ORDENANZA N° 1926-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: DESAFECTAR DOMINIO PUBLICO AFECTAR DOMINIO PRIVADO MUNICIPAL PARCELAS NC19-1-N-607-03; 04; 05 Y 06, CONSTRUCCIÓN GIMNASIO MUNICIPAL.

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 1333-CM-03: Compensación de deudas en concepto de servicios municipales con entrega de 7 inmuebles de la firma Jockey Club Bariloche.

 

Ordenanza 1772-CM-07: Modificación ordenanza 1611-CM-06, proceso presupuestario de la  Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

Resolución 5268-I-07.

 

Proyecto elaborado en Asamblea por los integrantes del Presupuesto Participativo en el año 2007 (Delegación Lago Moreno).

 

Nota 538-SSP-07 de fecha 30 de octubre de 2007, de la Subsecretaría de Planeamiento.

 

Nota 1058-DOC-DEYP/08 de fecha 8 de octubre de 2008, del Departamento de Estudios y Proyectos, dependientes de la Dirección de Obras por Contrato.

 

Nota 260-SPYMA-08 de fecha 21 de octubre de 2008, de la Secretaría de Planeamiento y Medio Ambiente.

 

Nota 142-DPP-08 de fecha 29 de octubre de 2008, de la Dirección de Presupuesto Participativo.

 

Nota 339-SPYMA-08 de la Secretaría de Planeamiento y Medio Ambiente de fecha 18 de noviembre de 2008.

 

Nota 490-SSMA-08 de la Subsecretaría de Medio Ambiente, de fecha 25 de noviembre de 2008.

 

Nota 137-DEYP-08 del Departamento de Estudios y Proyectos, de fecha 27 de noviembre de 2008.

 

Nota 736-DOP-08 de la Dirección de Obras Particulares, de fecha 28 de noviembre de 2008.

 

Nota 359-SPYMA-08 de la Secretaría de Planeamiento y Medio Ambiente, de fecha 28 de noviembre de 2008.

 

Plancheta y Folios Parcelarios.

 

FUNDAMENTOS

 

Los vecinos comprendidos en la jurisdicción de la Delegación Lago Moreno, como integrantes del Presupuesto Participativo, han organizado un estudio del cual surgió la necesidad de contar con un gimnasio, a fin de impulsar el desarrollo de actividades recreativas, deportivas y sociales; con el objeto de propender el cuidado de la salud física, psicológica y social de los niños, jóvenes y adultos de la zona.

 

El Municipio cuenta con tierras aptas para llevar a cabo dicho emprendimiento.

 

La Subsecretaría de Gestión Urbana resolvió autorizar el desarrollo de la construcción del emprendimiento en planta baja en su totalidad, como asimismo el estacionamiento y circulación vehicular fuera del área de implantación.

 

La realización del proyecto, llamado a licitación para la ejecución e inspección estarán a cargo de la Municipalidad, a través de la Dirección de Obras por Contrato.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Dr. Nelson Vigueras; Secretaria de Planeamiento y Medio Ambiente, Arq. Fabiela Orlandi; Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Sr. Jorge Temporetti; Dirección de Obras por Contrato y Dirección de Catastro.

 

 

El proyecto original Nº 267/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 18 de junio de 2009, según consta en el Acta Nº 931/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se desafecta del Dominio Público Se desafectan del dominio público municipal y se afectan al dominio privado municipal los inmuebles designados catastralmente 19-1-N-607-03; 04; 05 y 06, los que encierran una superficie total de 4.552,45m2, cuyas medidas y linderos son los que constan en croquis que como anexo I forma parte de la presente.

 

Art.  2°)

Se reservan las parcelas mencionadas en el artículo precedente para la construcción de un gimnasio municipal.

 

Art.  3°)

La realización del proyecto, llamado a licitación para la ejecución de la obra e inspección estarán a cargo de la Dirección de Obras por Contrato.

 

Art.  4°)

La Municipalidad de San Carlos de Bariloche será la responsable de la administración, mantenimiento y funcionamiento del gimnasio.

 

Art.  5°)

Los gastos que demande la Mensura de Unificación y Escritura Declarativa respectiva, serán solventados con fondos de la Partida del Presupuesto Participativo.

 

Art.  6°)

Los fondos que se requieran para la realización del gimnasio podrán ser gestionados por el Departamento Ejecutivo municipal ante organismos provinciales, nacionales e internacionales.

 

Art.  7°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.