AUDIOS

 

Parte 1 (Audiencia publica. boleto educativo y diferencial .mp3)

 

Parte 2 (audiencia publica boleto educativo parte 2.mp3)

 

Acta de Audiencia Pública

Proyecto de Ordenanza 316/16: "Crea boleto educativo y boleto diferencial STUP Bariloche".

 

En la ciudad de San Carlos de Bariloche, a los 20 días del mes de febrero de 2017, siendo las 17:00 horas, en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, se da inicio a la Audiencia Pública por el Proyecto de Ordenanza 316/16, rotulado, "Crea boleto educativo y boleto diferencial STUP Bariloche". convocada  por el Concejo Municipal a través de Resolución 045-PCM-2017.-----

La Audiencia es presidida por la Presidenta de la Comisión de Servicios, Tránsito y Transporte del Concejo Municipal,  Concejal Cristina Painefil--------------------------------------------------------

Sr. Presidente del Concejo, Concejal Diego Benítez: “Bienvenidos a la sala del Concejo Municipal, esta sala que la semana pasada, hace unos pocos días hemos refaccionado y encontrarán, aquellos que nos han visitado en diferentes oportunidades, la han encontrado renovada; es la casa de todos los vecinos de Bariloche así que siéntanse a gusto y espero que sea muy productiva esta convocatoria a esta audiencia. Siendo las 17:05 del día 20 de febrero de 2017 se abre la audiencia, con la presencia de los concejales Natapof, Contreras, Ávila, Marks y Martínez Infante y quien les habla que soy el Presidente del cuerpo, Diego Benítez. Por secretaría se dará lectura al listado de inscriptos”.----

La Sra. Nora Skiendziel, Jefa del Departamento Coordinación Legislativa: Los Inscriptos son:  Ivan Gonzalo Dancyker; Adí Valitzky; Mateo Ignacio Grandio; Jazmín Hernández; Griselda Ignazi; Silvia Margarita Galaz; Antú Manque Villagra; Ana Emilia Rodríguez; Candela Navarro Cerigioni; Facundo Ariel Nahuelfil y Enzo Balloli”.---------------------------------------------------------------

Concejal Diego Benítez: “Bien. Entonces, con la presencia de la concejal Painefil, que conduce esta... Me olvidé de mencionar a mi compañera que preside esta audiencia, vamos a dar formal apertura a esta audiencia pública para recibir opinión sobre el proyecto de ordenanza 316/16: Crea boleto educativo y boleto diferencial STUP Bariloche. Ahora sí, Cristina, disculpas públicas”.--

Sra. Nora Skiendziel: “Voy a dar lectura al artículo 164 de la Carta Orgánica: La Audiencia Pública es el derecho ciudadano de dar o recibir opinión e información sobre las actuaciones político administrativas. Es ejercido por vecinos y organizaciones intermedias, en forma verbal, en unidad de acto y con temario preestablecido, de acuerdo a lo que se determine por ordenanza. El resultado, opiniones y conclusiones a las que se arribe en Audiencia Pública no tendrán carácter vinculante, pero su rechazo deberá ser fundado, bajo pena de nulidad. Asimismo ponemos a disposición el texto ordenado de la Ordenanza 1744-CM-07, acerca de las reglamentaciones de Audiencias Públicas”.-------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Gracias Nora. Buenas tardes. De acuerdo a lo que fue establecido a través de la Resolución 045-PCM-2017, los inscriptos en el registro contarán con un plazo máximo de cinco minutos para realizar su exposición pública. Durante su presentación, los expositores deberán dirigirse a la autoridad de esta audiencia. El público podrá formular preguntas (una por persona) una vez finalizada las exposiciones. Las mismas deberán efectuarse de forma escrita, en los formularios que serán entregados por representantes del Concejo Deliberante, y deberán estar dirigidas únicamente a los disertantes. De acuerdo a lo que está establecido en la ordenanza que reglamenta las audiencias públicas, el destinatario de las preguntas contará con dos minutos para responder las inquietudes. Y en caso que las mismas no se relacionen con el tema que nos convoca, no serán tenidas en cuenta. Vamos a darle lectura al proyecto de ordenanza 316/16: Crea boleto educativo  y boleto diferencial del servicio de transporte urbano de pasajeros Bariloche”.-------

Sra. Nora Skiendziel: “Por ello, el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche sanciona con carácter de ordenanza: Art.1°) Se crea el Boleto Educativo y el Boleto Diferencial dentro del Sistema de Transporte Urbano de Pasajeros de la ciudad de San Carlos de Bariloche. Art. 2°) Serán beneficiarios del Boleto Educativo todos los estudiantes que integren el sistema público, público de gestión social o privado en los niveles inicial, primario, secundario, terciario o universitario según las categorías y condiciones dispuestas por la presente. Art. 3°) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, o el área que a futuro la reemplace, será la autoridad de aplicación de la presente. Art. 4°) Serán beneficiarios del Boleto Diferencial todos los jubilados, pensionados y las Personas con Discapacidad según las categorías y condiciones dispuestas por la presente. Art. 5°)Se establecen las siguientes categorías de abono sobre el boleto de Transporte Urbano de Pasajeros: -------------------------------------------------

Boleto Educativo del STUP:------------------------------------------------------------------------------

a) CATEGORIA A:  El abono 100% gratuito para todos los estudiantes que integren el sistema público o público de gestión social en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario o universitario.-----------------------------------------------------------------------------------------------

b) CATEGORIA B: El abono 100% gratuito para todos los estudiantes que concurran a los establecimientos privados en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario o universitario, y que sean beneficiarios de una beca total sobre el arancel fijado por el establecimiento de educación privada.-----------------------------------------------------------------------------------------------------

c) CATEGORIA C: El abono del 20% sobre la tarifa mínima vigente, para todos los estudiantes que concurran a los establecimientos privados en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario o universitario, y que sean beneficiarios de una beca parcial sobre el arancel fijado por el establecimiento de educación privada. -----------------------------------------------------------------

d) CATEGORIA D: El abono del 30% sobre la tarifa mínima vigente, para los estudiantes que concurran a los establecimientos privados en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario o universitario con aranceles inferiores a un (1) haber mínimo jubilatorio fijado por el Gobierno Nacional. Quedan exceptuados de esta categoría los estudiantes alcanzados por las categorías B y C de la presente. ------------------------------------------------------------------------------------------

e) CATEGORIA E: El abono del 40 % sobre la tarifa mínima vigente para los estudiantes que concurran a los establecimientos privados en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario o universitario con aranceles iguales a (1) haber mínimo jubilatorio o superiores en hasta un 30% respecto de un (1) haber mínimo jubilatorio fijado por el Gobierno Nacional.---------------------

f) CATEGORIA F: El abono del 50 % sobre la tarifa mínima vigente para los estudiantes que concurran a los establecimientos privados en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario o universitario con aranceles superiores en más de un 30% respecto de un (1) haber mínimo jubilatorio fijado por el Gobierno Nacional.-----------------------------------------------------------

Boleto Diferencial del STUP:----------------------------------------------------------------------------

g) CATEGORIA G: abono del 50 % sobre la tarifa mínima vigente para todos los Jubilados y Pensionados que perciban un beneficio único (jubilación o pensión) equivalente al haber mínimo fijado por el Gobierno Nacional. ------------------------------------------------------------------------

h) CATEGORIA H: El abono 100% gratuito para todas las Personas con Discapacidad. --------

Art. 6º) Los beneficios establecidos por la presente serán de aplicación por medio del sistema de tarjeta SUBE, o el mecanismo que a futuro la reemplace, en cuya memoria electrónica se acreditarán las condiciones necesarias para cada Boleto y Categoría establecido en el Art. 5 de la presente. ---------------------------------------------------------------------------------------------------

Art. 7º) En el caso del Boleto Educativo, contemplando el horario, días de ingreso y egreso de todos los niveles y modalidades educativas, el beneficio contempla la asignación de ciento veinte (120) boletos mensuales para las CATEGORIAS A, B, C, D, E y F dispuestas por la presente. ---------

Art. 8°) Los beneficios del Boleto Educativo tendrán vigencia durante todo el período establecido por el calendario escolar, incluyendo períodos de evaluación anual o cuatrimestral, debiendo la autoridad de aplicación corroborar fehacientemente dicho período mediante nota al Ministerio de Educación, la Delegación Zona Andina de Educación  y los responsables académicos de las universidades e institutos terciarios con asiento en nuestra ciudad, a fin de no limitar el acceso al beneficio.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Art.  9°) La autoridad de aplicación podrá, en caso de ser necesario, celebrar acuerdos con los organismos e instituciones educativas, públicas o privadas, a los efectos de establecer canales formales y efectivos de comunicación, en cumplimiento de lo establecido por la presente.-------

Art. 10°) En todos las categorías del  boleto educativo,  los estudiantes deben asistir ante las empresas concesionarias de Transporte Urbano de Pasajeros o ante las locaciones que indique la autoridad de aplicación, según corresponda, con la Constancia de Alumno Regular actualizada, dentro del mes en el cual se solicita el alta del beneficio, expedida y firmada por la autoridad educativa correspondiente, como único requerimiento a fin de validar dicha condición y cargar el beneficio en la tarjeta SUBE dentro del período de vigencia. ----------------------------------------

Art. 11°) Para las categorías B, C, D, E y F del Boleto Educativo, los estudiantes deben exponer al momento del trámite la constancia original de pago del último mes abonado, el tarifario anual aprobado por el establecimiento o en su defecto un certificado simple emitido por la autoridad educativa correspondiente en donde se detallen los datos y aranceles abonados por el estudiante.    

