ORDENANZA N°  2221-CM-11

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: ADHERIR LEY NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS MUJERES.

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Convención sobre eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, aprobadas por el Estado Argentino por las Leyes 23.179 y 24.632.

 

Ley Nacional 26485: Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales.

 

Carta Orgánica Municipalidad de San Carlos de Bariloche, art. 14, inc. 1.

 

Proyecto de Ordenanza 729/10: Creación del Consejo por la Equidad de Género de San Carlos de Bariloche.

 

Diagnóstico de Género “Perfil de las Organizaciones de la Sociedad Civil relacionadas con la temética de género – San Carlos de Bariloche”, elaborado desde la Dirección de Promoción Social, Secretaría de Desarrollo Social, Municipalidad de San Carlos de Bariloche, marzo 2010.

 

Creación de equipo técnico del centro de atención y puesta en funcionamiento de la Casa Amulén para mujeres víctimas de violencia, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

Sabido es que la desigualdad de género en la sociedad, se ubica como un estándar de inequidad al que debemos combatir, ya que entre tantas, una de sus lamentables consecuencias es la violencia de género. Y en este rol las mujeres se ven severamente violentadas, agredidas y discriminadas en todos los órdenes de la vida. Lograr alcanzar espacios de igualdad real de oportunidades y de trato, sin estereotipar, ni excusar por diferencias biológicas, es uno de los fines. Ya que tanto mujeres y varones tienen los mismos derechos a acceder a las oportunidades que les permita de forma individual y colectiva alcanzar una mayor igualdad y mejorar su calidad de vida.

 

Es importante desde los estamentos gubernamentales trabajar en la concientización de esta problemática social y orientar políticas que tiendan a subsanar dichas falencias. Para ello la sanción de la Ley Nacional 26485, de Protección Integral a las Mujeres, tiene como objeto promover y garantizar la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones, el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia. Y en este concepto de violencia se contemplan la violencia física, la violencia psicológica, violencia sexual, violencia económica y patrimonial, violencia simbólica, violencia mediática, violencia obstétrica, violencia laboral, violencia contra la libertad reproductiva, etc.

 

Situaciones violentas contra las mujeres se contemplan y suceden todos los días, lo cual no significa que esto sea normal. Se debe hacer un alto en estas situaciones. Y es así que esta ley previene y sanciona las conductas que han colocado a las mujeres y niñas en posiciones subalternas, generando relaciones desiguales de poder afectando sus vidas, su libertad y seguridad en todos los ámbitos.

 

Los mecanismos para la protección de estas situaciones de violencia han sido estudiadas y reunidas en esta ley, a fin de poder brindar mejores y mayores herramientas de protección.

 

En dicha ley, se establece que las jurisdicciones locales adherirán al régimen procesal allí previsto. Siendo luego un trabajo progresivo el de su implementación.

 

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Gobierno, Jorge Franchini y Secretaria de Desarrollo Social, Norma Gómez.

 

 

 

El proyecto original Nº 950/11 fue aprobado en la sesión del día 7 de  octubre de 2011, según consta en el Acta Nº 971/11. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se adhiere a la Ley Nacional 26485 y su decreto reglamentario que se adjunta como anexo I a la presente.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.