ORDENANZA N° 1826-CM-08
DESCRIPCION SINTETICA: PRESTAR ACUERDO AL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA DE LUBRICANTES Y ADITIVOS.
ANTECEDENTES
Ordenanza 257-CM-94: Régimen de contrataciones.
Ordenanza 1452-CM-04: Ley 847 y Ordenanza 257-C-89.
Ordenanza 1625-CM-06: Prestar acuerdo a los pliegos de licitación pública.
Licitación Pública 004/06.
FUNDAMENTOS
Es prioritario cubrir las necesidades funcionales de la planta vehicular del municipio.
La licitación pública 000.008 contempla la provisión de lubricantes y aditivos a este Municipio, por un importe total de pesos quinientos cuarenta y seis mil ciento siete con setenta y cinco centavos ($ 546.107,75).
Corresponde realizar el llamado a licitación pública a fin de contratar la provisión de lubricantes y aditivos, según lo establecido mediante Ordenanza 257-CM-94 Régimen de Contrataciones.
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal a/c de la Intendencia, Lic. Ángel Darío Barriga.
COLABORADORES: Secretario de Obras y Servicios Públicos, Arq. Carlos Valeri, Secretario de Hacienda, Sr. Alfredo Chara y Secretario de Gobierno, Sr. Adolfo Fourés.
El proyecto original Nº 109/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 22 de julio de 2008, según consta en el Acta Nº 907/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
ORDENANZA
Art. 1°) |
Se presta acuerdo al llamado a Licitación Pública para la adquisición de lubricantes y aditivos, por un presupuesto oficial de pesos quinientos cuarenta y seis mil ciento siete con setenta y cinco centavos ($ 546.107,75) correspondiente a la Dirección de Servicios Públicos de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.
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Art. 2°) |
Se afecta a la partida presupuestaria 06.1.00.00.6.1.2.1.01.01.01 Combustibles y Lubricantes.
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Art. 3°) |
El presente no modificará el régimen vigente en la materia y la regularidad del proceso está sujeta a la tramitación dispuesta por el Departamento Ejecutivo. |
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Art. 4°) |
Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares se formalizarán mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal en total concordancia con el Régimen de Contrataciones vigente, la normativa particular aplicable y de conformidad al artículo 51, incisos 10 y 17 de la Carta Orgánica Municipal.
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Art. 5°) |
Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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