ORDENANZA N° 2094-CM-10

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: MODIFICACIÓN DE LA JURISDICCIÓN DE LA JUNTA VECINAL VILLA NAHUEL MALAL POR INCORPORACIÓN DE INMUEBLES.

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 194-C-86.

 

Ordenanza 71-C-88 de reconocimiento de jurisdicción de la Junta Vecinal Villa Nahuel Malal.

 

Ordenanza 1393-CM-04 de disolución de la Junta Vecinal Las Gaviotas.

 

Ordenanza 1636-CM-06 de reconocimiento de la nueva jurisdicción de la Junta Vecinal Villa Pájaro Azul.

 

Ordenanza 1740-CM-07 de modificación de la jurisdicción de la Junta Vecinal Casa de Piedra.

 

Nota 081-DLM-06 adjuntando nota de la Junta Vecinal convocando a Asamblea para el día 10 de marzo de 2006 con el orden del día.

 

Acta de la Asamblea del 10 de marzo de 2006 y Registro de Asistencia en la cual deciden incorporar inmuebles a la jurisdicción de la junta vecinal.

 

Nota de fecha 2 de julio de 2008, Nº 407-DJV-06, dirigida  a la Dirección de Catastro solicitando informe sobre manzanas a incorporar.

 

Nota de fecha 3 de noviembre de 2008, Nº 424-DC-08, con respuesta a lo solicitado.

 

Nota de fecha 16 de marzo de 2009, Nº 036-DJV-09, dirigida a la Junta Vecinal Nahuel Malal adjuntando el informe de Catastro para su consideración.

 

Nota de fecha 30 de marzo de 2009, Nº 184-DLM-09 adjuntando la respuesta de la Junta Vecinal.

 

Plano de la nueva jurisdicción.

 

FUNDAMENTOS

 

 

Lo resuelto en la Asamblea del 10 de marzo de 2006, por la Junta Vecinal Villa Nahuel Malal en la cual deciden ampliar la jurisdicción de la misma, incorporando manzanas a su jurisdicción.

 

La necesidad de salvar errores de superposición de jurisdicción con juntas vecinales aledañas y brindar a los vecinos de los inmuebles involucrados, el ámbito correcto para gestionar y solicitar a través de su Junta Vecinal.

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

COLABORADORES: Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos a/c de Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, Dr. Federico Lutz y Equipo de Trabajo de la Dirección de Juntas Vecinales.

 

El proyecto original Nº 404/09, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 4 de noviembre de 2010, según consta en el Acta Nº 954/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

Art.  1°)

Se modifica la jurisdicción de la Junta Vecinal Villa Nahuel Malal, la que quedará integrada de la siguiente manera:

Manzanas 309; 359; 400; 410; 411; 420; 421; 422; 430; 431; 432; 440; 441; 442; 450; 451; 452; 460; 461; 462; 470; 471; 472; 480; 510; 511; 520; 521; 522; 530; 531; 532; 540 y 541, en su totalidad.

Parcelas 01A, 3, 4, 5 y 6 de la Quinta 051.

Parcelas 17 a la 27 de la Manzana 523.

Parcelas 01; 02; 03; 05; 06; 07 y 08 de la Manzana 550.

Todas del Distrito Catastral 19, Circunscripción 1, Sección P.

 

Parcelas 3 a la 7 de la Manzana 907.

Parcelas 3 a la 7 de la Manzana 911.

Manzanas 918 y 919 en su totalidad.

Todas del Distrito Catastral 19, Circunscripción 1, Sección N.

 

Art.  2º)

Las parcelas que conforman la jurisdicción de la Junta Vecinal Villa Nahuel Malal surgen del plano que se aprueba como anexo I de la presente.

 

Art.  3°)

Se instruye a la Dirección General de Juntas Vecinales a inscribir esta Ordenanza en el Registro correspondiente.

 

Art.  4°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.