ORDENANZA N° 2063-CM-10
DESCRIPCION SINTETICA: DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y PAGO OBLIGATORIO LA OBRA DE RED DE AGUA EN BARRIO EL TREBOL.
ANTECEDENTES
Ordenanza 1838-CM-08.
Resolución 473-I-2010.
FUNDAMENTOS
Dada la rápida expansión que han tenido distintos barrios de la ciudad de San Carlos de Bariloche, muchos de ellos carecen de servicios o de obras de infraestructura necesarias para tener una mayor calidad de vida de los vecinos.
En el barrio El Trébol existe un grave problema de acumulación de desagües cloacales por infiltración y esto genera contaminación de las napas freáticas por lo que hace peligrosa la obtención de agua por pozo.
La Junta Vecinal Barrio El Trébol tramitó ante el Departamento Provincial de Aguas (D.P.A.) la financiación, ejecución y cobro de la obra de red de agua potable del barrio.
La obra será financiada por el Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento (ENOHSA) para su operatoria PROMES; siendo el Departamento Provincial de Aguas quien contratará la empresa ejecutora de dicha obra.
El financiamiento de la obra será: a) Plazo amortización: 120 cuotas mensuales iguales y consecutivas. b) Tasa de interés anual: Variable que se establece en el 30 % de la tasa activa del Banco Nación.
El cobro de la obra correspondiente a red de distribución y conexiones domiciliarias se realizará a través de la facturación de agua potable de Aguas Rionegrinas S.A.; el D.P.A asumirá el costo de la cañería de impulsión, cisterna, sala de cloración, tableros y obra de toma.
En asamblea general extraordinaria los vecinos aprobaron el prorrateo de la obra por función polinómica donde se balancean incidencia directa, metros de superficies de los terrenos y metros de frente de los terrenos.
Del costo total de la obra el 75 % será distribuido en partes iguales entre todos los frentistas correspondiendo un costo fijo de pesos tres mil trescientos treinta con 15/100 centavos ($ 3.330,15) por lote; el 25 % restante se prorrateará según superficie y metros de frente correspondiendo un costo variable para cada terreno según planilla elaborada por la Junta Vecinal, bajo estas condiciones se realizó la apertura del Registro de Afirmación y Oposición.
Los vecinos firmaron el mismo conociendo que el presupuesto de la obra es de pesos dos millones once mil cuatrocientos nueve con 79/100 centavos ($ 2.011.409,79).
Por Resolución 473-I-2010 se aprobó el Registro de Afirmación y Oposición de la Obra Red de agua barrio El Trébol y por lo tanto se hace necesario la declaración de utilidad pública, sujeta a pago obligatorio.
AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.
COLABORADORES: Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Dr. Federico Lutz; Coordinador Unidad Ejecutora de Obras Públicas, Arq. Ramiro Varise y Director de Obras por Contrato, Arq. Oscar de Paz.
El proyecto original Nº 656/10, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 19 de agosto de 2010, según consta en el Acta Nº 948/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
ORDENANZA
Art. 1°) |
Declarar de Se declara de utilidad pública, sujeta a pago obligatorio, la obra de red de agua en el Barrio El Trébol; cuyas nomenclaturas catastrales son las siguientes:
19-1-B- Ch. 008 lotes 04 y 05 / Ch. 009 lotes 02A/ 02B/ 02C/ 02H/ 03A/ 04 al 06 y 08/ Qta. 081 lotes 01 y 02 / Qta. 082 lotes 01 y 02 / Qta. 087 lotes 01A/ 04B/ 05A/ 06A y 07A / Qta. 088 lotes 02A y 03/ Qta. 090 lotes 01 al 07/ Qta. 091 lotes 01 al 06/ 7D/ 7E y 08 / Mza. 500 lotes 01 al 10/ Mza. 501 lotes 01 al 11 / Mza. 502 lotes 01A al 05A/ 06/ 07 y 08A / Mza. 503 lotes 09 al 14/ Mza. 504 lotes 01 al 09 / Mza. 505 lotes 01/ 03B/ 04 al 12/ Mza. 506 lotes 01 al 12 / Mza. 507 lotes 01 al 11 / Mza. 514 lotes 01 al 08 / Mza. 515 lotes 01 al 03/ 04A/ 05 al 08 / Mza. 516 lotes 01 al 15 / Mza. 823 lotes 01 al 03/ 04A/ 05 al 19 / Mza. 824 lotes 01/ 02/ 03A/ 04 al 08 / Mza. 825 lotes 01 al 14 / Mza. 828 lotes 01A/ 02A y 05 al 10/ Mza. 834 lotes 01 al 14 / Mza. 835 lotes 01A/ 03A/ 09 al 14 y 18 al 21/ Mza. 836 lotes 01 al 26 / Mza. 838 lotes 01 al 11 / Mza. 845 lotes 01 al 21 (10 E.V.) / Mza. 846 lotes 01 al 08/ 09A/ 13 y 14 / Mza. 847 lotes 01 al 21 / Mza. 904 lotes 01 al 07 / Mza. 905 lotes 01 al 04 / Mza. 906 lotes 01 al 07 / Mza. 911 lotes 01 y 02. 19-1-F-Mza. 030 lotes 01/ 02/ 03A/ 04 al 06/ 07A/ 10A/ 11/ 12 / Mza. 031 lotes 01 al 04A/ 06A / Mza. 032 lotes 01 al 11/ 12A/ 13A/ y 14 al 17 / Mza. 033 lotes 01 al 04/ 05A/ 09 al 15/ 16A/ 17A/ 18A/ 19 al 21 y 24 al 32 / Mza. 034 lotes 01 al 21 / Mza. 035 lotes 01 al 07 / Mza. 036 lotes 01 al 07 / Mza. 037 lote 01 / Mza. 038 lotes 01 al 03/ 04 al 15 y 17 / Mza. 039 lotes 01/ 02A y 05 al 11.
|
Art. 2°) |
Realizada la adjudicación de la obra, se deberá realizar la tramitación administrativa ante la Dirección de Obras por Contrato para la delegación correspondiente.
|
Art. 3º)
|
El financiamiento de la obra será: a) Plazo amortización: 120 cuotas mensuales iguales y consecutivas b) Tasa de interés anual: Variable que se establece en el 30 % de la tasa activa del Banco Nación. El cobro de la obra correspondiente a red de distribución y conexiones domiciliarias se realizará a través de la facturación de agua potable de Aguas Rionegrinas S.A.; el D.P.A asumirá el costo de la cañería de impulsión, cisterna, sala de cloración, tableros y obra de toma. Del costo total de la obra el 75 % será distribuido en partes iguales entre todos los frentistas correspondiendo un costo fijo de pesos tres mil trescientos treinta con 15/100 centavos ($ 3.330,15) por lote; el 25 % restante se prorrateará según superficie y metros de frente correspondiendo un costo variable para cada terreno según planilla elaborada por la Junta Vecinal, bajo estas condiciones se realizó la apertura del Registro de Afirmación y Oposición.
|
Art. 4°) |
Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.
|