se ponen a disposición las actuaciones administrativas y notas periodísticas correspondientes. |
Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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