San Carlos de Bariloche, 26 de Junio del año 2006.
A: Presidente Concejo Deliberante
Dn. Marcelo CASCON
Concejo Municipal
Municipalidad de San Carlos de Bariloche (RN)
De: Asesoría Letrada
Concejo Municipal
Municipalidad de San Carlos de Bariloche (RN)
Ref.: Dictamen en el Proyecto n° 657/06. Aprobar Contrato de Comodato Suscripto con fecha 01 de Noviembre de 2005 entre Prefectura Naval Argentina y la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.
I.
Vienen las presentes a despacho de esta Asesoría Letrada a efectos de emitir Dictamen del proyecto que hubo sido presentado por el Poder Ejecutivo Municipal bajo el número de expediente indicado en el acápite.
Que existe criterio fijado en torno a las disímiles fórmulas que el Estado Municipal utiliza para vincularse con terceros ajenos a su administración central, en especial consideración a la casuística de existencia de gastos y/o inexistencia de gastos.
Que en la temática del régimen de contrataciones y/o convencional general, se presenta actualmente un vacío legislativo que resulta aconsejable llenar con correctas interpretaciones jurídicas, hasta tanto la propia voluntad legislativa del cuerpo correspondiente, defina los modos y alcances propios en la materia.
Que es adecuado avanzar haciendo saber que ha de buscarse la compatibilidad jurídica entre las normas vigentes en materia de presupuesto, contrataciones y gastos.
Que el convenio bajo análisis no afecta el presupuesto aprobado por el Departamento Deliberante, no crea recursos, ni genera gastos;
Que la instalación de una delegación de la Prefectura Naval Argentina en la Isla Huemul viene a cumplir con uno de los extremos de la custodia jurisdiccional de un área geográfica afectada al municipio.
Que se encuentra habilitada la vía jurídica para autorizar (ratificar) a suscribir a el Poder Ejecutivo (conf. art. 25 inciso 13ro. de la COM) en los términos del art. 17 inciso 7mo COM.
II.
En virtud de que lo expuesto, la legalidad, legitimidad y conveniencia, lucen adecuadamente plasmadas a criterio de esta Asesoría Letrada.
Mi Dictamen.
Dictamen N° 515/06 A.L.C.M.