COMUNICACIÓN N°  554-CM-06

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: COMUNICAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL LA URGENTE NECESIDAD DE REEQUIPAMIENTO, EN LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, TÉCNICOS Y ECONOMICOS SUFICIENTES Y PERMANENTES, PARA ASEGURAR EL ALCANCE REGIONAL PARA LRA 30 RADIO NACIONAL BARILOCHE.

 

 

ANTECEDENTES

 

Ley de Radiodifusión 22.285.

Carta de lectores del Diario Río Negro de fecha 25/06/06, del Sr. Guillermo C. Caruso, Médico Veterinario.

Inquietudes de pobladores de nuestra región sur.

 

 

FUNDAMENTOS

 

La transmisión de LRA 30 Radio Nacional Bariloche tiene un área de influencia que abarca desde San Carlos de Bariloche, lugar donde se encuentra emplazada la Planta Transmisora, hasta la ciudad de Ingeniero Jacobacci, recepcionándose también en los parajes de Ñirihuau, Perito Moreno, Río Chico, Mamuel Choique, Ojos de Agua, Ñorquinco, Comallo, Fita Ruin, Picaniyeu, Laguna Blanca, Clemente Onelli, Piedra del Águila, etc., y zonas aledañas.

La comunicación de novedades familiares, tales como fallecimientos, nacimientos, enfermedades, etc., comerciales, turnos médicos, visitas institucionales y otros que son de interés personal para sus pobladores, sólo son informados a través de LRA 30 Radio Nacional Bariloche. Desempeña, este medio de comunicación, una tarea social y comunitaria de gran importancia para cada uno de los habitantes de estas zonas, que se mantienen informados en aquellos lugares donde no hay servicio de telefonía, considerando que la inversión que tienen que realizar las empresas privadas de comunicaciones, es superior a la recaudación que pueden obtener.

 

LRA 30 Radio Nacional Bariloche fue fundada el 16 de septiembre de 1981, y contaba con equipos transmisores de amplitud modulada a válvulas, a los que frecuentemente había que reducirle la potencia para abaratar el costo eléctrico; más tarde fueron reemplazados por equipos más modernos, pero indudablemente más frágiles y de menor potencia que los anteriores; estas características ocasionan roturas y por consiguiente la incomunicación de los pobladores.

 

Desde el vínculo comunicacional que se establece entre nuestra Radio Nacional y los pobladores de su zona de influencia, es importante describir la situación por la que atraviesa: intermitentes salidas de servicio; la interferencia de radios como LU 5 de Neuquén, de más potencia que nuestra LRA 30 Radio Nacional Bariloche; la falta de personal técnico estable, ya sea en Bariloche o en la zona, que se ocupe del mantenimiento y reparación necesaria de los equipos; es por esto que para solucionar los distintos inconvenientes que presentan, los equipos transmisores son enviados a Buenos Aires para su reparación y esto ocasiona una importante pérdida de tiempo, mientras tanto, nuestros pobladores están carentes de las noticias de su interés.

 

Es muy difícil, en la era actual de la tecnología en comunicación, imaginar que puede haber personas incomunicadas, pero es así, es fácil comprobarlo haciendo una recorrida por esos lugares de nuestra Provincia tan alejados de centros urbanos y con pobladores que viven muy distante uno de otro, sin luz eléctrica y con una radio a pilas que se enciende sólo en los horarios del servicio social de la emisora LRA 30 Radio Nacional Bariloche.

 

Resumiendo, la salida de servicio de LRA 30 Radio Nacional Bariloche, se debe a: equipos de cierta antigüedad, lo que constituye una situación de fragilidad con dificultades para la reposición de los repuestos, siempre considerando el tiempo de uso de los mismos; las reparaciones se realizan en talleres locales, ya que se encuentra tercerizado el servicio técnico, esto es consecuencia directa de la escasez de recursos económicos que se asignan para la emisora que cumple este rol social tan importante.

 

No está de más recordar, dadas las circunstancias, los imperativos legales que competen a las actividades nacionales de la radiodifusión, contenidos en la Ley 22.285, y que se transcriben a continuación:

 

** Artículo 9º) Los titulares de los servicios de radiodifusión deberán asegurar la regularidad de las transmisiones y el cumplimiento de los horarios de programación, los que deberán ser comunicados al Comité Federal de Radiodifusión. También deberán mantener la infraestructura técnica de las estaciones en condiciones satisfactorias de funcionamiento, a fin de prestar un servicio eficiente. Reg.: 14, 15, 16.

 

Cobertura.

 

** Artículo 10º) El Estado Nacional promoverá y proveerá servicios de radiodifusión cuando no los preste la actividad privada, en zonas de fomento y en las zonas de frontera, especialmente en las áreas de frontera, con el objeto de asegurar la cobertura máxima del territorio argentino. Reg.: 77.

 

**Artículo 29°) Los casos de interferencias o interacción entre los servicios debidamente habilitados serán resueltos por el Comité Federal de Radiodifusión, con intervención de la Secretaría de Estado de Comunicaciones.

 

Aspectos mencionados en estos artículos que en caso de cumplirse, obviarían la necesidad de este pronunciamiento de los Concejales de San Carlos de Bariloche.

 

Más allá del reconocimiento del esfuerzo manifiesto del personal de la Radio como de la Dirección Ejecutiva, por brindar y mejorar el servicio, es necesario como contrapartida, señales concretas desde el Poder Ejecutivo Nacional que redunden en beneficio de la comunidad toda.

 

 

AUTORA: Concejal Alicia Grandío (UCR).

 

 

COLABORADORA: Sra. Alicia Figueroa.

 

 

El proyecto original Nº 673/06, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 13 de julio de 2006, según consta en el Acta Nº 864/06. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art.  1°)

Comunicar al Poder Ejecutivo Nacional la urgente necesidad de reequipamiento  de LRA 30 Radio Nacional, en la asignación de recursos humanos, técnicos y económicos suficientes y permanentes para asegurar el alcance regional de la transmisión.

 

Art.  2°)

Remitir copia de la presente a los señores Legisladores Nacionales de la Provincia de Río Negro, y a los Legisladores Provinciales de la Región Andina.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.