Libertad de información. Principios. Toda persona, física o jurídica, tiene el derecho de libre acceso a las fuentes de información de los actos legislativos, administrativos y jurisdiccionales emanados del Municipio, sin que sea necesario indicar las razones que motivan el requerimiento. Ordenanza Nº 1851-CM-08
Libre Acceso a la información pública
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