Art. 12°) Las empresas o la autoridad de aplicación, según corresponda, procederán a categorizar al beneficiario según los criterios establecidos en el Art. 5º de la presente. -----------------------

Art. 13°) Ante cualquier incremento en los aranceles abonados o en relación a cambios en el tipo de establecimiento educativo al cual asiste el beneficiario, se deberá informar dicha novedad ante la autoridad de aplicación o ante las empresas concesionarias de Transporte Urbano de Pasajeros en el plazo de 15 días hábiles, a los fines de actualizar la categoría correspondiente. ---------------

Art. 14°) Los beneficios del Boleto Diferencial, para los Jubilados, Pensionados y Personas con Discapacidad tendrán vigencia durante las 24 hs, sin limitante de cantidad diaria o mensual. Los beneficiarios deberán asistir ante las empresas concesionarias de Transporte Urbano de Pasajeros o ante las locaciones que indique la autoridad de aplicación, a fin de dar de alta el beneficio, acompañando la solicitud con copia simple de las constancias que corresponden según la reglamentación y legislación vigente.-------------------------------------------------------------------

Art. 15°) Para aquellos trámites o procedimientos donde se establezca el beneficio para personas con Discapacidad, la autoridad de aplicación coordinará las acciones de difusión y aplicación de los beneficios en conjunto con la Dirección de Gestión para las Personas con Discapacidad,  o la que a futuro la reemplace.--------------------------------------------------------------------------------

Art. 16°) Para aquellos trámites o procedimientos donde se establezca el beneficio para los Jubilados o Pensionados, la autoridad de aplicación coordinará las acciones de difusión y aplicación de los beneficios en conjunto a la Dirección de Promoción Social, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, Cultura y Deportes, o la que a futuro la reemplace, coordinando si fuera necesario con las diferentes instituciones con incumbencia en la materia y con representación en el Consejo Local de Adultos Mayores. --------------------------------------------------------------

Art. 17°) En todos los casos establecidos en la presente ordenanza el titular del beneficio deberá exponer frente a la autoridad de aplicación o  responsables de la empresa  su DNI a efecto de corroborar su identidad y la autenticidad de los certificados o constancias que acompañan el trámite.------------------------------------------------------------------------------------------------------

Art. 18°) En todos los casos la tarjeta SUBE, que se aplique al Boleto Educativo o al Boleto Diferencial, tendrá carácter de intransferible. El uso indebido de la tarjeta por terceros que no revisten la condición de beneficiario en los términos de la presente, dará lugar a la suspensión del beneficio, independientemente de las acciones legales que correspondiera aplicar. --------------

Art. 19°) Las disposiciones adoptadas en la presente serán de cumplimiento obligatorio por parte de la Empresa concesionaria del Servicio Urbano de Transporte de Pasajeros.-----------------------

Art. 20°) La presente ordenanza entrará en vigencia en 60 días desde su promulgación  por   parte del Poder Ejecutivo Municipal.--------------------------------------------------------------------------

Art. 21°) Para la aplicación de los boletos relacionados a los estudiantes que concurran a los establecimientos privados en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario o universitario; la autoridad de aplicación, establecerá un criterio de aumento progresivo a razón de 25% por cuatrimestre  desde la entrada en vigencia de la presente, hasta alcanzar los valores porcentuales máximos establecidos del 30%, 40% y 50% para las categorías D, E y F respectivamente. ------

Art. 22°) De forma.----------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Muchas gracias Nora. Bueno a continuación voy a invitar a mi compañero, al concejal Ávila. ¿Qué? ¿Tengo que leerla? Bueno, no hay ningún problema, la tenemos acá la resolución de la Intendencia Municipal”.--------------------------------------------------------

Sra. Nora Skiendziel: “San Carlos de Bariloche, 20 de febrero de 2017. Sra. Presidente de la Comisión de Servicios, Tránsito y Transporte. Concejal Cristina Painefil. Presente. Referencia: Audiencia pública 20 de febrero de 2017, proyecto 316/16: Crea boleto educativo y boleto diferencial STUP Bariloche. Mediante la presente ae autoriza al concejal Gerardo Ávila (Bloque Juntos Somos Bariloche) a desarrollar la presentación del proyecto de ordenanza de referencia, que será tratado en audiencia pública en el día de  la fecha y en el cual es coautor este Departamento Ejecutivo. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente. Firmado: Ing. Gustavo Gennuso, Intendente Municipal”.-----------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Dicho eso, adelante Gerardo”.-------------------------------------------

Concejal Gerardo Ávila: “Bueno. Buenas tardes a todos los presentes. Vamos a hacer los más rápido posible para que todos puedan hablar tranquilos. Bueno, en principio aclarar claramente, este proyecto se presentó en noviembre del año pasado; en el medio han sucedido algunas cuestiones; más importante la recepción del dictamen de asesoría Letrada de este cuerpo que nos ha marcado algunas cuestiones que van a modificar en parte el proyecto original en cuestiones de forma y en algunas cuestiones que hacen a un mejor entendimiento, digamos, de la norma propuesta y algunas cuestiones también que aporta la Asesoría Contable  de la Asesoría Letrada que nos han permitido clarificar y observar algunas cuestiones que, tanto en la técnica legislativa como en algunas definiciones, se podía prestar a doble interpretación o no quedaba claro con lo cual seguramente va a ser modificado luego en el trabajo de comisión. El proyecto es bastante extenso, agradezco a Nora por la lectura, claramente uno de los puntos más contundente al momento de poder discutir el presente tiene que ver con la categorización que se aplica sobre los diferentes usuarios, digamos, del sistema. A modo de introducción podemos observar que el sistema actualmente en la ciudad se compone de esta forma (ver foja 3 del anexo): Tenemos a los usuarios que son beneficiarios del sistema SUBE directamente, que son todos los detallados ene se sistema y que son los que cuentan, digamos, con presencia en la base de ANSES y que tienen algunos de los beneficios o son parte de algunos de los grupos poblacionales que ahí se definen. Luego, una segunda categoría, que son los jubilados que en nuestra ciudad perciben un haber mínimo jubilatorio, que el Municipio establece un 50% de descuento -esto se viene hace varios años estableciendo- sobre la tarifa mínima vigente. Recordemos que tenemos ocho secciones en la ciudad donde se aplica boleto desde las primeras categorías hasta la última con un incremento que tiene que ver con la distancia que se recorre proporcional, pero en el caso este a los jubilados se le plantea un 50% de la tarifa de las primeras secciones y no del todo el sistema. Luego tenemos claramente el sector estudiantil, que está diferenciado en el sector público y en el sector privado. Las personas con discapacidad que tienen como bien planteaba el proyecto y ya viene vigente la gratuidad completa del sistema. Los usuarios sin descuentos, es decir que pagan la tarifa plena en todas las secciones. Y otros grupos futuros que podrían crearse o existir a futuro. Este es un extracto muy simple para que tengan la información; corresponde solamente al paquete que manejaba hasta el año pasado Autobuses Bariloche; el otro sistema que era por micronauta no teníamos la información, o no conseguí mejor dicho, la información completa con lo cual no me parecía correcto mostrarla anualmente; pero en este caso sí tenemos desde enero a diciembre (ver  foja 4 del anexo) del año pasado, la incidencia de los diferentes grupos que recién nombré, que me da un total de 7.544.632 usuarios en todo el año, digamos, que manejaron ese paquete con SUBE. Estos son usuarios que marcaron con tarjeta, digamos, después claramente no está desglosada la cantidad de veces que cada persona utiliza el colectivo. Y tenemos los estudiantes públicos que implican casi un millón de usuarios al año; los estudiantes privados con cerca de 151.000 usuarios al año; jubilados al 50% son 305.000 y con sistema Sube son 1.314.000. en total nos da un subtotal con descuento de cerca, bueno, de 3 millones de usuarios y una proporción un poco mayor de 4 millones casi 5 millones de usuarios que no pagan, sin ningún tipo de descuento. Esto solamente el esquema de lo que antes era Autobuses Bariloche, obviamente falta complementar la información de lo que era Autobuses Las Grutas”.-------------

“Bueno, yendo al punto de la cuestión en relación al boleto estudiantil existe -esto lo ha marcado muy bien la Asesoría Letrada- una dispersión normativa muy grande (ver foja 5 del Anexo I) en materia de cómo está regulado el boleto estudiantil en nuestra ciudad, con ordenanzas que estando vigentes se contraponen inclusive con lo que hoy está regulado por resolución, algunas que están abrogadas y que claramente entran en contradicción, digamos, en todo el plexo normativo municipal. Algunos ejemplos son la ordenanza 194/79 (ver foja 6 del Anexo I), que está vigente y que fija ese 50% del boleto sobre alumnos de los niveles primarios y secundarios en todas las tarifas. Luego hay una ordenanza del 93, que está abrogada, no tiene vigencia, que fijaba en su momento 30 centavos, digamos, la tarifa. La 327/94  (ver foja 7 del Anexo I)que está vigente y que reglamenta la anterior con algunas modificaciones que hacían a cómo se accedía al beneficio. Y más recientemente, en el 2015 la 2619 (ver foja 8 del Anexo I), que adhirió a la ley provincial 3831, que es la que fija el 50%, digamos, del boleto educativo a nivel provincial. Y en este momento es la primera vez que vamos, una ordenanza de alguna forma aclara la diferenciación (ver foja 9 del Anexo I), en el caso de los estudiantes de nuestra ciudad, en públicos y privados, planteando claramente que se garantiza la tarifa 0 para los estudiantes de establecimientos educativos públicos y una tarifa diferencial para los estudiantes  establecimientos educativos privados, que se encuentra actualmente vigente. Y en el caso del proyecto de referencia que hoy nos trae y nos reúne, el objetivo general claramente es terminar con esta dispersión que hay en materia normativa; aclarar varias cuestiones que han quedado  en la historia sin subsanar y también poner un freno o poner un punto, mejor dicho, a la regulación que anualmente se venía dando ya desde hace varios años por resolución de este tipo de beneficios. Para que sea más claro esta es la evolución por lo menos desde el 2010 a la fecha (ver fojas 10 y 11 del Anexo I), por resolución, en un primer momento podemos observar en rojo -esto solamente está puesto para referencia- el boleto era 0,40 y es el boleto, digamos, la tarifa  mínima  vigente en su momento; luego del 2012 se establece la gratuidad para todos los estudiantes del sector público, con la tarifa 0, que ha ido claramente mateniéndose a través de los años y la tarifa de 1$, que en su momento fue fijada en lo que equivalía un 33,33% de la tarifa mínima vigente y que luego ha ido claramente devaluándose o depreciándose respecto del resto de la tarifa vigente que ha ido aumentando en los últimos años. Siempre estamos hablando de tarifa mínima no de la tarifa de las secciones por ahí más alejadas que son claramente más caras. Este es un cuadro (ver foja 12 del Anexo I) que explica lo anterior, la evolución temporal de esa tarifa puntualmente. Y yendo, digamos, al esquema, digamos, que propone el proyecto, tenemos las diferentes categorías propuestas y la descripción (ver foja 14 del Anexo). La categoría A que son los estudiantes públicos en todos sus niveles y de gestión social que pagarían -si el proyecto avanza  en este sentido- 0$, ratificando lo que está hoy vigente por resolución. La categoría B que son todos los estudiantes privados en todos los niveles que tienen una beca al 100%. la categoría C que fija un 20% de la tarifa vigente, mínima vigente, a aquellos estudiantes que tienen una beca parcial, no importa la proporción, simplemente con que tenga una beca parcial entraría en esa categoría. La categoría D que fija un 30% para... sobre la tarifa mínima, para quienes paguen aranceles por encima, menores mejor dicho perdón, sobre la jubilación mínima vigente que de referencia este año si se aprueba y se reglamenta según lo que marca la ley de movilidad jubilatoria, estaría rondando lo 6.395, ese debería ser el número que se aplique según ley, no el que se ha discutido en estos días por... a nivel nacional. La categoría E, 40% para los que estén hasta un 30% entre el arancel jubilatorio y un 30% arriba, es decir entre 6.395 hasta 8.813,50. y finalmente la categoría F -esto en cuanto a los estudiantes- para todos aquellos que abonan aranceles por encima de un 30% del haber mínimo jubilatorio, pagando como límite el 50% de la tarifa mínima vigente y en concordancia en este sentido con la ley provincial. Luego está la categoría G que son los jubilados que hoy pagan el 50% de la tarifa mínima, siempre y cuando tengan un haber mínimo. La categoría H que son las personas con discapacidad que mantendrían la gratuidad; y solamente en términos de referencia, que seguramente lo que hagamos es incorporarlo a la ordenanza para que quede claro todo el esquema vigente en la ciudad, la categoría de Sube y ANSES que es particular que incluye a todos los grupos, digamos, poblacionales que anteriormente fueron descriptos con una base claramente socio-económica y que bueno, aquellas personas que están en la base de ANSES acceden a un beneficio del 55% o visto de la otra forma, pagan una tarifa en todas las secciones del 45% equivalente”.-----------------------

