Bebidas Energizantes
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Fue aprobado por mayoría con el voto negativo de la Concejal del Bloque MARA, Proyecto de Ordenanza 446/05: "REGLAMENTAR VENTA DE LAS BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS DENOMINADAS BEBIDAS ENERGIZANTES". Autor: Concejal Hugo Cejas (UCR). Colaborador: Sr. Guillermo Corbella. En el artículo Art. 1°) se define como bebidas energizantes a todas aquellas bebidas no alcohólicas, que tengan en su composición ingredientes tales como taurina, glucuronolactona, cafeína e inositol, acompañados de hidratos de carbono, de vitaminas y/o minerales y/u otros ingredientes autorizados por el ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, dependiente del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación).