ORDENANZA N° 1804-CM-08

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: SE CREA EL ESPACIO DE LA MUJER EN LA BIBLIOTECA PUBLICA MUNICIPAL.

 

 

ANTECEDENTES

 

“Sala de la mujer” creada en la “Biblioteca Argentina Dr. Juan Álvarez” de la ciudad de Rosario.

 

Ordenanza 78-CM-87.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Los derechos de las mujeres y las jóvenes son inalienables e indivisibles y constituyen una parte integral de los derechos humanos universales.

 

Es requisito necesario para la apropiación de los derechos por parte de las mujeres, crear espacios que garanticen el acceso a la información y permitan la masiva difusión de los mismos.

 

Si la tarea es garantizar un real ejercicio de los derechos humanos que involucre al conjunto de las ciudadanas, la falta de conocimiento y la desinformación es un obstáculo que margina a las mujeres de los mecanismos políticos y sociales mediante los cuales la sociedad define y defiende las reglas.

 

El surgimiento de un ámbito específico que posibilite el análisis y el estudio de las demandas propias de las mujeres, permite visualizarlas como sujetos sociales con preocupaciones específicas y a su vez concientizar a la sociedad sobre la necesidad de una participación más equilibrada e igualitaria de mujeres y varones en la construcción del desarrollo humano.

 

Según el Programa de Acción Regional para las Mujeres de América Latina y el Caribe (1995-2001) recomienda a los Estados en su artículo Nº 229 “promover la igualdad cultural y el respeto por la diversidad cultural a fin de estimular la participación visible y equitativa de mujeres y hombres de todos los grupos étnicos y culturales tanto en la región como en sus propias sociedades”.

 

Potenciar y apoyar la existencia de secciones  especializadas en las bibliotecas públicas, supera la mera visión de incorporar un nuevo servicio.

 

Contribuye a fomentar acciones positivas a favor de la eliminación de estereotipos sexistas fuertemente discriminatorios para la mujer, normalizados y reproducidos principalmente por la esfera cultural y educativa.

 

Las iniciativas en el área de la cultura y la educación por la igualdad de género, cumple un papel estratégico para la formación de una sociedad que respete y valorice la participación  de la mujer en la construcción de una sociedad auténticamente democrática.

 

 

AUTOR: Concejal Francisco De Cesare (P.S.)

 

 

COLABORADORA: Sra. Carmen Giménez

 

 

El proyecto original Nº 036/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 27 de marzo de 2008, según consta en el Acta Nº 899/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se crea el espacio de la Mujer en el ámbito de la Biblioteca Pública Municipal de San Carlos de Bariloche

 

Art.  2º)

A tal fin se dispondrá la identificación de un espacio físico dentro de la Biblioteca donde se recopilará y sistematizará todo el material existente sobre el tema mujer, adecuando dicho espacio con piezas comunicacionales tales como afiches, folletos, láminas, etc., que transmitan señales de identidad social para la mujer.

 

Art.  3º)

La Biblioteca Pública Municipal gestionará ante organismos e instituciones, públicas y privadas, el material que se considere conveniente para enriquecer este espacio.

 

Art.  4º)

La Secretaría de Comunicación Institucional del Concejo Municipal y la Dirección General de Prensa del Departamento Ejecutivo implementarán campañas de difusión de la creación del “Espacio de la Mujer”.

 

Art.  5°)

Se invita a todas las bibliotecas de San Carlos de Bariloche a implementar espacios similares.

 

Art.  6°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.