COMUNICACIÓN N° 564-CM-06

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: COMUNICACIÓN EN PROCESO DE INTERVENCION BARRIO 2 DE AGOSTO.

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 194-C-86.

 

Resolución 223-PCM-06.

 

Ordenanzas 20 y 21 de Procedimiento Administrativo.

 

Ordenanza 359-CM-90.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Se ha dado cumplimiento a los procedimientos administrativos en materia de intervención de Juntas Vecinales; habiéndose incorporado la prueba correspondiente, producida y ofrecida.

 

La Comunicación propiciada por la presente cumple con los requisitos formales que manda la ordenanza aplicable en la materia.

 

 

AUTORES: Comisión de Gobierno y Legales y Comisión Legislativa: Concejales Andrés Martínez Infante, Beatriz Contreras (Encuentro); Guillermina Alaniz (U.C.R.); Irma Haneck, Hugo Cejas (SUR); Sandra Guerrero (MARA) y Silvina García Larraburu (P.J.)

 

 

El proyecto original Nº 763/06, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 7 de diciembre de 2006, según consta en el Acta Nº 872/06. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACION

 

Art.  1°)

Comunicar a tenor del artículo 9º de la Resolución 223-PCM-06 y artículo 23 de la Ordenanza 194-C-86 a la Comisión Directiva de la Junta Vecinal Barrio 2 de Agosto que en el plazo de treinta (30) días contados desde la notificación de la presente deberá subsanar los vicios que se detallan en el artículo siguiente.

 

 

 

Art.  2°)

Intimar a la comisión Directiva de la Junta Vecinal 2 de Agosto para que:

1.- Presente los Balances correspondientes debidamente formulados (certificados), y convoque en idéntico término a Asamblea (plazo legal) ad efectum para su aprobación o rechazo.

2.- Presente modelo de boleta de pago de sus asociados con la discriminación correspondiente de cada uno de los conceptos.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.