“Otro cuadro también para representar un poco  proyecto (ver foja 16 del Anexo I), lo más didáctico posible, este sería el esquema de tarifa que podría abonar un usuario estudiantil, en realidad todos los usuarios en todas las categorías expuestas, de 0; 2,56; 3,84; 5,12; 6,40; 6,40 en ese caso son jubilados y los estudiantes del último nivel y categoría H0 las personas con discapacidad. La categoría I es el intervalo de tarifa que pagan las personas que tienen el beneficio de SUBE. Y abajo en la fila inferior es la misma información pero trasladada al porcentaje de descuento aplicado real propuesto que va, bueno, del 100%, 80% de descuento, 70, 60, 50 y del 55 que aplica en SUBE. Y, también en términos, a título informativo la sigla que ven en negro en la fila de abajo se referencia con la tarifa más cara del sistema que son la de la sección Nº 8, que actualmente a está 28,60 lo cual equivaldría para las secciones C a F, y G mejor dicho, un subsi..., un abono, digamos, un descuento aplicado que crece en realidad al 91%, 87, 82, 78 respectivamente. Esta es la información, la misma información  realizada por Asesoría Contable (ver foja 16 del Anexo I), un poco más desglosada, con cada categoría, con cada sección, con la tarifa vigente en cada sección y la incidencia de cada una de las categoría propuestas. Bueno, y finalmente, para explicar qué información, qué elementos fueron tomados  para la elaboración del anteproyecto (ver foja 17 del Anexo I) primero y luego también del proyecto, un poco lo que se detalla muy brevemente aquí, jurisprudencia, digamos, a nivel local y regional respecto de esta temática, puntualmente el amparo que surgió en su momento, en 2012, cuando se eliminó totalmente la tarifa diferencial para los estudiantes privados y les quiso aplicar  el 100% de la tarifa vigente, eso produjo un amparo que fue favorable para el sector y marcó claramente un esquema, digamos, de interpretación  al respecto. Los antecedentes, digamos, normativos municipales, provinciales, nacionales, todo lo que hace al marco de ordenanzas y leyes vigentes y que hay mucho todavía más por estudiar y por corregir, que mucho nos ha marcado la Asesoría Letrada; las diferentes resoluciones del Departamento Ejecutivo que son todas las que marcamos como antecedentes desde el 2010 a la fecha. Las diferentes opiniones y los debates que tuvimos con, principalmente, con la Federación de estudiantes Secundarios durante los meses de octubre y noviembre del año pasado (y falta una reunión más que no detallamos) y las diferentes opiniones también brindadas por escrito que tanto la FES como el Centro de Estudiantes de la Universidad de Río Negro nos acercaron oportunamente para aportar al debate. Todo  esto es lo que se ha tomado en principio para la elaboración del proyecto, y, claramente, como corresponde los elementos que a partir de ahora nos van a permitir también seguir trabajando, además de todos los que ya han sido nombrados: una resolución de recomendación que nos dictó la Defensoría del Pueblo (ver foja 18 del Anexo I), la 14/16, que plantea determinados aspectos y cuestiones que claramente hay que observar y será materia de análisis en las comisiones; el dictamen de Asesoría Letrada; el informe de Asesoría Contable  que nos marca la incidencia del proyecto en términos contables; los aportes y contribuciones que surjan de esta audiencia que claramente son muy importantes y los aportes que  puedan surgir de las comisiones del Concejo Municipal. Solamente eso a modo de introducción. Muchas gracias por la atención”.---------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Muchas gracias concejal Ávila. Bueno, a continuación lo que vamos a hacer es la exposición de los participantes. Vamos a hacerlo en base al orden de las inscripciones. Recuerden que cada expositor tendrá un plazo máximo de 5 minutos, según lo establecido en la Resolución N° 045-PCM-2017 y las exposiciones serán dirigidas hacia la autoridad de esta  audiencia. Así que... perdón antes de invitar al primer expositor, para que conste en el acta, está la concejal Gelain y el concejal Chiocconi presentes. Vamos a invitar a Iván Gonzalo Dancyker, si pronuncié mal tu apellido te pido disculpas. Adelante, por favor”.-----------------------------------

Iván Gonzalo Dancyker: “Hola. Buenas tardes a todos. Mi nombre es Iván Dancyker, vengo por la Federación de Estudiantes Secundarios y por la Escuela de Hotelería. Yo lo que venía a contar era un poco lo que habíamos trabajado durante todo este tiempo; la FES hace un año que viene trabajando en esto del tema del boleto estudiantil. Nos dimos cuenta que no había una ordenanza vigente que regule realmente los precios, entonces lo que queríamos es que no dependamos más de una resolución del intendente de turno. Para empezar primero quería contar, no sé, cuando uno busca en Internet la definición de boleto estudiantil una de las primeras que aparece es que el  boleto estudiantil mejora la distribución del ingreso y facilita las condiciones para que los ciudadanos puedan enviar a sus hijos a la escuela. Nosotros creemos que esta es una parte muy importante, ayuda sustancialmente a las familias que mandan a sus hijos a la escuela y el precio del boleto es algo que realmente importa. También quería decir que como dice la ley  23849 que aprueba la Convención de los derechos del niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en el artículo 28 explica: inciso b): Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria,  hacer que todos los niños dispongan de ella y que tengan acceso a ella y adoptar las medidas apropiadas. En el inciso d) dice que  dispongan de información y orientación. En el inciso e), dice que hay que adoptar medidas y  reducir las tasas de deserción escolar. El boleto estudiantil ayuda a muchos chicos a llegar a la escuela; es algo que el precio infringe realmente. Para llegar a la escuela muchos chicos si no tendrían esta ayuda no irían o dejarían. Entonces, nosotros contamos con esto como una herramienta principal para lo que es llegar a la escuela. Bueno, nosotros durante todo este tiempo trabajamos con la integración de los diferentes colegios, tanto del ámbito público como privado y las diferenciaciones que plantean en esta ordenanza no hacen otra cosa que  estigmatizar los diferentes colegios. Nosotros creemos que tiene que haber menos diferenciación y que sean más claros. Nuestro objetivo como Federación de Estudiantes es lograr una representatividad total de los colegios de la ciudad. Este tipo de medidas no hacen otra cosa que dificultar esa misión. Nosotros no queremos problemas entre los colegios, queremos que nos ayudemos. Los valores nos parecen bastante altos, sobre todo en las categorías D, E y F y planteamos lo siguiente: Una CATEGORÍA A: El abono 100% gratuito para todos los estudiantes que integren el sistema público o público de gestión social en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario y universitario. CATEGORÍA B: El abono 100% gratuito para todos los estudiantes que concurran a los establecimientos privados en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario y universitario, y que sean beneficiarios de una beca total sobre el arancel fijado por el establecimiento de educación privada. CATEGORIA C: El abono del 10% sobre la tarifa mínima vigente, para todos los estudiantes que concurran a los establecimientos privados en los niveles: inicial, primario, secundario, terciario o universitario y que abonen cualquier tipo de arancel. Quiero recordar, que según el artículo 19 de reglamentación de audiencias públicas de no tener en cuenta lo expresado por cada orador tendrán que desestimarse y fundamentar la decisión. Pasaron más de 40 años de la noche de los lápices y esta lucha no se acaba. Esta es nuestra manera de rendirles homenaje a quienes fueron los pioneros de esta causa. El boleto estudiantil es un derecho y por eso todos lo merecemos. Esperamos que escuchen nuestras palabras. Y para cerrar quería decir una frase del escritor uruguayo Eduardo Galeano que dice Hay un único lugar donde ayer y hoy se encuentran y se reconocen y se abrazan, ese lugar es mañana. Los estudiantes somos el hoy pero más que nunca somos el mañana. Muchas gracias”.--------------------------------------

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Muchas gracias Iván. Invitamos a Adí Valitzky”.---------------------

