emergencia

El Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza propuesta por el Intendente Gustavo Gennuso, declarando la emergencia por 6 meses y fijando medidas tendientes a contener el gasto público, mejorar la recaudación y reorganizar la administración y el recurso humano.

El proyecto de autoría del intendente Gustavo Gennuso fue aprobado hoy por mayoría, con el acompañamiento del bloque Juntos Somos Bariloche y PRO, y el rechazo del Frente para la Victoria y tendrá una duración de 6 meses -prorrogables por igual período-. Se debatió con la presencia del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales, registrándose al finalizar lamentables hechos de violencia por parte de algunos manifestantes.
En su argumentación, se incluye un diagnóstico de la situación económica, citando -entre otros- informes del Tribunal de Contralor. La Municipalidad “está atravesando una profunda crisis económico-financiera, administrativa, que incide directamente en la vida de todos los barilochenses.  En este sentido, se torna urgente e  imprescindible realizar acciones de emergencia tendientes a frenar el endeudamiento progresivo y el desmanejo que se viene produciendo con los recursos del Estado Municipal, el cual, de mantenerse, pone en grave en riesgo la continuidad de la prestación de los servicios indispensables para la ciudad”, fundamenta.

La declaración de emergencia “tiene por objetivo superar la crisis económica, administrativa y  financiera del Municipio de San Carlos de Bariloche y contribuir a desarrollar políticas, estrategias y programas públicos, para reordenar la situación y promover una administración ordenada y eficaz, que favorezca el desarrollo local, fomentando principios de austeridad y  eficiencia económica”.
Se aplicará en el Ejecutivo y “en lo que resulte pertinente” en el Concejo Deliberante y al Tribunal de Contralor, entes autárquicos e instituciones del Municipio, disponiendo la contención del gasto,  garantizando la prestación de servicios, la renegociación o rescisión de contratos por locación de servicios”, suspendiendo el uso de vehículos oficiales “que no se relacionen debidamente comprobados con servicios a la población” y de celulares. Además de limitar el gasto en publicidad y protocolo y en viáticos.
Se dispuso la centralización en una única cuenta bancaria (a excepción de los fondos específicos) y de las compras de suministros, suspendiendo la utilización de cajas chicas en las áreas; además de autorizar a reestructurar el área de Hacienda, con la reasignación de recursos existentes en las demás áreas.

El articulado incluye “generar una eficiente política de recaudación, controlando adecuadamente las actividades que generan tasas o derechos que debe percibir la comuna”, además de efectuar una revisión  de las Ordenanzas Fiscal y Tarifaria, fijando como meta mínima a alcanzar un aumento en la recaudación para el próximo ejercicio fiscal de un 40 por ciento y que el Ejecutivo deberá presentar el Presupuesto 2016 “conteniendo una reorientación del gasto de manera tal que contemple medidas de austeridad y restricción de los mismos”.

En cuanto a los recursos humanos, se autoriza a adoptar sistemas de jubilación anticipada del personal que esté a un plazo no mayor de 2 años para acceder a la jubilación ordinaria, además de determinar “la puesta en vigencia del régimen de Retiro Voluntario con carácter general o por sectores de la Administración Municipal", fijando plazos para el acogimiento, tabla de valores y modalidad de pago. Se determina el congelamiento de vacantes para ingreso de personal, siendo el Intendente el único autorizado a realizar incorporaciones en casos indispensables.
Otorga un plazo de 30 días para informar sobre las funciones que cumple cada persona contratada “y opinión fundada sobre la necesidad de la continuidad de la relación laboral y/o su reubicación, con igual o menor carga horaria”. Y de 60 días para “la reestructuración general y sectorial de dependencias pertenecientes a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, así como la reubicación del personal, traslados, cambios de dependencias  o tareas, modificación  de horarios, y toda  otra medida que  juzgue conveniente, para la mejor, eficaz y eficiente prestación  de los servicios  públicos municipales y cumplimiento de las funciones  esenciales  del Estado Municipal  y afrontar la crisis”.

En relación a los proveedores, se autoriza al Ejecutivo “a renegociar el precio o canon correspondientes a contratos con terceros y a disminuir dentro de los porcentajes máximos establecidos y autorizados por leyes nacionales, provinciales u ordenanzas municipales, el monto de los contratos vigentes;  renegociando con los proveedores y contratistas la cantidad y calidad de los servicios objeto de tales contrataciones, a fin de lograr el objetivo propuesto por la presente ordenanza”.