ORDENANZA N° 2044-CM-10
DESCRIPCION SINTETICA: DECLARAR UTILIDAD PÚBLICA PAGO OBLIGATORIO OBRA RED CLOACAL CONEXIONES DOMICILIARIAS BARRIOS SAN FRANCISCO II, III Y IV.
ANTECEDENTES
Ordenanza 2037-CM-10: Modifica Ordenanza 2021-CM-10. Prorroga vigencia de las Ordenanzas 1837-CM-08 y 1838-CM-08 obra pública municipal.
Ordenanza 2021-CM-10: Prorroga vigencia de las Ordenanzas 1837-CM-08 y 1838-CM-08 obra pública municipal.
Ordenanza 1923-CM-09: Prestar acuerdo llamado a licitación pública obra red cloacal barrios San Francisco II, III y IV 1º etapa.
Ordenanza 1838-CM-08: Regulación de la obra pública delegada.
Ordenanza 1837-CM-08: Suspender la vigencia de la Ordenanza 1763-CM-07.
Resolución 808-I-2010.
FUNDAMENTOS
Debido a la rápida expansión que distintos barrios de la ciudad de San Carlos de Bariloche han tenido, muchos de ellos carecen de algunos servicios y obras de infraestructura necesarias para lograr una mayor calidad de vida de los vecinos. Es responsabilidad del Estado Municipal el mantenimiento y mejoramiento de la totalidad de las calles y pluviales del ejido, sin embargo no se cuenta con la maquinaria necesaria para poder atender a los constantes reclamos de los vecinos.
Dado que en los Barrios San Francisco II, III y IV existe un grave problema de acumulación de desagües cloacales, lo que representa un foco latente de contaminación y proliferación de enfermedades es de vital importancia la ejecución de la real cloacal.
La Municipalidad de San Carlos de Bariloche firmó con el ENOHSA un acuerdo marco para la ejecución de obras de saneamiento. En la cláusula séptima del acuerdo, la Municipalidad asume la responsabilidad de crear un fondo solidario de saneamiento el que será destinado para futuras expansiones de servicios de agua potable y cloacas.
En acuerdo con los vecinos de los Barrios San Francisco II, III y IV el intendente decide que la Municipalidad asumirá el 30% del costo de la obra. El 70% restante será prorrateado entre los frentistas beneficiarios, financiado en 60 cuotas sin interés. Bajo estas condiciones se realizó la apertura del Registro de Afirmación y Oposición.
Por Resolución 808-I-2010 se aprobó el Registro de Afirmación y Oposición de la obra de red cloacal y conexiones domiciliarias barrios San Francisco II, III y IV, y por lo tanto se hace necesario la declaración de utilidad pública, sujeta a pago obligatorio.
AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.
COLABORADORES: Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Dr. Federico Lutz; Coordinador Unidad Ejecutora de Obras Públicas, Arq. Ramiro Varise y Director de Obras por Contrato, Arq. Oscar de Paz.
El proyecto original Nº 598/10, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 10 de junio de 2010, según consta en el Acta Nº 945/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
ORDENANZA
Art. 1°) |
Se declara de utilidad pública, sujeta a pago obligatorio, la obra de Red Cloacal y Conexiones Domiciliarias a los inmuebles ubicados en los Barrios San Francisco II, III y IV, cuyas nomenclaturas catastrales son las siguientes: 192F Quinta 028, lote 01; Mza.135, lote 10; Mza. 200, lotes 01 al 07 (01 espacio verde); Mza. 201, lotes 01 al 09; Mza. 202, lotes 01A, 03 al 17; Mza. 203, lotes 01 al 17; Mza. 204, lotes 01 al 09; Mza. 205, lotes 01 al 18; Mza. 206, lotes 01 al 14; Mza. 207, lotes 01 al 05, 06A, 07A y 08 al 12; Mza. 208, lote 04 al 20; Mza. 209, lote 01A; Mza. 210, lotes 01A y 02 al 16 (02 espacio verde); Mza. 211, lotes 01 al 15; Mza. 212, lotes 01 al 06, 07B y 08 al 12A; Mza. 213, lotes 01 al 07; Mza. 214, lotes 01 al 12; Mza. 215, lotes 01 al 22; Mza. 216, lotes 01 al 23; Mza. 217, lotes 01 al 19; Mza. 218, lotes 01, 02 y 06 al 08; Mza. 219, lotes 01 al 07 y 12; Mza. 220, lotes 01 al 28; Mza. 221, lotes 01A, 02 (espacio verde) y 03; Mza. 222, lotes 01 al 19; Mza. 223, lotes 01 al 30; Mza. 224, lotes 01 al 29 (01 espacio verde); Mza. 225, lotes 01 al 27; Mza. 226, lotes 01 al 18; Mza. 227, lotes 01 al 21; Mza. 228, lotes 01 al 32 (09 espacio verde); Mza. 229, lotes 01 al 18; Mza. 230, lotes 01 al 14; Mza. 231, lotes 01, 03 al 13 y 15 al 25 (08 espacio verde); Mza. 232, lotes 01 al 16; Mza. 233, lotes 01 al 12; Mza. 234, lotes 01, 03 al 18; Mza. 235, lotes 01 al 14; Mza. 236, lotes 01 al 09; Mza. 237, lotes 01, 03 al 12; Mza. 238, lotes 01 al 12; Mza. 239, lotes 01 al 07; Mza. 240, lotes 01A y 02 (espacio verde); Mza. 242, lotes 01 al 07; Mza. 243, lotes 01 al 06; Mza. 244, lotes 01A y 02A; Mza. 245, lotes 01 al 03, 04A, 06 al 10; Mza. 246, lotes 01 al 09; Mza. 247, lotes 01 al 06 (06 espacio verde); Mza. 248, lotes 01 al 08; Mza. 249, lotes 01 al 09; 193A Ch. 001, lote 07 y 08A.
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Art. 2°) |
Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese. |