DESCRIPCION SINTETICA: MODIFICACION RESOLUCION 309-CM-05 DEL CONCEJO MUNICIPAL.
ANTECEDENTES
- La Resolución 292-CM-04 que fija los principios y procedimientos para contar con un régimen de consolidación de las normas municipales.
- La Resolución 309-CM-05 que establece el Organigrama del Concejo Municipal.
- El Acta 177 de Comisión Legislativa de fecha 16/04/07.
- La Resolución 10-PCM-06 que autoriza al Presidente del Concejo Municipal a la designación y firma de un Contrato de Locación de Servicios de Asesoría Técnica para la Comisión Especial de Formulación del Digesto.
- La Resolución 225-CM-00 que establece las directivas para el desarrollo de una base de datos de ordenanzas.
- La Resolución 143-CM-95. Reglamento Interno Concejo Municipal.
- La Resolución 034-CM-92
- La Resolución 084-PCM-07, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Sr. Marcelo Cascón.
FUNDAMENTOS
Transcurrido más de un año de la puesta en vigencia del último
organigrama del Concejo Municipal, la práctica aconseja efectuar las
adecuaciones necesarias.
En lo referido a la creación del Departamento de Digesto e Informática
Legislativa, con fecha 08/07/04 el Concejo Municipal dictó la
Resolución 292-CM-04, donde fija los principios y procedimientos para
contar con un régimen de consolidación de las normas municipales. Para
obtener este objetivo, se crea en el ámbito del Cuerpo la Comisión
Especial de Formulación del Digesto que puso en marcha esta tarea.
Dicha Comisión ha ido dando pasos concretos, que constan en los
informes realizados en el ámbito de la Comisión Legislativa y sesiones
del Cuerpo. El avance del trabajo ha llegado a un punto tal que se hace
necesario dar forma a la Oficina de Digesto en el ámbito del Concejo
Municipal, con la finalidad de afianzar todos los avances alcanzados,
encauzar las asignaciones pendientes, promover el o los sistemas
informáticos necesarios, asegurando así la funcionalidad del
ordenamiento y la sustentabilidad en el tiempo de los cambios y
actualizaciones de la normativa municipal.
Dado el nivel de responsabilidad a asumir corresponde que el área a
crearse tenga la jerarquía de un Departamento, dependiendo de la
Asesoría Letrada del Concejo. Es necesario que dicho Departamento, esté
consustanciado con la integridad de las distintas materias a que se
refieren las ordenanzas municipales, dando continuidad en el tiempo al
trabajo realizado por la Comisión Especial de Formulación del Digesto.
De esta manera el Concejo Municipal puede concretar un viejo anhelo,
que es tener encaminada la sistematización ordenada de todas las
ordenanzas municipales dictadas, sean éstas vigentes o no vigentes,
continuando con la visualización de las vigentes en una herramienta
informática concreta y encaminando a posteriori la etapa de
consolidación, que comenzará con los textos ordenados, para luego
avanzar con la consolidación propiamente dicha, es decir el Digesto
Municipal.
Asimismo, se hace necesario que el área de Informática Legislativa
quede bajo esta órbita, atento a la multiplicidad de tareas que se
relacionan y que son necesarias para la implementación y carga del
sistema.
La implementación de este Departamento permitirá avanzar en los caminos
propuestos permitiendo que se ponga a disposición del público las
ordenanzas municipales, facilitando, entre otros beneficios, una
comprensión más integral de las mismas y una mayor seguridad a la hora
de la consulta.
AUTORES: Comisión Legislativa.
COLABORADORES: José Pisani, Nora Skiendziel, Jorgelina Vergara y Natalia Pacheco.
La Resolución N° 084-PCM-07, con la modificaciones introducidas, fue
aprobada en la sesión del día 26 de abril de 2007, según consta en el
Acta N° 877/07. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le
otorga el Art.38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE SANCIONA CON CARÁCTER DE RESOLUCIÓN
Art. 1°) Modificar la Resolución 309-CM-05, reemplazando el Anexo
I de la misma por el Anexo I que se adjunta a la presente.
Art. 4°) Modificar el Manual de Misiones y Funciones, Anexo II de
la Resolución 309-CM-05, en lo atinente a la División Biblioteca
Legislativa, reemplazando el punto 11, por el siguiente texto:
12. DEPARTAMENTO DIGESTO E INFORMÁTICA LEGISLATIVA.
12. 1- JEFE DE DEPARTAMENTO:
A) DEPENDENCIA DIRECTA: Asesoría Letrada.
B) INTEGRACIÓN: Un Jefe de Departamento, y un administrativo operador del área informática legislativa.
C) MISIÓN: Tendrá su cargo las tareas relacionadas al Digesto
Municipal, la sistematización informática de las ordenanzas municipales
y la actualización de las bases de ordenanza vigentes y no vigentes;
propendiendo a un ágil y efectivo acceso a las ordenanzas municipales
por parte de las distintas áreas que componen el municipio y usuarios
en general a través de adecuadas herramientas tecnológicas.
Prestará los servicios de apoyo y asesoramiento informático que
soliciten los usuarios del Concejo y recopilará en soporte informático
toda otra normativa emergente de otra jurisdicción pero vinculadas con
la materia municipal.
