ORDENANZA N° 1978-CM-09
DESCRIPCION SINTETICA: DECLARAR DE INTERES SOCIAL INMUEBLES BARRIOS SAN FRANCISCO II Y III.
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 1331-CM-03: Fraccionamiento de interés social en parte de la parcela denominada catastralmente 19-2-F-026-05.
Ordenanza 1768-CM-07: Declarar de interés social inmueble nomenclatura catastral 19-2-F-245-06; 19-2-F-247, lotes 02, 03, 04, 05; 19-2-F-248, lotes 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08; 19-2-F-249, lotes 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09 del barrio San Francisco IV.
Ordenanza 546-CM-95: Código Urbano 1995.
Ordenanza 678-CM-96: Ordenanza Tarifaria Municipal año 1995.
FUNDAMENTOS
Los barrios San Francisco II y III, ubicados al Este del ejido municipal, han sufrido considerable crecimiento en la densidad poblacional.
La situación socio-económica de sus habitantes, la mayoría de ellos de clase media trabajadora, motivó que los mismos sólo pudieran adquirir en cuotas partes indivisas de los inmuebles incluidos en la presente y consecuentemente, muchas de las edificaciones existentes fueron levantadas sin el correspondiente permiso municipal, con lo cual se encuentran en condiciones antirreglamentarias, situación que impide la subdivisión en propiedad horizontal.
Las normas municipales vigentes no permiten la subdivisión simple de las parcelas involucradas, haciéndose necesario declarar de interés social el fraccionamiento, el que resultara de acuerdo a las partes indivisas que cada uno de los vecinos adquiera, ello a fin de colaborar desde esta Administración con la regularización dominial tan anhelada por los mismos, sin perjuicio de las eventuales responsabilidades que le correspondan al titular registral.
La ejecución de las mensuras respectivas, permitirá la disolución de los condominios que actualmente existen en forma obligatoria, convirtiendo a cada uno de los actuales propietarios en únicos responsables del cumplimiento de las obligaciones que de las futuras parcelas se originen y de toda mejora que pudieran introducir.
AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.
COLABORADORES: Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana; Sr. Jorge Franchini; Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Dr. Federico Lutz; Dirección de Catastro y Comisión Directiva de la Junta Vecinal San Francisco II y III.
El proyecto original Nº 505/09, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 17 de diciembre de 2009, según consta en el Acta Nº 939/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
ORDENANZA
Art. 1°) |
Se declara de interés social los inmuebles designados catastralmente: 19-2-F-206-04 y 13; 19-2-F-207-01 y 05; 19-2-F-208-07; 12; 13; 14; 15; 16; 17 y 18; 19-2-F-211-03; 06; 07; 10; 11 y 14; 19-2-F-213-01; 02; 03; 04; 05 y 07; 19-2-F-214-05; 19-2-F-217-17; 19-2F-218-01; 19-2-F-219-08, 19-2-F-223-12; 19-2-F-225-06; 19-2-F-228-07; 19-2-F-229-13; 19-2-F-231-07; 19-2-F-233-07; 19-2-F-234-11; 19-2-F-235-03 y 12; 19-2-F-236-03; 19-2-F-237-05; 19-2-F-238-01 y 04 y 19-2-F-239-04
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Art. 2°) |
Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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