ORDENANZA N° 2162-CM-11
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: CESIÓN EN PROPIEDAD PARTE DE LA PARCELA 19-2P-286-01- A LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA UNIDAD DE ORDEN PÚBLICO.
ANTECEDENTES
Ordenanza 1540-CM-05: Desafectar parte de Parcela 19-2-P-287 como espacio verde - afectarla dominio privado municipal - cederla al Estado Provincial.
Ordenanza 1669-CM-06: Cesión en propiedad parte de la Parcela 19-2P-286-01A a la Provincia de Río Negro para la construcción de un destacamento policial en San Carlos De Bariloche.
FUNDAMENTOS
Oportunamente la Municipalidad transfirió a la Provincia de Río Negro la parcela 19-2P-286-01 por la Ordenanza 1669-CM-06.
La Municipalidad de San Carlos de Bariloche y las autoridades provinciales coinciden en la necesidad de la construcción e implementación de Unidad de Orden Público en el sector ubicado sobre la Ruta 258 en su acceso al centro de la ciudad, ingresando desde la ruta de El Bolsón.
La parcela cedida mediante Ordenanza 1669-CM-06, nomenclatura catastral 19-2P-286-01 retornó al patrimonio municipal, atento que se cumplió la condición resolutoria establecida en el artículo 4 de la ordenanza citada.
Se hace imprescindible concretar el proyecto que diera origen a la Ordenanza 1669-CM-06 y que a la fecha, la Provincia de Río Negro cuenta con la financiación necesaria para dar concreción a este proyecto.
Es de interés del Municipio la efectiva concreción de la instalación de las dependencias policiales en este sector de la ciudad.
Atento a que el lote 01 de la parcela 286 ha recuperado su condición de Reserva Fiscal y que sigue siendo necesario determinar una superficie de 2.342,23 m2, cercana a la Ruta 258, se considera procedente que la Municipalidad lo ceda en propiedad a la Provincia de Río Negro, a los fines de la construcción del Centro de Administración Policial y Comando de Seguridad Central antes mencionado.
AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.
COLABORADORES: Secretario de Gobierno, Jorge Franchini y Secretaria Coordinación y Privada, Guillermina Alaniz.
El proyecto original Nº 670/10, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 2 de mayo de 2011, según consta en el Acta Nº 962/11. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
ORDENANZA
Art. 1°) |
Se desafecta del dominio público municipal (reserva fiscal), 2.342,23 metros cuadrados de la parcela denominada catastralmente como 19-2P-286-01 y se afecta al dominio privado municipal.
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Art. 2°) |
Se autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a transferir a título gratuito a la Provincia de Río Negro, y bajo la condición resolutoria prevista en la presente ordenanza, la fracción desafectada (19-2P-286-01); previa mensura y deslinde administrativo, según croquis que como Anexo I integra y forma parte de la presente.
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Art. 3°) |
Se impone como condición resolutoria de la transferencia, el destino de la fracción para la construcción en un plazo de dos años y la operación exclusiva de Unidad de Orden Público de la Policía de Río Negro.
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Art. 4°) |
De no cumplirse con los plazos establecidos la donación quedará sin efecto, restituyéndose el dominio al Patrimonio Municipal, con las mejoras realizadas.
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Art. 5°) |
Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Ordenanza correrán por cuenta del Estado Provincial.
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Art. 6°) |
El IMTVHS incluirá en su registro municipal de comodatos y de usos y habitaciones y de bienes inmuebles municipales según lo establece la ordenanza 2083-CM-10 o la que la reemplace a futuro.
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Art. 7°) |
A los fines de la transferencia de dominio una vez cumplido el cargo se dará transcripción del contenido de la Ordenanza.
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Art. 8°) |
Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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