Adí Valitzky: “Buenas tardes. Adí Valitzky, soy de la Federación de Estudiantes Secundarios también. Y bueno, quisiera empezar diciendo que, bueno, el proyecto de ordenanza 316/16: “Crea boleto educativo y boleto diferencial STUP Bariloche” no creemos que sea un tema del cual los estudiantes podamos relajarnos y ver cómo otros deciden sobre nosotros, ya que es una realidad puramente nuestra; somos los estudiantes los que nos representamos entre nosotros mismos, y somos nosotros los que nos tomamos el colectivo para ir y volver del colegio. El boleto estudiantil fue un tema luchado de forma trascendental por la historia argentina, y no fueron nadie más y nadie menos que los estudiantes los que le pusieron el cuerpo a la hora de velar por nuestros derechos en el año `76, cuando -en plena dictadura- desaparecieron a seis jóvenes que luchaban por lo mismo que nosotros; y más recientemente en la recta histórica, fuimos nosotros mismos, algunos de los cuales estamos hoy aquí presentes, los que protagonizamos esa movilización en el año 2012 que nos consiguió el boleto estudiantil que tenemos ahora. Hoy lo que queremos es asegurarlo, queremos sellar y garantizar el fruto de años y generaciones que lucharon por lo mismo; estamos aquí presentes para ratificar que se cumpla con lo trabajado a lo largo del último año y así poder gozar de un derecho que merecemos por el simple hecho de ser estudiantes, porque es un paso más que garantiza el acceso a la educación y, así, el cumplimiento del artículo vigésimo sexto de la Declaración universal de los derechos humanos. Me resulta ilógico que con el paso de los años sigan clasificándonos y dividiéndonos innecesariamente a través de nuestra posición económica, siendo que hablamos tanto de la discriminación y de la segregación. Y que en una nueva era, en la cual debemos innovar, avanzar y construir, sigamos destruyendo las relaciones excusados únicamente por la situación socio-económica que se supone de una persona. Durante el trabajo con los concejales, se trató el tema de aquellas personas que subían al colectivo, mostraban el carnet pasaban y eran mal vistas, y creyeron que se solucionaría abarcándolas en el sistema SUBE. Pero no es efectivo si seguimos discriminando sólo por la cantidad de plata que invierte una familia en la educación de sus hijos, porque si así fuera, sería contradictorio ingresar a las personas que usaban el carnet al sistema electrónico. Hace ruido ver cómo los puntos detallados del proyecto de ordenanza 316/16 contradicen varios puntos con otras leyes y derechos que nos avalan como niños, niñas y adolescentes o como estudiantes. Entre esos están el derecho a la igualdad y el principio de no discriminación, que se encuentran previstos en la Constitución Nacional (artículos 16, 37 y 75, incisos 2, 19, 22 y 23). De igual manera, la Ley de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes Nº 26061. En fin, podría seguir citando leyes y derechos que nos amparan, pero prefiero resumirlo proponiendo la respuesta a la problemática que se propone, valga la redundancia. En un mundo ideal, todos los estudiantes tenemos boleto estudiantil gratuito, es más, todos los estudiantes seríamos de escuelas públicas. Pero aún falta para llegar a eso, y para avanzar hay que hacer las cosas como corresponden, y una de esas es dejar de clasificar a la gente por su bolsillo, por eso hoy tengo la firme convicción de que las tarifas del boleto para estudiantes del ámbito privado deben ser homologadas a un mínimo del 10% de la tarifa del boleto general. Los estudiantes no somos el futuro de la sociedad, somos el presente y debemos ser tomados en cuenta, especialmente en las decisiones que nos conciernen de esta forma. Antes de retirarme, permítame, Sra. Presidente, citar la ordenanza Nº 1744 de Reglamentación de Audiencias Públicas, en su artículo 19º, dice: Las audiencias públicas no tiene carácter vinculante. Sin embargo, las informaciones, objeciones u opiniones expresadas en ellas por los participantes deben ser tenidas en cuenta por las autoridades convocantes y en caso de ser desestimadas fundamentar tal decisión. Muchas gracias”.----------

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Gracias a vos. Bueno, vamos a invitar... gracias Iván. Vamos a invitar a Mateo Ignacio Grandío”.----------------------------------------------------------------------------------

Mateo Ignacio Grandio: “Hola, buen día. Mi nombre es Mateo Ignacio Grandio, vengo en representación de la Federación de Estudiantes y de la Escuela Cooperativa Los Andes. Bueno, primero quiero agradecer este espacio de participación ciudadana y segundo quiero contar cómo fue todo el proceso. Todo empezó el año pasado cerca de la época de febrero cuando el actual intendente Gennuso no firmaba la resolución del boleto estudiantil. Desde la época de Goye hasta acá -como explicó el concejal Ávila- es una resolución que todos los años se tiene que ir prorrogando. Entonces, ahí qué hicimos; marchamos, vinimos acá al Municipio y nos encontramos con el Jefe de Gabinete Chamatrópulos que en ese momento nos aseguró que iban a firmar la resolución. Y, dicho y hecho, una semana después lo hicieron. Entonces, ahí nos encontramos con Che, acá tenemos un tema para resolver. ¿Por qué? Porque el boleto estudiantil estaba sin terminar de reglamentar y eso podía llegar a traer complicaciones en todo lo que es la reglamentación y el correcto funcionamiento a través de los años. Entonces, ahí nos juntamos  con algunas personas del Comahue y entre nosotros y empezamos a, justo en ese momento, está el aumento del boleto de $10 y después a 12, entonces ahí fuimos a hablar con el Secretario de Transporte de esa época que la respuesta que nos terminó dando fue el aumento y bueno... Entonces, ahí dijimos tenemos que cambiar y tenemos que  revertir esta  situación. Entonces, con qué empezamos. A hacer una iniciativa popular. La iniciativa popular es una ordenanza que podemos hacer los ciudadanos independientemente de los partidos políticos. La Federación de Estudiantes siempre se mantuvo abierta al diálogo y siempre se mantuvo independiente a lo que es la política partidaria tradicional. ¿Por qué? Porque somos un espacio abierto y que tenemos que tratar de garantizar todas las opiniones de los estudiantes, sin encasillarnos en lo que es política tradicional con su ideología. Entonces, ahí empezamos después de investigar todo lo que eran los números de la SUBE y del sistema de Las Grutas y Santa Fe, haciendo asambleas de estudiantes, reuniones todas las semanas, todos los fines de semana, nos encontramos después de un trabajo de varios meses con una ordenanza redactada 100% por nosotros. Entonces, ahí para evitar que nos la desaprueben a la iniciativa popular, nos ponemos en contacto con Ana Marks y Gerardo Ávila. En ese momento el concejal Ávila nos cuenta que el Ejecutivo también tenía la intención de reglamentar el boleto estudiantil y como se estaba acercando un nuevo acuerdo con la empresa Amancay, después de las dos licitaciones desiertas de transporte, y con el temor de que la nueva empresa no acepte una nuevas condiciones de una posible nueva ordenanza, nos juntamos para trabajar en conjunto. Nuestro pedido para ir a la primera reunión, que fue en octubre, era que el Concejo nos habilitara a los empleados municipales para juntar firmas gratuitamente. Nos encontramos con una ordenanza ya hecha, totalmente diferente. Nuestro punto principal y que seguimos proponiendo es $0 para escuelas públicas y $1 o 10% para las escuelas privadas. El proyecto del oficialismo contemplaba $0 para las públicas y un 50% para todas las privadas. Entonces, en un intento de bajar las categorías y bajar los precios se crearon todo lo que es las categorías que nosotros creemos que trae más desigualdad ya que clasifica a los estudiantes depende del bolsillo de los padres o a la escuela a la que van; cosa que altera totalmente nuestra misión como Federación de Estudiantes. Ahí después de todas las reuniones en las que por ejemplo habíamos ya acordado un horario para el boleto estudiantil, cosa que en el actual proyecto no está, pudimos llegar a un acuerdo que más o menos nos beneficiaba pero tampoco es lo que seguimos pidiendo que es 0 y 10%. Entonces, por qué insistimos tanto. Si puedo extenderme un poco más para cerrar la idea. Porque creemos que esta ordenanza con un precio bajo primero que, al reglamentar el boleto estudiantil, lo que va a hacer es ayudar al Municipio a tener controles más claros y las cuentas más claras sobre lo que es el subsidio al boleto estudiantil, que 50% es de la Provincia y 50% es del Municipio, sobre un número que no termina de estar claro justamente por los dos sistemas que había antes en la ciudad. Ahora con el sistema SUBE nosotros creemos que eso va a estar mucho más trasparente. Y después porque garantiza el derecho a la educación. Entonces, por eso, si Bariloche realmente quiere progresar debe tener una población con un alto nivel de educación y para lograr ese objetivo, el Estado en representación de todos habitantes tiene que garantizar estos derechos. En las declaraciones públicas como en el proyecto de ordenanza y en las reuniones siempre se habló del boleto estudiantil como un beneficio y no como un derecho, por lo que nosotros creemos que el Estado nos debe garantizar este derecho al igual que nos tiene, nos debe dar una infraestructura escolar pública en buen estado y acorde a los tiempos que corren, debe fomentar actividades de recreación tanto deportivas como culturales, fomentar la creación de empleos en la ciudad y garantizar una amplia oferta académica. Entonces, para lograr ese objetivo del Estado es fundamental que se garantice el boleto estudiantil a un valor acorde para los tiempos que corren. No vamos a bajar los brazos. No vamos a renunciar a nuestras metas. Vamos a seguir trabajando para que esto finalmente se logre. Queremos una educación que nos incluya a todos para poder avanzar y construir en el colectivo de sociedad que queremos. Muchas gracias”.------------------------------

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Gracias. Sí, por favor. Gracias Mateo. Vamos a invitar a Jazmín Hernández por favor. ¿No se encuentra Jazmín Hernández? Bien. Vamos a pasar con el siguiente que es Griselda Ignazi”.----------------------------------------------------------------------------------------

Griselda Ignazi: “Hola, buenas tardes. Mi nombre es Griselda Ignazi. Soy egresada de la universidad pública, de la Universidad Nacional del Comahue y he participado a lo largo de toda mi experiencia en la universidad de la lucha estudiantil por el boleto. Formé parte del grupo de personas que en el año 2012 de manera pacífica ocupamos  el Municipio y logramos que exista hoy el derecho del boleto estudiantil gratuito. No escribí nada  hoy como para poder hablar de manera ordenada pero a lo largo de todos estos años siempre estuve pendiente de la problemática del transporte urbano en Bariloche. He participado de numerosas audiencias, de mesas de diálogo, he dedicado mucho tiempo junto a un montón de compañeros y la verdad es que tengo la esperanza de que exista por fin una ordenanza que garantice el derecho y la igualdad para todos los estudiantes de Bariloche a tener el boleto gratuito; pero tengo mis serias dudas porque la verdad es que todo lo que gira en torno a esta problemática del transporte público es muy irregular. Desde los llamados a licitación que quedan desiertos y mágicamente aparecen empresas por contratación directa, que no se enteraron de que hubo cuatro llamados a licitación; son cosas que siempre van a generar dudas. También que... más allá de la buena voluntad de que existan las audiencias pública que en realidad no son buena voluntad pero a veces hay que pedirlas para que existan, todo lo que sucede acá al no ser vinculante a veces en la toma de decisiones no es considerado. Yo espero que esta vez sea realmente una excepción. Y quiero que se valore realmente el trabajo que hicieron los estudiantes que de cero escribieron una ordenanza, un proyecto de ordenanza pero que después se toparon con una pared de que ya existía una ordenanza hecha. Yo también como estudiante he elaborado, en mi época, distintos proyectos y encontrarse con que los adultos los toman de chicos y que, digamos, deberían ser mucho más valorados toda la participación que los chicos están tratando de llevar adelante, todas las luchas que ellos llevan adelantes están como inmersas en un optimismo y una esperanza de que las cosas cambien , en un mundo que sea más justo para todos. Entonces, me parece que no fue justo que ellos legaran con su proyecto a encontrarse con un proyecto ya escrito; hubiese sido bueno que se los considere más, que no se vaya a una negociación en qué es lo que tiene escrita esa ordenanza. Y, bueno, nada más. O sea, yo, muy desordenada mi presentación pero cargada de muchos años de esperar que exista la posibilidad del derecho , el acceso al derecho de la educación, que se vea favorecido por un boleto estudiantil gratuito. Y cuando digo gratuito, digo gratuito, porque no estoy de acuerdo en que haya diferencias entre el costo al boleto de los chicos que van a escuelas privadas y las escuelas públicas. Puedo llegar a tener un montón de opiniones en cuanto si debería existir la educación privada, pero hoy al día me parece que más diferencias no suman. Entonces, bueno, voy a ser muy feliz, realmente muy feliz si se logra concretar que esta ordenanza se apruebe, que se reciban los aportes que sean necesarios, que todo el mundo pueda participar; pero que se haga realidad y que no quede como una voluntad”·.---------------------------------------------------------