D) FUNCIONES ESPECIFICAS DEL AREA:
1) Corresponde al Jefe de Departamento Digesto e Informática Legislativa:
a) Conducir, organizar, coordinar, supervisar y controlar todas las tareas relacionadas con el área a su cargo.
b) Proyectar, supervisar y proveer los criterios de desarrollo, actualización y mantenimiento del Digesto Municipal.
c) Conformar y controlar la actualización de la base de datos del
archivo histórico de ordenanzas, informar y coordinar con la
Secretaría de Comunicación Institucional para la difusión de las normas.
d) Realizar el análisis normativo de las ordenanzas dictadas por el
Municipio estudiando el estado de vigencia de dichas normas,
estableciendo las acciones que recaen sobre otras ordenanzas.
e) Realizar el análisis documental que indica las normas, con
identificadores normativos y temáticos, subtemático, descriptores y
palabras claves, que permitan la búsqueda y recuperación en un sistema
informático.
f) Realizar el análisis del sistema informático que pueda ser
adecuado a las necesidades del área, proponiendo su desarrollo,
elaboración, programación e instrumentación que contenga la base
informática de datos del Digesto Municipal, sistema de búsqueda y
tesauro léxico.
g) Coordinar el trabajo específico de las pasantías y locaciones de
servicios contratadas o a contratar para la conformación del Digesto
Municipal.
h) Promover las acciones necesarias para permitir a los usuarios
internos y externos la búsqueda de ordenanzas municipales a través de
sistemas de Internet e Intranet.
i) Supervisar la digitalización, carga digital e incorporación de
las ordenanzas a la base de datos del sistema informático con sus
respectivas carátulas.
j) Difundir en forma digital, los textos actualizados de las ordenanzas.
k) Proponer a la Comisión Legislativa proyectos de ordenanza de
textos compatibilizados, en materias varias veces reguladas y/o
modificadas parcialmente.
l) Prestar asesoramiento en materia de técnica legislativa
específica a los fines del Digesto, a las Comisiones Permanentes del
Concejo Municipal, a requerimiento de sus integrantes.
m) Realizar estudios y observaciones, en lo que es materia de su
competencia, aconsejando y/o proponiendo alternativas a la Presidencia
del Cuerpo.
n) Organizar las tareas dentro de su ámbito con el objeto de
afrontar las prioridades encomendadas así como las demás obligaciones y
facultades que sean una derivación de aquellas compatibles con el cargo
y necesarias e indispensables a los fines de esta reglamentación.
12. 2 ÁREA DE INFORMÁTICA LEGISLATIVA:
A) DEPENDENCIA DIRECTA: Jefe de Departamento Digesto e Informática Legislativa.
B) ESTRUCTURA: Un Administrativo Operador Informático, Cat. 15.
C) FUNCIONES ESPECÍFICAS:
Son funciones específicas del Operador Informático:
a) Controlar el normal funcionamiento de los sistemas informáticos
instalados, implementando el respaldo de la información generada por
los usuarios de los sistemas, en especial lo referente a las bases de
ordenanzas y Digesto.
b) Proponer a la Secretaría Legislativa, la reparación, cambio de
Hardware o servicio de mantenimiento cuando lo considere necesario.
c) Asesorar a la Presidencia del Concejo, en todo lo inherente a la
adquisición de equipamiento, modificación, instalación o cambio de
Software, ampliación de capacidad e incorporación de elementos que
permitan elevar la eficiencia en la prestación del servicio como así
también el uso provisorio de equipos externos al Cuerpo para la
cobertura de algunas tareas específicas.
d) Informar a la jefatura del área sobre las aplicaciones en uso
propias del área, su rendimiento y grado de avance de los procesos en
desarrollo.
e) Realizar la digitalización, carga digital e incorporación de las
ordenanzas a la base de datos del sistema informático con la
actualización de sus respectivas carátulas
f) Actualizar la base de datos del archivo histórico de ordenanzas.
g) Atender en forma verbal o escrita las consultas sobre las
ordenanzas incorporadas en el Digesto Municipal y en la base de datos
de ordenanzas no vigentes que le sean requeridas por otros Poderes del
Municipio, reparticiones u organismos centralizados o
descentralizados, entes autárquicos, entidades intermedias y/o de bien
público, como asimismo a particulares que lo requieran.
h) Realizar la búsqueda y recopilación en formato digital de normas
de otras jurisdicciones vinculadas con la materia municipal, para ser
utilizadas por las autoridades y personal del Concejo Municipal.
i) Organizar las tareas para afrontar las prioridades encomendadas
j) Desarrollar las tareas administrativas que le sean encomendadas dentro del área.
Art. 5°) Modificar el Manual de Misiones y Funciones, Anexo II de
la Resolución 309-CM-05, en lo atinente al Profesional de 1º de la
Asesoría Letrada reemplazando el punto 23, por el siguiente texto:
23. PROFESIONAL DE 1º.
A) DEPENDENCIA DIRECTA: Asesoría Letrada.
B) ESTRUCTURA: Administrativo Calificado, Categoría equivalente a Jefe de División (Cat. 19).
C) FUNCIONES ESPECÍFICAS:
a) Asistir administrativamente al Asesor Letrado y todo tipo de tareas que le sean encomendadas por éste.
b) Desarrollar las tareas administrativas del Digesto Municipal.
Art. 8) Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.