PROYECTO DE ORDENANZA 

ESTABLECER AÑO 2009,  AÑO DEL MEDIO AMBIENTE EN SAN CARLOS DE BARILOCHE.
 

ANTECEDENTES


Constitución Nacional Art. 41.

Constitución de la Provincia de Río Negro, Art. 84 y 85.

Carta Orgánica Municipal art. 14, inc. 3; art. 20, inc. 2; art. 23; Cuarta Parte,
Título Primero, Capítulo II; y artículo 11 de las Disposiciones complementarias, transitorias y plazos de obligatorio cumplimiento.

Documento N°4 para la discusión: Propuesta de la Comisión de Participación Ciudadana en el marco de los encuentros para la elaboración del proyecto del Código Ambiental.

Ley nacional 25675, Ley General del Ambiente.

Resolución 2994 (XXVII) del 15 de diciembre de 1972, Conferencia de Estocolmo, Suecia, cuyo tema central fue el Medio Humano.

FUNDAMENTOS


En cumplimiento con lo establecido en el artículo 11 de las Disposiciones complementarias, transitorias y plazos de obligatorio cumplimiento, de la Carta Orgánica Municipal, un grupo de vecinos preocupados por la preservación del medio ambiente, nos reunimos sistemáticamente con el objetivo de promover la redacción del Código Ambiental de nuestra ciudad.

Para ello, conformamos comisiones de trabajo cada una de las cuales se abocó al estudio y análisis de diferentes temáticas relativas al Anteproyecto del Código Ambiental y a la elaboración de propuestas de acción dirigidas tanto a las esferas gubernamentales como al conjunto de la sociedad barilochense.

En este sentido, la presente ordenanza es el resultado de las propuestas surgidas de la Sub-comisión de Participación Ciudadana que se planteó la consecución de los siguientes objetivos:

a) Difundir las tareas que se están llevando a cabo, en el marco de la elaboración del Proyecto del Código ambiental;
 
b) Realizar campañas educativas y de concientización sobre los tópicos en cuestión.

c) Recabar información, expectativas y planteos a modo de insumos para incorporar al proyecto.

A fin de alcanzar los objetivos y lograr una participación amplia, efectiva, recabando opiniones y desarrollando actividades educativas acordes, tanto para nuestros vecinos como para los visitantes y turistas, es que se propone establecer  al año 2009 como “Año del Medio Ambiente en San Carlos de Bariloche”.

La presente propuesta registra numerosos antecedentes en el mundo siendo el más significativo la celebración, desde 1972, del Día Mundial del Ambiente, que es uno de los principales vehículos que las Naciones Unidas utilizan para fomentar la sensibilización mundial sobre el medio ambiente y promover la atención y acción política al respecto.

Cabe recordar que el 5 de junio fue establecido como Día Mundial del Ambiente en el contexto de la Conferencia de Estocolmo sobre Medio Ambiente Humano, entendiendo en este marco que el ambiente natural es esencial para el bienestar del hombre y para el goce de los derechos humanos fundamentales, incluso el derecho a la vida misma .

Asimismo, el año judío 5754  (1993-1994 de la Era Cristiana) fue declarado el Año del Medio Ambiente en Israel, en reconocimiento del  papel central que la conciencia pública desempeña en la determinación de prioridades nacionales y la formulación de una política ambiental.

Con la presente Ordenanza nos planteamos como objetivos motivar a los vecinos de San Carlos de Bariloche a convertirse en agentes activos del desarrollo sostenible y equitativo, a promover cambios de actitudes aumentando la conciencia pública sobre el tema del medio ambiente, y hacer que tanto barilochenses como turistas participen en actividades pro-ambientalistas.

Si bien la presente Ordenanza actúa sobre la conciencia de los ciudadanos y no directamente sobre el medio en el que vivimos, con el objeto de producir mejoras concretas en el medio ambiente propondremos una serie de acciones 
 
algunas de las cuales podrán llevarse a cabo durante el año 2009 y que contribuirán al logro de los objetivos planteados:

•    Generar actividades educativas en materia ambiental para la niñez y la juventud.
•    Promover el ahorro de papel en todas las oficinas públicas y privadas de la ciudad y su separación como residuo diferenciado.
•    Realizar campañas masivas de comunicación en relación con la problemática ambiental.
•    Buscar apoyo público por parte de celebridades que habitan en nuestra ciudad o que nos visiten en calidad de turistas.
•    Profundizar los programas de separación de la basura y de recolección diferenciada.
•    Ampliar las campañas de limpieza de la ciudad y del entorno natural.
•    Realizar concursos de dibujos y pinturas, poesías, ensayos, etc., sobre esta temática, y promover la elaboración y exhibición de objetos artísticos creados con materiales reciclados.
•    Convocar a expertos para la realización de conferencias sobre el medio ambiente y promover los debates.
•    Promover el uso de las bicicletas, realizando desfiles y competencias.
•    Distribuir folletos y carteles.
•    Organizar festivales musicales, cinematográficos, etc.
•    Firmar acuerdos ambientales interjurisdiccionales y ratificar acuerdos ambientales internacionales.
•    Avanzar en la redacción del Código Ambiental de la ciudad.
•    Otorgar premios a actividades relacionadas con el medio ambiente, con el patrocinio del sector privado.
•    Forestar.
•    Establecer programas de educación ambiental en las escuelas.
•    Promover redes informativas.

La idea fuerza que se pretende llevar adelante es que la comunidad toda desarrolle y participe en tareas y actividades relativas a la problemática propuesta.

Iniciativa : Daniel Sanguinetti, Carlos Fernández, Ada Flores,
                 Guillermo Gatto, Graciela Froute, René Barriga,
                 Teresa Schunk.


Autora : Concejal Lic. Arabela Carreras (SUR-FPV)

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE SANCIONA CON CARÁCTER DE DECLARACION


Art. 1) Se establece el año 2009 como el “Año del Medio Ambiente en San Carlos de Bariloche”.

Art. 2) El Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche propiciará acciones tendientes a la concientización de los habitantes y de los visitantes de la ciudad acerca de la necesidad de preservar el medio ambiente.

Art. 3) De forma.