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Gracias Griselda. Invitamos a Silvia Margarita Galaz”.--------------

Silvia Margarita Galaz: “Hola. ¿Que tal? Buenos días. Mi nombre es Margarita Galaz, yo tengo 21 años, soy estudiante de la Universidad de Río Negro, una universidad pública y también soy trabajadora de la Defensoría del Pueblo. Hoy vengo a hablar como trabajadora de la Defensoría, en representación de la Defensoría. Tal así como nombraba Gerardo Ávila, por una recomendación que hizo la Defensoría, la número 14 del año pasado, y en la cual nosotros -esta la hicimos en noviembre, apenas tuvimos conocimiento del proyecto vía correo electrónico porque todavía no estaba en la página- hicimos algunas observaciones que como vemos van a ser tomadas en cuenta así que eso nos pone muy contentos. También yo fui partícipe al igual que Griselda y que algunos otros compañeros en lo que fue la lucha del 2012 por el boleto estudiantil gratuito y antes de hacer la descripción de la recomendación me gustaría agradecer, la verdad que muy elaborados los discursos de los chicos, a uno lo emociona porque nosotros no pudimos llegar a esa instancia de poder elaborar una ordenanza, pero nosotros llegamos hasta ese pasito de lograr el boleto estudiantil y me parece que ellos están en la segunda parte después de lo que nosotros hicimos, así que felicitaciones a los chicos por eso. Bueno, nuestra recomendación tiene varios puntos; uno de nuestros primeros interrogantes que planteamos en ella es el por qué debe regularse el beneficio y por qué se lo trata como beneficio cuando es un derecho el tener un boleto estudiantil y cuando ya se hizo por resolución además. Después nos amparamos también en lo que tiene que ver con la Constitución Nacional, nuestra máxima norma y en su inciso que habla del derecho de igualdad ante la ley y el principio de no discriminación, que al hacer esta diferenciación entre lo que son estudiantes de colegios públicos y  estudiantes de colegios privados no se estaría cumpliendo esta norma. Y también la ley de protección integral de niños, niñas y adolescentes, la 26061, que muy bien nombraron los chicos que me antecedieron. También en nuestra recomendación mencionamos el amparo que se hizo el el 2012 con respecto al cobro 1$ con respecto a los estudiantes de colegios privados. Así que tenemos un antecedente en la justicia que habla de que existe la igualdad ante la ley y que no era posible el hacer esa diferenciación. Y también hablamos de que se tiene que hacer una plena efectividad de los derechos y que no haya una discriminación en base a la cuestión económica, sobre todo, ¿no?, hay un montón de... dentro de la no discriminación por color, raza, sexo, pero una de esas tiene que ver con el tema de lo económico. Y por último, lo que notamos también es que el proyecto no da respuesta a por qué esta diferenciación en sí; al leerlo completo simplemente está la diferenciación de las escalas pero no se explica por qué esta diferenciación. Entonces si no está explicado me parece que no debería estar; y por otro lado cuando ya existen resoluciones que hablan del boleto estudiantil gratuito y el boleto para los privados de 1$. esta recomendación ya la tiene el Concejo por lo tanto no voy a ahondar mucho más en ello; me parece que es un ejemplo que la Federación de Estudiantes Secundarios haya llegado a tener colegios públicos y privados, que haya podido tener el nivel de debate de llegar a elaborar una resolución en conjunto y me parece que nosotros como Estado tenemos que estar a ese nivel y poder llegar a las mismas conclusiones que llegaron ellos y aprender también porque me parece que nos están dando un ejemplo a nosotros un poquito más adultos. Nosotros recomendamos, finalmente, al Concejo Municipal que no sancione este proyecto tal así como está atento de ser regresivo en los derechos obtenidos por los estudiantes primarios, secundarios y universitarios en cuanto a la gratuidad del boleto escolar; asumiendo que el transporte público de pasajeros es un servicio público y por lo tanto el Estado debe garantizar su acceso igualitario, sin discriminación. Recomendar al Departamento Ejecutivo Municipal otorgue la gratuidad del boleto escolar para todos los estudiantes primarios, secundarios y universitarios sin distinción. Y solicitar al INADI se expida sobre el proyecto indicado en el punto 1 de la presente y acerca de la posibilidad de discriminación a los estudiantes categorizados y que deben abonar por el boleto escolar. Muchas gracias”.------------

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Muchas gracias. Invitamos a Manqué Antú Villagra”.----------------

Antú Villagra: “Bueno. Buenas tardes. Me llamo Antú Villagra, también vengo de parte de la Federación de Estudiantes Secundarios. Nosotros estamos acá para hablar sobre los derechos que nos corresponden a los estudiantes pero no sólo de las escuelas del Estado, sino también a nuestros compañeros que asisten a escuelas privadas. Creo que este es el punto de partida en los derechos de igualdad para una sociedad mejor en el futuro, cuando hoy muchos hablan en nuestro nombre pero legislan intentando dividir a los jóvenes. Acá hago hincapié en lo que está expresado en la ordenanza 316-16 donde se categorizan a los jóvenes por su rango social, que leemos en el artículo 5 con las categorías a, b, c, d, e y f y entendiendo que esto no es una cuestión de fondo de erario público sino pensándolo que el derecho al boleto estudiantil universal y equitativo para todos es una inversión del Estado en la igualdad social y de pertenencia a nuestra ciudad de San Carlos de Bariloche. Así que nos vemos afectados como estudiantes, viéndonos obligados como fue desde un principio a aceptar lo que se nos imponía, una segmentación que sólo llevará a una sociedad desigual y con un futuro no menos igualitario. Por eso creer que legislar para los jóvenes en su generalidad es legislar, valga la redundancia, sobre los caprichos de los mayores sigue siendo una manera de digitar el futuro y la igualdad entre los jóvenes de los cuatro puntos cardinales de nuestra ciudad; porque en esta ordenanza vemos que somos cinco clases de estudiantes diferentes y nos condiciona  para el día de mañana ya en nuestro intelecto al recibirnos partimos a una sociedad de adultos de una manera diferenciada en las estructuras que destruyen la igualdad de los jóvenes. Por lo tanto también vemos una contradicción  en el fundamento de esta ordenanza donde se habla del acceso irrestricto a la educación y teniendo en cuenta la larga data de la lucha estudiantil hasta inclusive la desaparición de compañeros, hoy, en forma sistemática nos estructuran según la condición social sin respetar lo que se expresa en el fundamento que dice poder garantizar el efectivo goce del derecho a la educación. Además describe el acceso a la educación -el boleto estudiantil- como un beneficio, y deja de ser visto como un derecho. No sólo contradicciones en la ordenanza, sino que la misma contradice a lo dicho en la Carta Orgánica Municipal en la primera parte, la sección primera, capítulo 2, artículo 14, en el inciso 1º,  asume: “La igualdad de oportunidades y de trato, si distinciones, privilegios o discriminaciones”. Entonces, no hace falta leer más que la descripción sintética para ver que hay distinciones, e incluso discriminaciones. En los plexos normativos encontramos los derechos de igualdad, en la Declaración de los derechos humanos entendemos que la categorización se aparta de lo expresado en sus artículos 1, 2 párrafo 1, 7, y 26 párrafo 3, y es aquí donde el Estado tiene que accionar para garantizar la igualdad por sobre todas las cosas. Esto no nos muestra más que la visible falta de compromiso o desinterés de las autoridades aquí presentes para con los jóvenes como personas de derecho, iguales y ciudadanos. Considerando entonces, que esto no es un boleto estudiantil que nos protege como personas y estudiantes, y no toma en cuenta la realidad socio-económica de cada chico y cada familia, y no respeta los derechos de igualdad, es necesario rever y modificar la tarifa del boleto estudiantil que presenta el proyecto y sostener y resguardar nuestro derecho de estudiantes utilizando una única tarifa de un 10% para estudiantes de colegios privados, $0 para los públicos, para luego comenzar a promover un boleto igualitario para todos los estudiantes de la ciudad, sin distinciones, privilegios o discriminaciones. Señora Presidenta, señores concejales y público presente: debemos vivir y crecer en la diversidad cultural, pero jamás vamos a tener un futuro, si no tenemos la igualdad de derecho. Muchas gracias”.----

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Muchas gracias. Vamos a Ana Emilia Rodríguez, por favor”.-------

Ana Emilia Rodríguez: “Hola. Buenas tardes a todos. Mi nombre es Emilia Rodríguez, vengo de parte de la Federación de Estudiantes Secundarios y de la Escuela de Hotelería. Lo que quería remarcar, que ya lo mencionaron los que pasaron anteriormente, que esto es un derecho y no un beneficio como lo dice la ordenanza y que en el proyecto de ordenanza que presentan no está especificado el horario en el que vamos a tener el derecho del boleto estudiantil; que es algo fundamental el horario que vamos a tener porque en las reuniones anteriores, si mal no lo recuerdo, habíamos acordado que eran 24 horas, como está especificado con los jubilados y pensionados pero no con los estudiantes, en el proyecto de ordenanza y me parece muy importante aclarar eso, que es algo muy importante que necesitamos nosotros para ir todo el tiempo. Pasa como a esta hora actualmente que no nos alcanza para cubrir los horarios a los que tenemos doble turno o gimnasia a contraturno. Por ejemplo, en mi escuela hacemos pasantías y no llegás a cubrir el horario del boleto estudiantil; te tenés que juntar a hacer un trabajo o cualquier cosa que entre dentro de lo  que es la educación. Así que aclarar eso me parece muy importante. Gracias”.--------------------------------

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Gracias a vos. Candela Navarro Cerigioni”.---------------------------

