ORDENANZA N° 1916-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: MODIFICACIÓN ORDENANZAS 1891-CM-09 Y 1907-CM-09. COMODATO A UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE- CRUB, FRACCIÓN DE PARCELA 19-2-D-038-1C PARA GIMNASIO.

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ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 1907-CM-09.

 

Ordenanza 1891-CM-09.

 

Comunicación 625-CM-08 de fecha 23 de octubre de 2008.

 

Nota 30-2-06 de fecha 9 de enero de 2006, del Decano Lic. Horacio Planas, dirigida al Subsecretario de Planeamiento, Arq. Raúl Ferrari.

 

Nota S/N° de fecha 20 de noviembre de 2006, del Decano CRUB, Lic. Daniel Nataine, dirigida al Senador Miguel Pichetto y a los Diputados Nacionales Dr. Julio Arriaga y Dr. Hermes Binner.

 

Nota 769-2-08 de fecha 6 de marzo de 2008, del Decano CRUB, Lic. Daniel Nataine, dirigida al Subsecretario de Planeamiento, Arq. Cristian Almeida.

 

Nota S/N° (Decanal 40/08) de fecha 21 de abril de 2008 del Decano CRUB, Lic. Daniel Nataine, dirigida al Pte. de la Comisión de Obras y Planeamiento, Dr. Darío Rodríguez Duch.

 

Nota 257 Mesa de Entradas del Concejo Municipal de fecha 22 de mayo de 2008, del Decano CRUB, Lic. Daniel Nataine, dirigida a los Sres. Concejales del Concejo Deliberante.

 

Nota 258 Mesa de Entradas del Concejo Municipal de fecha 23 de mayo de 2008, de la Arq. Mónica González dirigida a los Sres. Concejales del Concejo Deliberante.

 

Nota 1460-EN-08 de fecha 7 de julio de 2008, del Decano CRUB, Lic. Daniel Nataine, dirigida a la Secretaria de Planeamiento y Medio Ambiente, Arq. Fabiela Orlandi.

 

Resolución del Consejo Directivo del CRUB 03/08 de fecha 15 de mayo de 2008.

 

Nota 3427-2-08 de fecha 16 de diciembre de 2008, del Decano CRUB, Lic. Daniel Nataine, dirigida a la Subsecretaria de Gestión Urbana, Arq. Estela Arias.

 

Resolución del Consejo Directivo del CRUB 52/09 de fecha 19 de marzo de 2009.

 

Nota 131/SSGU-09, de la Subsecretaria de Gestión Urbana, Arq. Estela Arias, dirigida al Decano CRUB, Lic. Daniel Nataine.

 

Nota S/N° (S.P. Nº 025/09) de fecha 30 de marzo de 2009, de la Rectora de la UNC, Prof. Teresa Vega, dirigida al Presidente del Concejo Municipal, Lic. Darío Barriga.

 

FUNDAMENTOS

 

La presentación del proyecto de ordenanza cumple con el requisitos para la ampliación de la infraestructura edilicia que atienda el crecimiento del Centro Regional Universitario Bariloche, que actualmente es la Unidad Académica que contiene a la mayor cantidad de estudiantes universitarios de la ciudad y de la región.

 

Es necesario atender este crecimiento y consecuentemente las demandas de tipo académico, organizativo y presupuestario formuladas en diversas gestiones realizadas por parte de la Universidad Nacional del Comahue ante el Gobierno Nacional. En  tal sentido, la obra priorizada ha sido la construcción de un gimnasio polideportivo destinado a satisfacer requerimientos del dictado de la carrera de Educación Física.

 

El Proyecto de Obra aspira a cubrir además de las actividades académicas de la Universidad, las diversas necesidades de espacios deportivos y recreativos para uso y disfrute de la comunidad local. A la vez que una obra  como la que se gestiona, en un lugar propuesto, adquiere relevancia para toda la ciudad de Bariloche, en la cual se carece de espacios aptos para actividades deportivas y culturales.

 

Desde el año 2004, se realizan distintas gestiones entre el Municipio y el Centro Regional Universitario Bariloche,  dependiente de la Universidad Nacional del Comahue, tendientes a lograr la realización de dicha obra, comprometida por Nación y que por distintas razones, hasta el momento no se ha concretado.

 

El Centro Regional Universitario Bariloche si bien dispone de un predio que cuenta con áreas vacantes para construir, las características topográficas del mismo dificultan la implantación de una obra como la que se gestiona.

