COMUNICACIÓN N.º 1017-CM-20
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICA BENEPLÁCITO LEY PROVINCIAL 5434. APORTES ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS
ANTECEDENTES
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Ley provincial 168: Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la provincia. Funcionamiento. Organización. Sistema de pensiones graciables vitalicias.
Ley provincial 5422: Sistema Provincial de Protección Civil y Gestión Integral del Riesgo.
Proyecto de ley provincial 564/2019: Se modifica el apartado 1 del inciso A del artículo 12º de la ley K 48 de Lotería para Obras de Acción Social y el inciso D de la ley D 168 de Asociación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Río Negro, en relación al aporte que realiza el Estado provincial.
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 1862-CM-08: Se Reglamenta SIMBOV (Ente Autárquico Sistema Municipal de Bomberos Voluntarios), abroga ordenanza 1677-CM-06 y deroga parcialmente ordenanza 1522-CM-05.
FUNDAMENTOS
El proyecto de ley provincial 564/2019 propició la reforma parcial de las leyes K 48 y D 168, en relación al aporte que realiza el Estado provincial, a través de la Lotería para Obras de Acción Social, destinado a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia y la Federación que las agrupa.
El referido proyecto fue finalmente aprobado, sancionando la ley 5434, mediante la cual se plasmó la propuesta del gobierno provincial para elevar el aporte del 4% establecido en el artículo 12º, inciso a) de la ley K 48, al igual que el artículo 17º inciso d) de la ley 168, a un 9%, permitiendo así una mayor dotación de recursos a las entidades de bomberos y organismos encargados de la protección civil, lo que permitirá hacerse con el equipamiento adecuado a fin de garantizar su buen funcionamiento y capacidad de respuesta frente a situaciones de emergencia y/o catástrofe.
En ese sentido, se pone de manifiesto el compromiso de optimizar los recursos, mejorar los mecanismos de control sobre su distribución y efectiva utilización del subsidio, simplificando los procedimientos de rendición y garantizando en tiempo y en forma la recepción de los fondos por los organismos y asociaciones.
Debe considerarse además que si bien nuestra ciudad cuenta con el SIMBOV como fuente fundamental para garantizar el funcionamiento de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios locales, la oportuna gestión de aportes de los Estados provincial y nacional resulta de vital importancia para el sostenimiento de las asociaciones, máxime en el contexto económico actual.
Por ello, y considerando el valor de fortalecer los sistemas de protección civil y la necesidad de atender a la ineludible obligación de velar por la seguridad y el resguardo de los bienes comunitarios, estimamos oportuno comunicar el beneplácito de este Concejo Municipal a la sanción de la ley 5434 por parte de la Legislatura de Río Negro.
AUTORES: Concejales Gerardo Ávila, Natalia Almonacid, Norma Taboada, Claudia Torres, Carlos Sánchez y Puente (JSRN) y Ariel Cárdenas (BxC).
COLABORADORA: Belén Alonso.
El proyecto original N.º 0050/20, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 4 de junio de 2020, según consta en el Acta N.º 1127/20. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACIÓN
Art. 1°)
Se comunica a la Legislatura de la Provincia de Río Negro el beneplácito de este Concejo Municipal respecto a la sanción de ley 5434, en relación a la mejora en los procesos de distribución e incremento de aportes que realiza el Estado provincial a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios.
Art. 2°)
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.