Candela Navarro Cerigioni: “Hola. Buenas tardes. Primero me gustaría empezar el discurso con una frase de José Martí que dice La juventud debe ejercitar los derechos que ha de realizar y enseñar después. Y es por esto  que mis compañeros de la Federación de Estudiantes Secundarios y yo estamos hoy acá. Primero quisiera comenzar resaltando lo que dijo Iván al principio de la audiencia, que  hace referencia a los derechos del niño establecidos por la Organización de las Naciones Unidas en la ley Nº 23849, en el artículo 28. El primer inciso de ésta menciona el derecho del infante a la educación, y me gustaría resaltar su parte “e”, la cual establece: Adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar. Tanto mis compañeros como yo creemos que el aumento del boleto estudiantil para alumnos que asisten a colegios privados podría presentar un incremento en el abandono de la escuela, ya que hay muchas familias cuyos hijos asisten a escuelas privadas pero no tienen la posibilidad de abonar un boleto diario de, por ejemplo, 20% de la tarifa mínima. Supongamos que un adolescente que asiste a una escuela, institución privada, y la cuota es pagada por algún  familiar que no forma parte de su vida cotidiana, como podría ser un tío o un abuelo, y sus padres no pueden pagar un boleto para que él vaya al colegio todos los días.  Y consideremos que si este chico no puede pagar ese boleto cada vez que va al colegio, se encontrará asistiendo dos o tres veces por semana, en vez de cinco, como debería ser y creo que todos estamos de acuerdo que eso  afectaría a su desarrollo escolar. Bueno, entonces, en casos como este, que estoy segura que en la ciudad de Bariloche hay, y que la ordenanza Nº 316/16, titulada “Crea boleto educativo y boleto diferencial STUP Bariloche” no contempla, yo pregunto, ¿qué solución presenta el Concejo ante estas situaciones? Además de poder dificultar la asistencia del chico a clases, las categorías presentadas en la ordenanza genera estigmatización entre los estudiantes, ya que nos divide en cinco clases -como mencionaron previamente Antú y Adí- y se contradice con lo hablado durante las negociaciones con los concejales. Mientras se redactaba la ordenanza, el bloque Juntos Somos Bariloche presentó una propuesta la cual solucionaba los problemas de discriminación que podrían generarse hacia las personas que utilizan  un carnet para viajar ya fuese por una discapacidad o lo que fuera y la solución era  ingresarlas al sistema actual SUBE. Si bien esta sí es una solución para este inconveniente, lo dicho por el concejal no concuerda con lo manifestado en la ordenanza, la cual, previamente mencionado, divide a los estudiantes como si fuesemos diferentes. Como dijo Adí, esta distinción no hace más que abrir la brecha que ya hay entre estudiantes, principalmente entre colegios privados y públicos y dificulta la inclusión social de cada uno de nosotros y nos marca según la presunta situación económica de nuestras familias, que se supone sólo por el hecho de elegir una institución del ámbito privado. Desde la Federación creemos que la solución a estos problemas sería mantener el boleto en $0 colegios públicos y $1 colegios privados. Pero como entendemos que esto no es posible en la economía inflacionaria que vivimos, proponemos un 0% a los colegios públicos y 10% colegios privados; que este porcentaje permite ir ajustándose a medida que el boleto común aumenta, y no crea la brecha entre estudiantes que establecerían las categorías. Para finalizar, me gustaría hacerles recordar de forma consciente que esta lucha, la de los estudiantes, ha trascendido en la historia argentina a lo largo de los años, y que aún se sigue dando en distintos puntos del país. Y de la misma forma que nuestros predecesores en la lucha no se dieron por vencidos, nosotros tampoco lo vamos a hacer. ¡Desde ahora y para siempre, los lápices siguen escribiendo! Gracias”.---------------------------------------------------------------

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Muchas gracias. Invitamos a Facundo Ariel Nahuelfil”.--------------

Facundo Ariel Nahuelfil: “Buenas tardes a todos los presentes. Quiero comenzar diciendo que mi documento es un poco extenso así que si me dan un ratito más. En el sistema rionegrino, los establecimientos privados cumplen un fin social imprescindible ya que sin su participación el Estado no lograría abastecer a la población del servicio comprometido de educación obligatoria, pública y gratuita del artículo 63 Constitución provincial; asimismo el legislador puede establecer beneficios para favorecer a un determinado grupo, pero no debe confundirse la capacidad del legislador de efectuar distinciones basadas en categorías objetivas y con fines razonables, y en función de ellas delimitar beneficios con categorías arbitrarias y discriminatorias. El concepto de no discriminación no impide distinguir, sino no hacerlo “entre iguales” o en función de categorías infundadas o “sospechosas” (concepto este último acuñado por la jurisprudencia y doctrina de los Estados Unidos y receptado por la Corte Nacional). Tanto es así que se ha acuñado el concepto de “discriminación positiva” para distinguir y reconocer beneficios o destinar políticas tendientes a favorecer a un determinado grupo, sin desmedro de otros a quienes no se les acuerdan los mismos.  Pero aquí la situación es otra, sobre la base de la normativa vigente no se está otorgando un beneficio a un grupo de estudiantes en función de favorecerlos (los públicos) sino que se está excluyendo a un grupo de estudiantes denegándoles un beneficio reconocido en las mismas en clara discriminación por una supuesta posición económica (privados). La situación es inversa. Así el verdadero motivo del cese del otorgamiento del beneficio en el proyecto en tratamiento, es brindar satisfacción a las empresas prestadoras ante un reclamo tendiente al aumento de la tarifa general y en el medio de una disputa por las licitaciones y contratos directos. La solución brindada entonces por el oficialismo es limitar el alcance de una prestación en claro perjuicio de establecimientos privados. Es necesario recordar que se incurre en discriminación, cuando existe violación al deber de igualdad que consagra el artículo 16, y a esta igualdad debe sumarse el principio de razonabilidad y proporcionalidad. El proyecto de marras tira por tierra tales principios. La ley provincial 3831 establece el boleto escolar en el ámbito de nuestra provincia, aunque la misma no contiene la diferenciación aludida entre alumnos de establecimientos públicos y privados. Es más, si la hubiera establecido sería violatoria de disposiciones constitucionales nacionales y provinciales, como así también de las leyes nacional 26061 y provincial 4109. La ley 3831 no establece diferencia entre establecimientos estatales o no estatales, sino que se refiere a todos los establecimientos que dependen del Consejo Provincial de Educación, que es otra cosa muy distinta. Pero, aparte de ello, es del caso señalar que desde hace mucho tiempo existen ordenanzas municipales que establecen la vigencia del boleto escolar en institutos secundarios o de nivel medio sin distinción alguna como ser las ordenanzas 194-I-79, 273-CM-93, 327-CM-94 y 361-CM-94. A simple vista, de lo señalado surge que la cuestión que plantea el proyecto excede la simple confrontación por el valor económico de la prestación de un servicio y matrícula del colegio, y se introduce no sólo en la correcta interpretación de normas jurídicas, sino que va más allá y entra en juego importantes disposiciones constituciones o de igual rango como son la protección de la niña, el niño y la juventud. Con este proyecto están en juego nuestras garantías de igualdad, protección, respeto, dignidad, derecho de expresión y obligación de tener en cuenta nuestra opinión. Hay lesión de derechos individuales y de incidencia colectiva. Justamente, el derecho a la educación, como así también los demás derechos protegidos y amparados en la Convención de los derechos del niño de 1989 que tiene rango de norma constitucional de conformidad al artículo 75, inciso 22 de la Constitución  Nacional y la Provincial (artículos 33, 34), la ley provincial 4109 y la nacional 26061, que, por un lado revisten el carácter de derechos subjetivos, cuando la afectación del derecho a la educación o cualquiera de los otros mencionados tiene efecto generalizado, el mismo adquiere el carácter de derecho de incidencia colectiva en los términos del artículo 43 de la Constitución  Nacional y demás normas concordantes. Pues bien, en el proyecto nos encontramos con que pareciera que los alumnos de los institutos de educación incorporados al sistema oficial de gestión privada, y más concretamente los institutos privados arancelados, deberían estar excluidos del ámbito de aplicación de la normativa referida a la protección de la niña, el niño o del adolescente según la actual denominación y pueden ser discriminados en razón de su condición económica, en función de una imputación de esta realizada en forma caprichosa según el valor de la matrícula. Tal cosa lo hemos expresado públicamente los mismos jóvenes al manifestar que la circunstancia de concurrir a institutos privados o pública obedece a cuestiones de muy diversa naturaleza, como ser convicciones ideológica, respecto a la opinión de los mismo jóvenes, esfuerzos económicos de suma importancia en la creencia de asumir lo mejor para sus hijos (con independencia de lo acertado o no de tal postura, pero con derecho a tenerla), la incapacidad de la enseñanza pública de asumir la totalidad de su obligación de mantener la enseñanza pública y gratuita en debida forma, y también, porque no, en razones de posición económica, pero no elevar esta última a único origen de la existencia de la enseñanza privada para utilizar tal estigmatización o mote para discriminar a los alumnos. En síntesis, la distinción que establece el proyecto es arbitraria y como tal por violentar derechos de raigambre constitucional debe desecharse. Vale aclarar también en este sentido que de igual manera consideramos necesario que nuestra provincia garantice el transporte de los actores vinculados al sistema educativo en todos sus niveles eliminando cualquier barrera económica que pueda influir o ir en detrimento del acceso a los distintos establecimientos. En lo que respecta a la reducción del valor del boleto para los docentes de todos los niveles, se busca incluir al otro actor fundamental del sistema educativo, el cual insume una parte importante de su salario en el transporte. Como es sabido, los docentes cumplen con sus tareas en lugares que no necesariamente quedan cerca de sus lugares de residencia. Y en muchos casos organizan sus jornadas laborales en más de un establecimiento educativo, lo que significa el uso cotidiano de varios viajes diarios. Frente a esta realidad nos parece justo y necesario reducir el gasto que los docentes realizan diariamente en la utilización del transporte público. Consideramos necesario que desde el Estado se garantice el acceso a la educación y que todos los recursos que se destinen en este sentido significan una inversión para el desarrollo de nuestra provincia y nuestro país. Hoy debemos construir el mañana y para eso necesitamos a nuestro pueblo formándose en todos los niveles de la educación y a nuestros docentes dando una educación de excelencia sin impedimentos de ningún tipo. Muchas gracias”.--------------------------------------

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Muchas gracias. Vamos a invitar al último expositor. Enzo Belloli, por favor”.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