 

Desde el año 2006 se han concretado en varias oportunidades reuniones entre las autoridades de la UNC y del Municipio en sus distintos niveles: Intendente, Secretarios, Técnicos del Área de Planeamiento, Concejo Deliberante, a fin de acordar las gestiones necesarias y la localización definitiva de la obra para el gimnasio polideportivo.

 

El área de Planeamiento, autoridades y profesionales de la Universidad, han analizado las diferentes posibilidades de localización del edificio en áreas circundantes al predio del Centro Regional Universitario Bariloche. En tal sentido, se evaluó que el sector que presenta mejores condiciones desde las características topográficas, y que no interfiere en los futuros desarrollos urbanos y de conexión con las arterias de circulación previstas por la Subsecretaría de Planeamiento para la ciudad, se localiza en una fracción incluida en la parcela municipal, cuya denominación catastral es la siguiente: 19-2-D-038-1C, que linda sobre el límite Sur del predio del Centro Regional Universitario Bariloche.

 

El proyecto de obra del gimnasio se ha concretado gracias a la colaboración y la asistencia técnica de un equipo de profesionales designados por la Legislatura de la Provincia de Río Negro.

 

Mediante el compromiso del Sr. Vicegobernador, Ing. Bautista Mendióroz y del Sr. Senador por la Provincia de Río Negro, Dr. Miguel Ángel Picheto, se ha avanzado en la gestión ante el Gobierno Nacional para obtener los fondos necesarios para la construcción de la obra. Para ello se requiere de dos cuestiones fundamentales, por una parte, del proyecto definitivo de obra y por otra, la cesión en comodato por parte de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche del lote para la implantación de la misma.

 

Con la Comunicación 625-CM-08 quedó plasmada la voluntad del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, de dar en Comodato a la Universidad Nacional del Comahue, una fracción de tierra, la que forma parte del inmueble designado catastralmente 19-2-D-038-01C con destino a la construcción del gimnasio del Centro Universitario Regional.

 

A través de la Ordenanza 1891-CM-09, la Universidad Nacional del Comahue suscribió Contrato de Comodato con la Municipalidad de Bariloche, por una fracción del inmueble de su propiedad designado catastralmente 19-2-D-038-01B, la que encerraba una superficie de 1.020 m2, siendo voluntad de la Universidad ampliar el porcentaje de superficie para ser afectado como vía de comunicación, funcionando como vía de comunicación entre las parcelas 01C  y 01G de la misma Quinta, ambas propiedad de este Municipio, con lo cual se hace necesario modificar la norma mencionada.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretaria de Planeamiento y Medio Ambiente, Arq. Fabiela Orlandi, Secretario de Economía Obras y Servicios Públicos, Dr. Federico Lutz.

 

El proyecto original Nº 363/09, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 18 de junio de 2009, según consta en el Acta Nº 931/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se modifica la Ordenanza 1891-     Se modifica la Ordenanza 1891-CM-09 en los siguientes términos:

 

a) Se modifica la Ordenanza  1- “a) Se modifica la Ordenanza 1891-CM-09 en su artículo primero, que quedará redactado de la siguiente manera:

 

Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir en comodato por treinta (30) años de parte de la Universidad Nacional del Comahue (CRUB), un sector de la parcela 1B, de la denominación catastral DC: 19, C:2, S:D, Q:38, del dominio de la Universidad, con una superficie aproximada de 2018,38 m², cuyo destino será la unificación de las parcelas del dominio municipal lindantes a ambos lados de la parcela indicada en el presente artículo, para desarrollar en las mismas el Jardín Botánico Municipal. El ancho del sector o fracción a recibir no podrá ser inferior a los seis metros y sus límites y ubicación del polígono se establecerán en el comodato a firmar entre las partes. Se adjunta a la presente ordenanza formando parte de la misma el plano con ubicación del sector sugerido y plancheta de catastro parcelaria como anexos I y II.”

 

b) Se modifica la Ordenanza 1891-CM-09 en la cláusula primera del anexo III, Contrato de Comodato, que quedará redactada, de la siguiente manera:

 

“El COMODANTE da en Comodato al COMODATARIO, y éste recibe de conformidad, una fracción del inmueble propiedad del COMODANTE ubicados en calle Quintral identificado catastralmente como: polígono irregular de la parcela 1B de la denominación Catastral DC: 19, C:2, S:D, Q:38, polígono que suma una superficie total de aproximadamente dos mil dieciocho con treinta y ocho metros cuadrados (2018,38 m2) según croquis adjunto en Anexo I”.

