COMUNICACIÓN Nº 738-CM-12

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: REQUERIR SE DE CUMPLIMIENTO ORDENANZAS 1418-CM-04 Y 2046-CM-10.

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 1418-CM-04: “Gratuidad del Servicio Público de Transporte Urbano a Discapacitados”.

 

Ordenanza 2046-CM-10: “Obligatoriedad exhibición de carteles pasajes gratis a discapacitados y descuentos a estudiantes”.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Cotidianamente se reciben denuncias de personas con discapacidad o de familiares directos de personas con discapacidad, tanto en el Concejo Municipal, en la Dirección de Gestión para Personas con Discapacidad dependiente de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, y en las instituciones u organizaciones que trabajan en relación a la situación de  las personas con discapacidad,  sobre el incumplimiento de las empresas de transporte de media y larga distancia de otorgar los pasajes gratuitos que por ley se establecen, como así también de generar demoras ante la solicitud, o dar informaciones distorsionadas y de no exhibir la cartelería correspondiente y obligatoria.

 

La Ordenanza 1418-CM-04 adhiere al artículo 2º de la Ley Nacional Nº 22431. Esta ordenanza municipal surgió como necesidad de unificar la legislación vigente en materia de pasajes de viajes terrestres públicos de corta, media y larga distancia, también de clarificar la regulación y facilitar la aplicación en la jurisdicción municipal. Esta norma, en su Art. 6º) designa como Autoridad de Aplicación a la Secretaría de Desarrollo Social, ahora Secretaría de Desarrollo Humano.

 

Con  la Ordenanza  2046-CM-10 se establece que las empresas de transporte de media y larga distancia, habilitadas por la Municipalidad, deben exhibir en las boleterías de ventas de pasajes, a la vista y al alcance de la mano del público, el texto completo: “Gratuidad de pasajes para personas con discapacidad”. Esta norma, en su artículo 4º) designa como Autoridad de Aplicación a la Secretaría de Gobierno, ahora Jefatura de Gabinete, a través de la Dirección de Inspección General o de la Dirección de Transporte.

 

La Municipalidad de San Carlos de Bariloche desde el Art. 200) de  la Carta Orgánica Municipal y las ordenanzas que promulga y especialmente las antes mencionadas en materia de transporte público, cumple en impulsar políticas de atención para las personas con discapacidad, pero evidentemente no alcanza con la existencia de la  normativa, si no se cumple en los órganos de control con la verificación del cumplimiento de la norma.

 

 

 

A la vista está la demanda y la necesidad de las personas con discapacidad, que en todas las instituciones públicas y/o privadas que se ocupan de la asistencia, rehabilitación y de generar las políticas públicas, la constante denuncia del incumplimiento de las ordenanzas que aquí nos ocupan.

 

AUTORA: Concejal Prof. Elena María Welleschik (UCR).

 

COLABORADORES: Consejo Local para Personas con Discapacidad de San Carlos de Bariloche y Concejal Dr. Leandro Martín Lescano (AFSP).

 

 

El proyecto original Nº 155/12, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 30 de agosto de 2012, según consta en el Acta Nº 988/12. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art.  1°)

Se comunica al Ejecutivo Municipal la urgente necesidad de dar cumplimiento a las acciones y medidas dispuestas en la Ordenanza 1418-CM-04 “Gratuidad del Servicio Público de Transporte Urbano a Discapacitados” y en la Ordenanza  2046-CM-10 “Obligatoriedad exhibición de carteles pasajes gratis a discapacitados y descuentos a estudiantes”, en pos de garantizar los derechos de las personas con discapacidad.

 

Art.  2°)

Se comunica a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, Delegación Bariloche, que se dé cumplimiento a la normativa nacional vigente en la materia, en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

Art.  3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.