Enzo Belloli: “Qué tal, buenas tardes. Yo vengo en representación del Centro de Estudiantes de la Universidad de Río Negro y desde un principio de formación del Centro de Estudiantes estamos acompañando a FES y nos queremos poner detrás de ellos al momento de hablar, pero sin dejar de  lado que tenemos algunas convicciones e ideas que no podemos dejar calladas. Creemos que somos estudiantes los 365 días del año y en ese sentido queremos ahondar en el derecho que tenemos de la educación pública, que es un derecho universal y que el Estado debe hacerse cargo de garantizarlo. En ese sentido el Estado no puede estar o no debe seguir subsidiando la mercantilización de la educación. Entonces creemos que los subsidios tienen que tender, de alguna manera, a hacer mínimos o a eliminarse con el correr del tiempo, pero no podemos hacer... quedarnos ciegos a la vista de que el sistema público no alcanza para abarcar a todos los estudiantes que tenemos. Entonces, hay una confrontación ahí de que el Estado no debería seguir haciéndose cargo de subsidiar la educación privada, pero al mismo tiempo el Estado tampoco puede garantizar la educación para todo el mundo. En ese sentido, tenemos ahí un conflicto pero creemos que es necesario tenerlo en claro que este conflicto con el correr del tiempo deberíamos llevar a poder solucionarlo y que el Estado deje de ser garante de la educación privada. ¿Bien? En relación a que somos estudiantes los 365 días del año, nosotros cuando nos presentamos la primera vez en la reunión que tuvo Gerardo junto con la FES, propusimos que nuestro trabajo, nuestras calidades de estudiantes, y somos estudiantes tanto en enero, en febrero, en marzo y en ese sentido nosotros deberíamos tener el acceso  al transporte público todo el año. Y, ¿por qué digo esto? Voy a leer algo muy cortito que escribió un compañero nuestro dentro del Centro de Estudiantes, que dice: Lo que busca la gratuidad del boleto es garantizar el acceso y permanencia en los distintos niveles de educación aumentando el ingreso disponible del estudiante y del grupo familiar en general. De esta manera se disminuye el costo de oportunidad, es decir el costo entre estudiar y no hacerlo. En consecuencia disminuir ese costo, eliminando el costo de transporte aumenta la demanda del  estudio. Es una relación económica que se aplica a esto. En ese sentido la realidad universitaria es bastante distinta a la realidad del resto de los niveles y nosotros como propuesta queríamos que se tenga en cuenta que el calendario académico para nosotros, los estudiantes universitarios, que comprende de alguna manera y a grandes rasgos desde el 6 de marzo al, por ejemplo, más o menos, el 20 de diciembre no comprende todo el ámbito en que nosotros accedemos a la universidad, entonces queríamos que esto en vez de ser regido por el calendario académico sea regido por el calendario administrativo de la universidad, que es un poco más amplio, tampoco es mucho mas amplio y está entre medio de no tener los 365 días y tener solamente en el calendario académico. Esa era nuestra propuesta de modificación. Igual nosotros nos alineamos detrás de lo que dice, de lo que expuso aquí la FES y la Defensoría del Pueblo; pero de vuelta, remarcando que nosotros creemos que el Estado debe dejar de ser subsidiario de la mercantilización de la educación. Nada más”.-

Aplausos.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Gracias Enzo. Muchas gracias a todos los expositores. Las autoridades de esta audiencia pública queremos felicitarlos y queremos agradecerles por como se han esforzado, queremos agradecerles por el respeto con que se han dirigido, con que han expresado sus ideas y con el respeto que han escuchado a sus compañeros. Así que realmente orgullosos de ustedes en el día de hoy. A continuación lo que vamos a hacer es vamos a abrir el ámbito de las preguntas; se les va a acercar una planilla para que ustedes puedan expresar sus preguntas. Saben que las preguntas están referidas a las exposiciones de las personas que estuvieron hablando en esta audiencia pública y, bueno, así que vamos a proceder a hacer un cuarto intermedio para que podamos hacer esto con toda tranquilidad, para que ustedes puedan hacerse de las planillas, escriban tranquilos sus preguntas y después vamos a retomar ese cuarto intermedio para proceder a la segunda parte de la audiencia pública que son las respuestas  sobre el tema. 15 minutos nos vamos a tomar. Muchas gracias chicos. Pasamos aun cuarto intermedio”.-------------------------------------------------------------------------

Siendo las 18:22 h se inicia el cuarto intermedio.------------------------------------------------------

 

Segunda parte de la grabación.

 

Concejal Cristina Painefil: “Bueno, siendo las 18:38, damos por finalizado el cuarto intermedio. Vamos a proceder a responder a las preguntas que se han hecho, queremos recordarles que las personas que efectuaron preguntas por escrito tienen que estar presentes en el momento de obtener la respuesta de las mismas, así que... concejal... ¡Ah! El concejal tendrá dos minutos para contestar cada una de las preguntas. Gracias”.---------------------------------------------------------------------

Concejal Gerardo Ávila: “Gracias Sra. Presidenta. Agrupé las respuestas en función del tipo de preguntas, algunas son más parecidas que otras así que voy a tratar de ser ordenado. La primera es de Florencia Galaz, dice: ¿Cuáles van a ser los horarios y días del boleto estudiantil? Hay otra parecida que es Emilia Rodríguez, también dirigida a mi persona, ¿Por qué no hay horarios establecidos para el boleto estudiantil, si para el otro sector si lo están?  Bueno, son claramente... apuntan a lo mismo. A ver, respecto a esto en el artículo 7 se plantea lo siguiente, lo leo y luego explico lo que se ha considerado: En el caso del Boleto Educativo, contemplando el horario, días de ingreso y egreso de todos los niveles y modalidades educativas, el beneficio contempla la asignación de ciento veinte (120) boletos mensuales para las CATEGORIAS A, B, C, D, E y F dispuestas por la presente. Esto lo discutimos en su momento, porque se planteó claramente la diversidad que hay a veces de diferentes modalidades educativas, las más claras pueden ser las nocturnas versus las diurnas, pero digamos, algunas también en horario extendido, otras que también asisten algún día del fin de semana con lo cual esto se discutió oportunamente y se planteó que la regulación o en todo caso el..., no la regulación, el acceso al boleto educativo fuese dado por la cantidad de boletos mensuales que a razón de 120 por mes, a razón de cuatro semanas digamos de cada mes, a razón de seis días contemplando también que algunos puedan utilizar hasta el día sábado inclusive para ir a la escuela, una cantidad de cinco boletos por día, de lunes a sábado, no contemplando el domingo que eso fue lo que en su momento habíamos hablado. Ese fue el criterio por el cual se contempló, se ponderó la cantidad de pasajes, lo que no quiere decir que se utilice un día domingo porque claramente no se restringe ni el horario ni el día de forma tácita. Esto quiere decir que en la práctica esto sería aplicable de lunes a domingos sin importar la franja horaria y ya vendría a ser una cuestión de regulación del propio usuario respecto de la cantidad y las horas en la cual utiliza el boleto. Ese es un poco el porque no está definido un  horario específico. Sí respecto en la pregunta de Emilia, dice sí para el otro sector, entiendo que se refiere al sector de discapacidad y de adultos mayores, que en el artículo 14 planteamos que tendrá vigencia durante las 24 horas sin límite de cantidad diaria o mensual. La única diferencia -acá sí se puede mal interpretar- se aclara acá que durante las 24 horas, en realidad no correspondería, habría que hacer la redacción, digamos, del artículo igual que la anterior o caso contrario aclarar en los dos que la vigencia es durante las 24 horas. Y, ¿por qué no el limitante en la cantidad de días mensual? Bueno, ahí hay otros componentes que hacen al segmento puntualmente poblacional de las personas con discapacidad y de los adultos mayores que entendemos no debería existir un limitante. En el otro caso planteamos una cantidad de pasajes mensuales que entendemos responden a las necesidades de aproximadamente la gran mayoría,  o por lo menos los casos atípicos que tal vez necesitarían menos, pero para todos el beneficio sería el mismo. Esto igual, obviamente, si la redacción no es clara se puede rever”.---