 

c) Se modifica la Ordenanza 1891-CM-09 en el anexo I, que deberá ser reemplazado por el anexo III de la presente.

 

 

Art.  2°)

Se modifica la ordenanza 1907-C Se modifica la ordenanza 1907-CM-09 en su artículo cuarto inciso a), que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Realizar y ejecutar el plan de desarrollo integral del Jardín Botánico en el predio definido por los lotes designados catastralmente como DC: 19, C:02,, S:D, Q:038, Lotes 1G y 1C, más la fracción de aproximadamente 2018,38 m2 del Lote 1B, esta última cedida en comodato por el Centro Regional Universitario de la Universidad Nacional del Comahue; incluyéndose también las acciones a desarrollar para la creación de un arboretum en el terreno denominado en la presente como “Arboretum anexo” cuya denominación catastral es DC: 19, C:02, S:E, M:190, Lote 1, el que se encuentra  ubicado entre las calles 25 de Mayo, Morales, Anasagasti y Quaglia, cuyo destino se encuentra fijado como Arboretum y Plaza Pública (Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII de la presente Ordenanza)”.

 

Art.  3º)

Se autoriza al Departamento Ejecutivo, la suscripción del Contrato con la Universidad Nacional del Comahue, el que se adjunta como Anexo I de la presente.

 

Art.  4º)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

 

 


ANEXO I ORDENANZA 1916-CM-09.

 

Contrato de Comodato.

 

Entre la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE,  representada en este acto por el Señor intendente Municipal don MARCELO ALEJANDRO CASCÓN,  en adelante LA MUNICIPALIDAD, con domicilio en el CENTRO CÍVICO, por una parte y por la otra la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE, CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO BARILOCHE, representada en este acto por .................... en carácter de..................................., con domicilio en ....................... de ....................................., en adelante   LA UNIVERSIDAD convienen en celebrar el presente Contrato de Comodato, sujeto a las cláusulas que a continuación se detallan:

 

PRIMERA:  LA MUNICIPALIDAD da en Comodato   a la UNIVERSIDAD y ésta acepta, una fracción de tierra de 5.000 m2, la que forma parte del inmueble designado catastralmente 19-2-D-038-01C y se afectará una superficie de 1.000 m2 a paso peatonal y vehicular del mismo inmueble, con las medidas y linderos que surgen del croquis que como Anexo II se agrega y forma parte de la presente.

 

SEGUNDA: El plazo del presente Comodato lo acuerdan las partes en treinta (30) años, a partir de la firma del presente.

 

TERCERA: La fracción será destinada exclusivamente a la construcción de un gimnasio y áreas de servicio del Centro Regional Universitario Bariloche.

 

CUARTA: Las partes acuerdan otorgar a LA UNIVERSIDAD un plazo de dos (2) años para el inicio de las obras indicas en la cláusula tercera y cinco (5) años para finalizar las mismas, a partir de la promulgación de la presente, cuyo programa deberá ajustarse a las normas de planeamiento y edificación vigentes y someterse a la aprobación municipal, siendo condición resolutoria en caso de incumplimiento quedando sin efecto el Comodato descripto en la Cláusula Primera.

 

QUINTA: LA UNIVERSIDAD deberá amojonar, cercar y colocar un cartel con la indicación del destino de la construcción y la aclaración de que el predio fue dado en comodato por LA MUNICIPALIDAD.

 

SEXTA: LA UNIVERSIDAD no podrá afectar la superficie otorgada en Comodato a otros fines que los establecidos en el presente contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación el Contrato caducará automáticamente, sin necesidad de intimación o declaración alguna, incorporándose al patrimonio municipal las mejoras realizadas en el terreno, sin generar ningún tipo de resarcimiento a favor de LA UNIVERSIDAD.

 

SÉPTIMA: LA UNIVERSIDAD deberá presentar semestralmente comprobantes de pago de servicios de electricidad, gas y agua que afecten la propiedad otorgada en Comodato.

 

OCTAVA: LA UNIVERSIDAD asume expresamente la obligación de afrontar la totalidad de los gastos que demanden las mejoras y tasas de todo tipo que resulten aplicables, incluyendo Mensuras a partir de la fecha de suscripción del presente.

 

NOVENA: Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes se someten a los Tribunales ordinarios de San Carlos de Bariloche, y fijan sus domicilios en los denunciados precedentemente.

 

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Carlos de Bariloche, a los ....................................... días del mes de ....................de 2009.