Concejal Gerardo Ávila: “Respecto de... Leo las tres y después trato de desarrollar el concepto en general. ¿Gloria Gutiérrez puede ser? Bueno, dice: ¿Por qué abrir la brecha entre los estudiantes en una sociedad que ya está dividida entre barrio Alto y Centro? Y después una consideración que plantea: Escuchar a los estudiantes y tomar sus aportes para mejorar nuestra sociedad. Bueno, respecto a ese punto claramente compartimos todo lo que se pueda incorporar para mejorar esta iniciativa será tenido en cuenta. Y respecto de la brecha, esto ya es una opinión personal; esto lo hemos discutido en un momento, entiendo y contemplo la valoración; desde nuestro punto de vista me parece que no pasa, digamos, las brechas sociales que puedan existir en nuestra sociedad en relación a los boletos o en relación a los diferentes derechos o los diferentes beneficios que pueden adquirir los vecinos en todos los niveles de su vida. No, ya saliendo de la cuestión de transporte, no pasa a mi criterio el respeto y una sociedad integrada por las diferencias o las diferentes, insisto, beneficios, categorías o diferentes cuestiones que hacen a la vida cotidiana de las personas y que no tienen que ver, de vuelta, con la convivencia y con la generación de lazos sociales, me parece que pasa por otro lado; pero bueno es un aspecto bastante complejo de explicar, da para debatir mucho la consideración pero es mi opinión personal. Después plantea María Laura Cancilieri: ¿En base a qué se estableció el criterio de porcentajes que se propone? Y una pregunta similar de Azul Bianchi: ¿Cuáles son los fundamentos sobre los que se basó para hacer la división de categorías y los porcentajes asignados sobre cada categoría? Bueno, son las dos parecidas o iguales así que las voy a responder igual. A ver, el primer bosquejo como planteó en su momento Mateo en su alocución, planteaba nuestro anteproyecto una categoría de 0 y directamente el 50% para el sector privado, a partir justamente de las consideraciones que nos dimos a debate en las diferentes reuniones que tuvimos con los integrantes de la FES -y que también posteriormente nos acercaron por escrito algunos aportes, digamos, a la discusión- es que se establece esta categorización, tratando de establecer una serie de categorías que de alguna forma tome estos aportes que se habían brindado en su momento en la discusión y que también en base a lo que se planteó nos pareció positivo -ahí vamos solamente a diferir en lo que se ha planteado, pero bueno, es materia de debate luego por los concejales- esta clasificación, que justamente recoja todas las realidades que existen hoy en el conjunto de los estudiantes para realmente hacer una norma lo más progresiva posible y que no genere compartimentos estancos de públicos versus privados sino realmente teniendo en cuenta las diferentes realidades que existen hacia el interior del sector privado en cuanto a los chicos que asisten a  estas diferentes escuelas. Y en ese caso quiero aclarar -de vuelta una evaluación personal pero quiero plantearlo- que no es el espíritu de esta ordenanza en ninguno de sus  aspectos generar división social. Me parece que pasa por otro lado, digamos, ese tipo de consideraciones, de vuelta digo son para debatir; nos parece que en términos de poder generar un sistema de transporte urbano más accesible para todos  y que cada vez sea más equitativo y progresivo en cuanto a quiénes pueden acceder a ese beneficio, nos parece, a ese derecho, nos parece que es positivo hacer esta diferenciación así como existe un segmento que hoy  tiene una categorización por parte de Nación y esto fue fijado por ANSES y Nación Servicios con el sistema SUBE, que claramente diferencia a un sector de la población claramente con un criterio socio-económico. Y eso, por lo menos de nuestra parte, no lo vamos a criticar, al contrario, nos parece que es positivo y que nos permite hoy tener en nuestra ciudad usuarios que pagan la tarifa plena, usuarios que tienen un beneficio por SUBE y usuarios que, en este caso, proponemos también tengan ese derecho respondiendo también a las realidades socio-económicas que entendemos son marcadas en nuestra ciudad y que posibilitarían el acceso a la educación sin ningún tipo de problema. Claramente esto va más allá, voy a ser respetuoso de las alocuciones de los preopinantes y será materia de debate de los concejales en el Concejo en la diferentes comisiones, pero me parece que me gusta dar esta opinión para aclarar un par de cuestiones. Pero eso es un poco el fundamento de por qué. Y claramente también  según se mostraba en las placas que mostré, en la evolución de este boleto diferencial -que ya existe en la ciudad- de cero y un peso en su momento  el espíritu, si se quiere del legislador o mejor dicho del poder ejecutivo, estableció por resolución una diferenciación posterior a todo un conflicto que hubo con el sector privado puntualmente. Acá quiero corregir una de las alocuciones que se planteó que el amparo iba en contra del peso, en realidad el amparo se planteó en su momento porque el poder ejecutivo de entonces, junto con las empresas que daban el servicio, intempestivamente le quitaron todo el beneficio al sector privado, eso motivó el amparo y en función de eso el jurado, el magistrado que da lugar al amparo y luego hay un dictamen al respecto, plantea o discute, digamos, o trae la posibilidad que existe del legislador de poder generar estas divisiones objetivas en función de generar, primero de no afectar el derecho a la educación que es lo que nos preocupa poder garantizar, pero sí plantea que no existe imposibilidad de parte del legislador, en este caso en la ley provincial, pero más puntualmente en este caso, de poder hacer una diferenciación positiva siempre que se resguarde el derecho al acceso a la educación. Entendemos, y eso lo hemos discutido amigablemente y es común mi opinión para todos los presentes que hemos compartido reuniones en esta sala también que existe en la ciudad... no todos los establecimientos educativos pero sí algunos en particular donde no se pueden igualar dentro del sector privado a todos por igual. Claramente tenemos escuelas con tarifas sumamente accesibles que, casi simbólicas, y escuelas que tienen una tarifa muy por encima de valores que son comunes al resto de la comunidad. ¿Eso es bueno o malo? No nos corresponde a nosotros, por lo menos en mi caso, dar opinión, cada familia es libre de elegir dónde y cómo garantiza la educación a sus hijos en este caso; lo que no quiere decir que el Estado no pueda reconocer estas diferencias que son socio-económicas o de grupo familiar y que planteé una escala como la que planteamos. Podríamos haber agrupado en menos cantidades, podríamos haber cerrado todo en un 30% o en un 10% como acá se plantea también en las alocuciones, o todo en un 50. Nos parece que son puntos intermedios que abren a la discusión, tal vez en el debate en comisión con los diferentes concejales y con el aporte de todos los que puedan acercarse a participar  encontraremos un punto  intermedio, no será tal vez el propuesto. Por eso yo planteaba que el tiempo de respuesta de desarrollo de este proyecto ya desde noviembre hasta ahora, inclusive los autores hemos cambiado muchos de los considerandos o los posicionamientos respecto de cómo se encara el proyecto, porque es un proyecto que es perfectible y que claramente tiene que recoger lo mejor de todos los sectores que forman parte del sistema para evitar justamente que las personas no puedan acceder a la educación, que se genere un perjuicio mayor, digamos, sobre el sistema actual. Pero de vuelta digo, el eje de este proyecto no pasa por la discriminación, al contrario, pasa por un acceso al transporte urbano de pasajeros de una forma más equitativa posible, entendiendo también -y esto lo ato a las diferentes preguntas que vienen después, ahora también las desarrollo en profundidad- que, que todo lo que no puede ser subsidiado por el Estado, que en definitiva es un aporte de todos los vecinos o de todos los ciudadanos, y que no... de alguna forma no se cubre en el sistema esa tarifa que no se paga plenamente, termina lamentablemente recayendo en el resto del sistema. Esos cuatro millones y pico de usuarios que al año pagan la tarifa plena sin ningún tipo de beneficio; sin el beneficio de SUBE, sin el beneficio de la tarifa estudiantil, sin ningún tipo de derecho o beneficio como lo queramos denominar, pero que claramente tienen en ese caso o absorben como se ha notado en estos años el costo de la tarifa, yendo de tarifas de dos pesos y pico en su momento a los 12,80 que hoy vale la tarifa y que sin embargo quedó desactualizado por lo menos porque ese ha sido el espíritu, ninguna de las resoluciones se planteó un porcentaje. Distinta sería la discusión si en su momento le legislador hubiese plateado se fija el 10%. Se fijó 1$, entendemos de forma simbólica o que le faltó un nivel de reglamentación y esa es la que traemos hoy a discusión; por eso también la clasificación. Obviamente no está cerrado el debate y lo podremos seguir discutiendo en comisión. Si esa la dejo para lo último, tiene que ver pero es más particular. Dice Dante Ordoñez: En el caso que los aumentos propuestos sean aplicados, ¿con que fin se utilizarían los ingresos adicionales de los aumentos que se prevén aplicar?  Después, Candela Navarro, ¿puede ser? Bueno, va dirigido tanto a Cristina Painefil como a Gerardo Ávila: ¿Qué se propone para los ingresos que obtengan del boleto estudiantil del sector privado? Es similar a la anterior; después Facundo Nahuelfil: La empresa actualmente tiene una ganancia, con el nuevo cuadro tarifario, ¿cuánto es el porcentaje de ganancia que se va a llevar la empresa? ¿Y cuál es el porcentaje actual? Y finalmente Oriana G., no plantea el apellido: ¿Cómo se decide que un grupo no pague o pague menos?, ¿quién abona la diferencia?  Bueno, en este caso puntual el sistema recibe aportes, tanto del sistema de aportes de subsidios nacionales, subsidios o compensaciones provinciales y el resto de las erogaciones, digamos, que hacen que el sistema pueda funcionar es lo que abonamos los usuarios todos los días con la tarifa. Esa diferencia se reduce, digamos, en el polinimio de cálculo de la tarifa de los diferentes componentes que hacen tanto al funcionamiento como los aportes que hacemos los diferentes usuarios. Un poco lo que yo planteaba en el cuadro de cómo se compone cada uno de los grupos poblacionales que aportan al sistema como usuarios y que eso tiene un correlato en la cantidad de ingreso que tiene en este caso el prestador, que debe cubrir el servicio. Respecto de la pregunta de Facundo, cuál es el porcentaje de ganancias, eso está establecido en el polinimio, no lo recuerdo ahora de memoria pero cercano al 20%; todo el resto del aporte, digamos, del usuario o de los subsidios vienen a cubrir los costos en combustible, cubrir los costos incluso a veces salariales, cubrir el costo de mantenimiento de las unidades que esperemos con el nuevo parque automotor sea menor, digamos, esa incidencia. Y cada componente que hace al funcionamiento del sistema desde el litro de aceite que se pone en una unidad hasta las cargas sociales, las cargas salariales, todo lo que hace al mantenimiento de la empresa y la nueva inversión que está obligada la empresa a hacer en los plazos que hemos estipulado en el contrato, pueda ser cubierto. Ahí va destinados, digamos, los fondos más, digamos, la ganancia de la empresa que podremos discutir si es el modelo que todos queremos; en mi caso si me dieran a elegir haría una empresa que fuera de otra modalidad con mas presencia estatal, hoy no se puede, pero en este modelo donde se nos plantea la obligación casi, digo, o el requerimiento de una empresa privada, ese es el margen establecido. Después esta es igual... ¡Ah, bueno! Y respecto... no hay un destino especial de la tarifa que se  pueda recaudar de un sector en particular, todo aporte de usuario, tanto de la tarifa plena como cualquier otro descuento  o abono específico que se pueda crear o que exista va al conjunto de ingresos que tiene la empresa que tiene que rendirle al Municipio y en función de eso mantener el servicio en condiciones, digamos, no hay... ¿podría existir un destino específico?, sí; pero hoy no existe un destino específico más que el costo operativo de la empresa, digamos, y de la renovación de las unidades y de todo lo que implica el servicio”.-------------------------------------------------------------------------------------------------

Se producen diálogo fuera de micrófono.---------------------------------------------------------------

Concejal Gerardo Ávila: “Y la última pregunta... -a ver, ¿no me pasé ninguna? no- de Griselda Ignazi dice: ¿Se podría incluir en la ordenanza la gratuidad o descuento para docentes? Hoy como están las condiciones, digamos, del sistema, no es viable; podría ser posible en un futuro como cualquier otro nuevo grupo que se pueda agregar, de vuelta, teniendo en cuenta las diferentes condiciones de contorno que plantea el sistema tanto como nuevos ingresos por subsidios, nuevas modificaciones del cuadro del subsidio de gasoil a nivel nacional, una retribución tal vez diferente hasta en las diferentes tarifas que se abonan. En fin, el poder incluir más grupos poblacionales, en este caso docentes, o podríamos hablar de cualquier otro grupo que se nos pueda ocurrir en términos de una característica puntual, ¿podría ser viable?, sí. Hoy no,  pero esa viabilidad depende de otros factores que como los subsidios, inclusive hasta el nivel de afluencia de usuarios arriba de las unidades que modifica también la variable de costo y de cálculo del sistema. Esas son las últimas preguntas que tengo. Obviamente no se agota acá; les agradezco también las alocuciones que han tenido y como les plateé al principio de mi presentación daremos ahora el debate en comisión con los concejales y con todos los que participen para poder avanzar en el desarrollo del proyecto y ver posible modificaciones”.----------------------------------------------------------------------------------

Concejal Cristina Painefil: “Siendo las 18 horas con 57 minutos, agradeciendo la presencia de los concejales, nuestro Presidente de Concejo, Diego Benítez, la concejal Marks, Gelain, Martínez Infante, el concejal Natapof y a los empleados de este Concejo Municipal, Prensa, Protocolo, Coordinación Legislativa que sin ellos no podríamos llevar adelante estas audiencias públicas, damos por finalizada esta audiencia pública agradeciendo la presencia de todos los presentes. Muchas gracias”.-------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

 

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